Como lo haré para no abogados trataré de explicar lo más que pueda y no profundizar tantoooo
Tomaré puntos usados por Uprimmy y acá les dejo el twit de él
La corte Constitucional debe hacer inicialmente un análisis de forma de él acto legislativo, pero el colegio de abogados penalistas, piensa demandar esto, así que los facilitará a tomar una decisión de fondo
Si, eso quiere decir que la Corte Constitucional hace lo que llaman ellos abogados un examen de constitucionalidad y revisa que los puntos aprobados estén de acuerdo a la Constitución, si no pasa se declara inexequible y les dice que gracias, pero no gracias
Se que todos han escuchado que es inconstitucional, pero que alguien nos expliqué por qué.
Los promotores de este acto legislativo, dicen que sólo se modifica el Art. 34 de la Constitución que prohíbe la prisión perpetua y listo, sale pa' pintura.
Pero esto suena muy sencillo, además si analizamos que lo han intentado 17 veces y jamás se ha podido
Imaginen, después que esos procesos lleguen a internacionales? Sólo digo 🤷🏻♀️🤷🏻♀️🤷🏻♀️
Por lo visto el Congreso olvidó que el Art 12 de la Constitución prohíbe los tratos y penas crueles...
¿eso es todo?
Este es el hilo del NO, porque es un hecho que por endurecer una pena no se logra que dejen de cometer el delito o ¿han bajado los feminicidios desde la Ley Rosa Elvira?
En Colombia tenemos un principio que se llama de favorabilidad
Rafael Noguera, fue condenado a 58 años, pero eso haría que en 25 años se revisara su sentencia y podría quedar libre, y no sólo él muchoooos
Si no, después las demandas al estado serán muchísimas y muy altas...