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Sigo el Dividend Growth Investing desde hace más de una década, aunque no me cierro a buenas empresas que no compartan esta filosofía.

Oct 1, 2022, 40 tweets

Hilo para recuperar el exceso retenido en los dividendos alemanes.

#Dividendos #Inversion #Bolsa #DobleImposicion #Hacienda #SomosTodos #IF

DISCLAIMER 1: me posiciono a favor de contratar los servicios de un especialista siempre que tengamos dudas fiscales.

Yo hago mi IRPF, 720… Todo se puede aprender, faltaría más. Pero por favor, contrasten siempre la información leída en Internet (incluido mi Twitter).

DISCLAIMER 2: el hilo de Francia lo subí después de recibir la transferencia. En este caso, subo este hilo antes de conocer el resultado final.

Motivo: me he informado, y al parecer el pago se demora bastantes meses, así que lo subo ya para quien lo necesite antes de fin de año.

INTRODUCCIÓN

Cuando cobramos un dividendo, hay dos retenciones (origen y destino). La retención en origen es la que aplica el país donde tiene la sede fiscal la empresa.

Por ejemplo:
· España 19%
· Francia 25%
· Alemania 26,375%
· Irlanda 25%
· UK 0%

Como residentes fiscales en España, las haciendas extranjeras nos retienen en origen lo que corresponda (en Alemania, un 26,375%) y luego aquí pagamos la retención en destino.

Es decir, si tenemos acciones de cotizadas extranjeras, nuestros dividendos están doblemente gravados.

NORMATIVA

Ahora bien, España tiene firmados convenios de doble imposición con multitud de países, de manera que se pone un límite a la retención que tendríamos que soportar.

Para ver los convenios, nada mejor que la fuente oficial:
hacienda.gob.es/es-ES/Normativ…

Si clicamos en Alemania, vemos que lo máximo que deberían retenernos en origen sería el 15%.

Así pues, en el IRPF podemos recuperar el 15% como máximo, y el exceso hay que pedirlo directamente a la hacienda del país en cuestión, Alemania en este caso.

Resumiendo, de la retención total en origen recuperamos:
1.15% en IRPF (muy fácil y sin trámites).
2.Resto vía hacienda alemana.

Lo que veremos ahora es como recuperar el punto 2, que es el complicado.

Según la normativa, el plazo para recuperar el exceso retenido es de 4 años a contar desde el 1 de enero posterior al cobro del dividendo.

Es decir, si lo hacemos ahora, podemos reclamar 2018, 2019, 2020, 2021 y lo que llevamos de 2022.

Unos 5 años juntos.

DOCUMENTACIÓN

Para este proceso necesitamos:
· Formulario 010005 (online)
· DNI
· Certificado de residencia fiscal (online)
· Extractos del bróker

FORMULARIO 010005

El formulario se rellena online, y se baja en PDF una vez lo tengamos todo completado.

Pueden encontrar el formulario en el siguiente enlace: formulare-bfinv.de/ffw/content.do

Una vez dentro, usan el buscador para encontrar el modelo de la siguiente imagen:

Vamos a ver los diferentes campos del modelo.

En primer lugar, tenemos 3 desplegables, que hay que rellenar escogiendo las opciones que les muestro a continuación:

A continuación se nos abre la página 1, que tiene varios apartados y que vamos a ir viendo uno a uno para no perdernos.

Los campos en rojo son los obligatorios, aunque yo rellené también los azules para que nuestra querida Hacienda viera que todos mis datos personales coinciden.

No hace falta explicar campo por campo porque se entienden bien, en la casilla “Foreign identificación number” simplemente pongan el DNI.

Quedaría algo tal que así:

El siguiente apartado lo pueden dejar en blanco, a menos que su caso particular implique tener que rellenarlo, pero en la mayoría de los casos quedará vacío.

El punto 3 recoge sus datos bancarios para que le puedan hacer el ingreso.

Aunque parece que los campos “Bank code” y “Account number” son obligatorios, cuando rellenamos el BIC y el IBAN ya quedan en optativos, pues la información introducida es suficiente.

El apartado 4 recoge algunas preguntas de sí o no.

Estimo que en el 99% de los casos las respuestas serán las que tienen a continuación:

Apartado 5, el cálculo es automático con los datos que introduciremos posteriormente en el punto 9.

Apartado 6, nuestra firma.

Apartado 7, a rellenar por nuestra querida Hacienda. Más adelante amplío información.

Apartado 8, un simple “Yes” en el punto A será suficiente.

En la parte inferior derecha del formulario, tenemos un enlace que nos llevará al punto 9 (que es como el anexo donde se introducen los dividendos afectados).

¡Importante! Hay que marcar “NO” en la casilla del cuadro rojo o, en caso contrario, nos lo preguntarán ellos y habrá que contestar posteriormente, con lo que perderemos otras semanas de burocracia.

