Entre Los Dos Profile picture
Privar a un hijo de uno de sus progenitores, por motivos que nada tienen que ver con su bienestar, es la PEOR FORMA DE MALTRATO INFANTIL.

Feb 28, 2020, 12 tweets

#CustodiaCompartida
#TerrorismoDeFamilia

No es hasta el año 2017 cuando el gobierno se ha planteado la necesidad de regular los equipos psicosociales, ya que hasta ahora no tenían ninguna regulación ni código, ni protocolo, ni metodología y cada uno actuaba a su aire.

Muchos elaboran sus informes siguiendo un guión que han aprendido en un cursillo para ello, y han aprendido a usar algunos tests, muchos de ellos desfasados y en desuso, o han aprendido a base de muchos errores a hacerse con una metodología más o menos aceptable.

Todos ellos utilizan una herramienta como es la entrevista semiestructurada, en donde el entrevistado puede mentir lo que le dé la gana, sin que el evaluador pueda darse cuenta de ello.

Lo más sorpredente es que evalúan situaciones o casos inexistentes como si fuesen reales.

¿Cuántas veces hemos visto a un equipo psicosocial desaconsejar una custodia compartida que no existe? ¿cómo han podido evaluar algo que no existe?

De acuerdo al artículo 68 del Código Civil compartir el cuidado de los hijos es una obligación legal de ambos progenitores.

Pero esta regla general se rompe en los Juzgados de Familia de forma sistemática una y otra vez, apoyándose casi siempre en informes de los equipos técnicos psicosociales.

La falta de formación de los equipos psicosociales país están perjudicando gravemente a miles de niños.

Frente al axiomático apriorismo que encontramos frecuentemente en informes periciales, donde se viene a desaconsejar la custodia compartida, o en general una solución de coparentalidad, acudiendo para ello al manido prejuicio acientífico de afirmar que la ausencia de...

... entendimiento entre los padres la hace imposible, la investigación psicológica y sociológica concluye que la falta de acuerdo es perniciosa en cualquier condición de custodia, pero todavía más cuando esta es exclusiva.

La custodia compartida, incluso en contextos de conflictividad, la mitiga al equilibrar el poder entre las partes.

La custodia exclusiva no confiere ninguna ventaja o autoridad a ninguno de los padres para resolver cuestiones esenciales - colegio, sanidad, etc - por lo que el...

... acuerdo / desacuerdo entre las partes es un estado de relación, que sigue igualmente presente en cualquier forma de custodia. La resolución de las discrepancias entre los padres divorciados es completamente independiente de la forma de custodia que disfruten sobre su hijo,...

...y para ello la ley prevé mecanismos procesales específicos para resolver la discrepancia sometiéndola al arbitrio y decisión del juez, sin que este quede condicionado por que uno u otro sea titular de custodia alguna, sino atendiendo exclusivamente al bienestar de los menores.

Cuando se niega la posibilidad de una solución coparental de custodia en un contexto de conflicto interparental, se entrevé del apriorismo una confusión entre los conceptos guarda y custodia y patria potestad, de ahí la sobreestimación que se hace del disenso entre los padres...

...para negar las posibilidades de coparentalidad, contra la evidencia científica que afirma que esta favorece el acuerdo entre los padres, disminuye el conflicto entre ellos - conflicto la más de las veces funcional a intereses espurios -y es lo más beneficioso para los menores"

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