Liga y federación tienen un complejo régimen de relaciones, recogido en la Ley del Deporte, el Real Decreto de Federaciones, sus Estatutos y los Convenios de Coordinación suscritos entre ambas. A esto hay que añadirle la incidencia del RD 5/2015 de derechos audiovisuales.
La organización de las competiciones es competencia de las ligas profesionales, eso sí, “en coordinación con la federación” (art. 41 LD). Esto se articula en los convenios, y así algunas materias (v. el calendario) se encuentran sujetas a coordinación entre ambas.
La jornada oficial se disputaba los sábados y domingos, pero se venía disputando también los viernes y lunes a cambio de una cantidad pactada entre la RFEF y LaLiga, que abonaba ésta última.
El verano anterior a la temporada 19/20 no hay acuerdo entre RFEF y LaLiga. La federación no desea que haya fútbol ni viernes ni lunes, LaLiga sí, para dar cumplimiento a los acuerdos suscritos con los operadores.
La Jueza de Competición de la RFEF, a instancia del presidente, prohibió entonces (26 de julio de 2019) celebrar partidos los viernes y lunes. iusport.com/art/90261/comp…
Tras esa decisión, LaLiga presenta dos acciones legales simultáneas: un recurso ante el CSD (no se conoce respuesta), y una demanda ante el Juzgado de lo Mercantil, solicitando que la RFEF permita los viernes y lunes, además de unas medidas cautelares en el mismo sentido.
Sobre las cautelares, el Juez adopta el 9 de agosto una decisión salomónica: viernes sí, lunes no, hasta que se decida sobre el fondo del asunto.
Así transcurre la temporada, y, finalmente, el 27 de mayo de 2020 el Juez dicta sentencia sobre el fondo, desestimando las pretensiones de LaLiga.
No habría partidos ni viernes, ni lunes, a menos que ambos negocien de buena fe y lleguen a un acuerdo. iusport.com/art/107135/el-…
Tan solo unos días más tarde (1 de junio), la Audiencia Provincial de Madrid resolvía el recurso de LaLiga al auto de medidas cautelares, dando la razón a LaLiga y concediendo las cautelares, permitiendo viernes y lunes. iusport.com/art/107540/la-…
Y así es como tenemos una resolución de la instancia superior sobre las medidas cautelares, ya juzgado el fondo.
Y, aunque era un auto de medidas cautelares, la Audiencia dedicó un profuso análisis a lo que debe considerarse la coordinación entre liga y federación, un concepto nada pacífico.
Mientras que para el Juez de lo Mercantil la coordinación debía ser una negociación de buena fe y bajo precio, para la Audiencia ésta tiene un fin, cual es el correcto desarrollo de la competición, pero “no puede ser cobrar”.
A raíz de la pandemia, y la necesidad de finalizar la temporada en un corto espacio de tiempo, la RFEF facilitó la finalización de la competición cediendo ambos días sin pedir nada a cambio, “sin vincularlo al inicio de negociaciones”.
Pero finalizada la temporada 19/20, se retoman posiciones. Y así es como llegamos al día de hoy: de nuevo, RFEF no quiere viernes y lunes, y LaLiga, sí.
Un conflicto con resoluciones en dos instancias diferentes totalmente antagónicas. Sólo una sobre el fondo, que da la razón a la RFEF. Otra de una instancia superior (pero no sobre el fondo), que se la da a LaLiga.
De por medio, una vista para ver si las cautelares se mantienen o no el próximo 6 de octubre.
Un hombre gana la categoría femenina de una carrera de montaña que buscaba “promover el deporte femenino”.
Quim, que siempre había competido y sigue federado como hombre, y que hubiera quedado en el puesto #55, se inscribió en esta ocasión como “Quima”. lavanguardia.com/vida/20240128/…
A sus 48 años (edad ya no competitiva), Quim se llevó el premio que le correspondía a Laia Montoya, de 22, y le quitó la posibilidad de subirse al podio de la clasificación general femenina.