Para rellenar el cuadro:

A: ISIN de la empresa
B: número de acciones en el momento del dividendo
C: marcamos la 1
D: fecha del dividendo
E: Total bruto (DPA * número de acciones)
F: Total bruto * 0,26375 (la retención alemana)
G: Total bruto * 0,11375 (lo que pedimos recuperar)

Matemáticamente piensen en esto: 26,375% - 15% (recuperado en IRPF) = 11,375%

El 15% no lo pedimos a la hacienda alemana. Recuerden que es la parte que incluimos en nuestro IRPF, de manera que lo que finamente reclamamos es un 11,37% del bruto cobrado.

Ejemplo con Allianz:

Tendrían que meter tantas líneas como dividendos hayan cobrado en el periodo de 4 años + el año en curso.

El formulario va haciendo la suma de los importes reclamados.

En la parte inferior derecha, en color verde, tienen un link para añadir filas en caso de que lo necesiten

Cuando hayan incorporado todos los dividendos, pueden hacer click al enlace “Return to page 1” que los llevará a la primera página, donde podrán ver también la suma de todo lo reclamado.

Pueden ir y volver a este punto sin que se pierda nada, no tengan miedo.

Una vez comprobado que todos los datos e importes están bien (Y COINCIDEN CON LOS REPORTES DEL BRÓKER) solo falta bajar el documento para después imprimirlo y llevarlo a Hacienda.

En la parte superior de la pantalla, verán los siguientes iconos. Tienen que hacer click en PDF.

Con esto se generan 3 copias del documento con los datos e importes.
1: Hacienda Alemana
2: Hacienda Española
3: La suya

Dicho esto, veo que en muchos casos la Hacienda española no se queda ninguna copia. No tiene más importancia, a reciclar y fuera.

HACIENDA ESPAÑOLA

El siguiente paso es pedir cita previa con Hacienda, y llevarle la siguiente documentación:

· Las 3 copias del PDF que acabamos de generar.
· Copia de los extractos del bróker con los dividendos afectados (yo se los marco en fluorescente).

Lo más normal, es que la persona que les atienda no tenga ni idea de que es esto de reclamar la doble imposición. Hay que tener paciencia, explicarlo bien e insistir.

Además, si les dicen que no aceptan documentos en inglés, les informan, amablemente, que hay excepciones donde Hacienda sí recoge documentos en lenguas diferentes, y que este es uno de los casos, que pregunten bien a su superior o delegación provincial.

Dejaremos los documentos en Hacienda y los recogeremos cuando nos digan que están revisados y sellados.

Como les decía, no siempre se quedan con una de las copias.

A nosotros nos da igual porque el objetivo final es que los alemanes reciban la suya firmada y sellada.

CERTIFICADO DE RESIDENCIA FISCAL

El certificado de residencia fiscal se obtiene en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, cómodamente sin salir de casa.

Solo necesitamos firma electrónica, la respuesta es inmediata: sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimi…

ENVÍO

Preparen la siguiente documentación:
· Fotocopia de su DNI
· Certificado de residencia fiscal
· Formulario alemán sellado por Hacienda
· Extractos del bróker con los dividendos cobrados

Todo esto, y un besito, empaquetado en un sobre y por correo a:

En este punto, ya solo queda esperar, y bastante.
Por lo que sé, los alemanes no son tan rápidos como los franceses.

Si todo va bien, nos contestarán para decirnos que todo está OK o, en caso contrario, nos dirán qué problema hay.

Pueden pasar meses hasta el cobro…

Unos 2 años después de empezar a invertir (sobre el 2010 aprox) decidí comprar mis primeras acciones alemanas, así que calculen ustedes la de años que llevo perdidos.

Demasiado dinero perdido, y cada año que pasa en aumento.

Por ese motivo, y también por principios, voy a ir hasta el final, y voy a tocar las narices lo que haga falta hasta que me devuelvan lo que es mío.

Y es que, como en el caso de Francia, parece que nos están haciendo un favor, cuando el dinero es moral y legalmente nuestro.

BONUS
Les recomiendo que cuando vayan a Hacienda, tengan preparado un pequeño texto para explicar lo básico, ya que ellos no están muy acostumbrados a estas cosas.

Les explican lo de 26,375 – 15 = 11,375, que van a adjuntar reportes del bróker para mandar a Alemania etc.

BONUS 2
En la petición, yo incluí un texto con un expongo y solicito, añadiendo que trabajo con bróker ómnibus y no es posible obtener un desglose por cliente de los dividendos pagados a la entidad, de manera que les entrego TODO lo que tengo.

Eso fue clave en el caso francés.

BONUS 3

Como me lo preguntan a menudo, y seguro que aquí volverá a salir el tema, les dejo el enlace para recuperar el exceso retenido en dividendos franceses, con final feliz, por cierto.

Animo a todos los inversores a hacerlo, son procesos que, con guía, se hacen en 1h aprox..

Solo así recuperaremos lo que es nuestro y, ya que estamos, forzaremos a que algún día la UE sea algo más que un bonito eslogan. Que nos cuesta más invertir aquí al lado que a 8h de avión.

Desde que hice el hilo para Francia, he recibido bastantes mensajes de agradecimiento ya que otros inversores también recuperaron su dinero, y eso es lo que motiva para seguir aportando contenido aquí.

Así que, si les parece útil, se agradece el ❤️ pero también el 🔁

Un saludo.

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