🚶🏼♂️Paseos diarios: con un solo conviviente o cuidador habitual, distancia no superior a un kilómetro del domicilio, una vez al día
🦠Se excluyen las personas con síntomas o aislamiento domiciliario [2/4]
🧔🏽Personas adultas: de 6.00 a 10.00 y de 20.00 a 23.00
🧓🏻Personas dependientes (acompañadas por cuidador) y mayores de 70: de 10.00 a 12.00 y de 19.00 a 20.00
👨👧👦Con niños: De 12.00 a 19.00
❌En municipios de menos de 5.000 habitantes las franjas no aplican [3/4]
🍅El Gobierno permite también la actividad agrícola no profesional y acudir a los huertos privados. Solo una persona, salvo que se acompañe a una persona dependiente o a un niño [4/4]
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