¿Cómo se manifiesta el borrado jurídico de las mujeres? 🧵
- Fuente y soporte gráfico: @ContraBorrado / contraelborradodelasmujeres.org
#LeyTransEsPatriarcal
#Aquiestamoslasfeministas
#PeakTrans
1. En el deporte:
La participación de las mujeres en el deporte, tanto profesional como amateur, es un logro del feminismo de incalculable valor. (...) Existen categorías en base al sexo para garantizar la competición justa entre personas de iguales condición (juego limpio).
Mujeres/hombres tienen diferencias anatómicas que producen una ventaja deportiva para los varones, entendido el término en sentido estrictamente biológico: mayor densidad ósea, capacidad pulmonar, masa muscular, tamaño/ altura, que no desaparecen ni siquiera con hormonación.
2. Educación:
La incorporación de conceptos como ‘identidad de género’ y ‘expresión de género’ en las legislaciones autonómicas, y su aplicación al mundo de la educación, colisiona gravemente con los principios de la co-educación y la promoción de la igualdad entre alumnas/os.
Las niñas disconformes con los roles de género que se les asignan, las que se sienten incómodas con los cambios que conlleva la pubertad, son las 1ªvíctimas de la ideología Queer que convierte su rebeldía y su disconformidad en signos de la conocida como «disforia de género».
Decir que la disconformidad con el género, implica «haber nacido en el cuerpo equivocado» es profundamente reaccionario y antifeminista.
3. Lesbofobia: la orientación sexual, tal y como su propio nombre indica, es por sexo.
En los últimos años, a nivel internacional, se ha intentado presionar a las lesbianas para que utilicen términos más «inclusivos» y genéricos para referirse a sí mismas, como «queer» o «gay».
Estos términos no son específicamente de mujeres, y por tanto son una herramienta más para invisibilizar las experiencias exclusivamente lésbicas y la discriminación específica que sufren. Además de ser discriminadas por su sexualidad, comparten la opresión en base a su sexo.
Más allá de la designación en masculino, se está coaccionando a lesbianas a tener sexo heterosexual, amparándose en la falsa idea de que la atracción es por géneros sentidos, e incluso llegando a la coacción sexual a mantener relaciones con varones bajo la amenaza transfobia.
4. Infancia:
La infancia y la pubertad son etapas cruciales del desarrollo físico y psicológico. Es nuestra responsabilidad protegerlas.
La promoción que se está haciendo de la “transición de sexo” en menores no conformes con los estereotipos de género amenaza peligrosamente el sano desarrollo y la salud de niñas y niños.
A través de la «identidad de género» se están desempolvando la idea de que existen cosas, gustos, actitudes, preferencias,... femeninas y masculinas, que si son opuestas al sexo indican que se nació “en el cuerpo equivocado” y se es “trans”.
Cuestión no solo falsa, sino desmontada por la evidencia científica.
El cerebro infantil/adolescente es aún inmaduro, de hecho hasta los 20 años de media no madura plenamente, por lo que es difícil que comprendan las consecuencias de la reasignación de sexo y de complejas intervenciones médicas,...
... así como la toma de bloqueadores hormonales, con sus múltiples efectos adversos graves e irreversibles y que se aplican de manera indiscriminada en lo que se podría calificar de maltrato infantil.
5. Estadística:
Si los datos no reflejan la realidad, no pueden utilizarse para mejorarla.
El C°, diagnóstico e intervención sobre la situación de las mujeres en cualquier ámbito –laboral, salud, educación, justicia…- exige la obtención estadísticas, estudios científicos y datos desagregados por sexo.
Si en los estudios, los formularios, las estadísticas… el sexo se elimina como categoría objetiva a favor de una identidad de género subjetiva, se hace inviable conocer la situación real de las mujeres respecto a los hombres. Impidiendo así la lucha contra la desigualdad real.
En el ámbito de la medicina y la salud, ignorar el sexo a favor de la identidad de género tiene consecuencias muy graves.
6. Legislación:
Las leyes no pueden basarse en sentimientos o percepciones subjetivas de la realidad.
Las leyes de borrado de las mujeres son aquellas que sustituyen el concepto “sexo” por el concepto “identidad de género”. Al hacerlo, se elimina la causa de la discriminación y la desigualdad que sufren las mujeres en base a su sexo y se imposibilita la lucha contra la violencia.
Esas leyes suprimen también los términos “mujer” y “madre” y tienen como horizonte el borrado total de las mujeres en las leyes, con las consecuencias en materia de protección legal que esto tiene a todos los efectos.
La sustitución de la categoría sexo por una inexistente identidad de género impide abordar eficazmente la lucha contra esa violencia, contra la desigualdad y la discriminación.
Legislar sin valorar el impacto social de determinadas medidas es temerario y dañino.
Hilo 2/2 🧵
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