Laia se tuvo que conformar con hacerlo solo en la categoría femenina senior (la organización, ante el revuelo, le ha dado el título a Quim de la clasificación general femenina de forma provisional). Laia Montoya es la legítima ganadora.
Según la noticia, la federación no tiene norma y están elaborándola “para aplicarla retroactivamente”. Esto no es posible.
Y, para hacerla, están consultando al @govern, que ya se ha manifestado en su anteproyecto de ley trans: quieren que cada cual compita como “diga” sentirse.
En dos minutos: lo que pasa con el deporte en doce leyes trans autonómicas.
Ninguna comunidad autónoma estudió el impacto que tendría permitir que cada cual compita en la categoría de sexo que quiera en el deporte femenino. Al menos, hasta la fecha ninguna me ha hecho llegar un solo informe que lo estudie.
Perfecto resumen. La nueva Ley del Deporte pone en peligro la explotación comercial por parte de las ligas, sobre la que pivota la industria; permite la injerencia de las federaciones en ellas sin que puedan emitir su opinión; y favorece injustificadamente a la Superliga.
En lo que respecta a la Superliga (que ya sé que es lo que más debate trae): 1. Para la participación en las competiciones oficiales es necesaria una licencia expedida por la federación deportiva; en el caso de las competiciones profesionales, visada por la liga profesional.
2. Pues bien, el PLD establece que "Para la participación en competiciones de carácter profesional, el otorgamiento de la licencia nunca podrá quedar condicionada a la participación en otras competiciones"...
La Superliga puede existir, y tiene que poder seguir haciéndolo.
El caso Semenya es uno de esos en los que se han repetido tanto los bulos, que te los encuentras hasta en artículos académicos.
Son recurrentes las mismas dos mentiras: (1) que es "una mujer con altos niveles de testosterona" y (2) que el suyo es un caso de "racismo".
Veámoslo.
La primera: no, no es una "mujer con altos niveles de testosterona". Es un varón con una anomalía del desarrollo sexual que hizo que se le registrara erróneamente de sexo femenino.
La condición que tiene se llama deficiencia de 5-alfa-reductasa. Solo se da en varones XY.
La deficiencia de 5-alfa-reductasa implica que sus cromosomas son XY (ergo: es varón) y que tiene testículos no descendidos, que son los que producen esa testosterona. De hecho, algunos pueden ser fértiles y tener hijos.
Lo expliqué aquí
Voy a explicar el caso de Caster Semenya, porque suele haber bastante confusión.
Semenya no es "una mujer que produce más testosterona de forma natural". Lo que tiene es una anomalía del desarrollo sexual que se llama 46XY deficiencia de 5-a-reductasa. Solo se da en varones XY.
Esta ADS implica una incorrecta metabolización de la testosterona que lleva a que los genitales sean ambiguos y que a 2/3 de quienes lo padecen se les asigne inicialmente el sexo femenino.
Pero estas personas pasan por una pubertad masculina, con las ventajas que ello conlleva.
De hecho, con el aumento de testosterona en la pubertad se produce una virilización que puede incluir el desarrollo de su aparato reproductor masculino, y de hecho la mayoría que en un principio se pensaba que eran niñas se acaban identificando como hombres.
En un universo paralelo hay “transedadismo”: personas que se identifican con una edad distinta a la que tienen, y adoptan la apariencia y comportamientos que socialmente se espera de ella.
En el deporte, algunos transedad quieren competir en la categoría de su “edad sentida”
Están los “adultos transedad” (niños que se sienten adultos) y los “niños transedad” (adultos que se sienten niños).
Como saben, en el deporte clasificamos para tener un campo nivelado entre los contrincantes, y establecemos categorías por edad, sexo, peso y discapacidades.
En fútbol, categorizamos por edad entre los 5 y +23 años tal que así 👇