Escuchando el discurso de incorporación de @ricardo_hausman a la Academia Nacional de Ciencias Económicas de Venezuela. Quisiera destacar la diferencia que hace el profesor Hausmann entre desigualdad de ingreso y desigualdad de productividad desde el Estado Administrativo:
La desigualdad suele medirse principalmente por ingreso, y el rol del Estado Administrativo es reducir esa desigualdad mediante transferencias, como subsidios, o sea, la redistribución de la riqueza. Pero esto no soluciona la causa subyacente de la desigualdad.
Además, políticas de redistribución a cargo del Estado Administrativo elevan los riesgos de dependencia de la sociedad civil y los riesgos de discursos populistas, así como de corrupción.
Frente a ello, el profesor Hausmann propone pensar en la desigualdad de productividad, que sí atiende a las causas subyacentes de la desigualdad: por qué los ciudadanos no pueden incluirse en la producción, lo cual depende -entre otros factores- de la complejidad económica.
La visión del Estado Administrativo desde la centralidad del ciudadano, exige ampliar la visión hacia la desigualdad en la productividad, pues solo ello permite que sea el ciudadano, con sus capacidades, quien pueda acceder y participar en procesos productivos complejos.
• • •
Missing some Tweet in this thread? You can try to
force a refresh
So far, Delcy Rodríguez is not acting as "interim president". She even submitted the Constitutional Chamber an emergency decree supposedly signed by Maduro.
As happened in the past, the Chamber will probably provide a "constitutional" basis for Rodríguez´s following action.
One probable scenario is that the Chamber will declare a temporary vacancy in the presidency, paving the way for Rodríguez to assume the presidency on an interim basis, with the support of the National Assembly.
Maduro may be gone, but abusive constitutionalism persists.
Hasta el momento, Delcy Rodríguez no está actuando como "presidenta interina". Incluso presentó ante la Sala Constitucional un decreto de emergencia supuestamente firmado por Maduro.
Como ya ha sucedido, la Sala podría intentar dar base "constitucional" a próximas acciones.
La decisión más probable es la “verificación” de los resultados electorales.
Esta decisión sería resultado de la extralimitación de funciones de la Sala; de un juicio violatorio al debido proceso, y de una supuesta prueba de peritaje que es nula.
El principal interés de acudir a la Sala Electoral es invocar el principio de no intervención, para que Gobiernos extranjeros se vean obligados a aceptar los resultados electorales al haber sido avalados por el TSJ.
Lamentablemente las conclusiones de la #RelatoraONU no contribuyen a un debate serio y apolítico sobre el tema de las sanciones. Con todo, no pueden ser simplemente ignoradas. Lo conducente es explicar, con pruebas, la falsedad e imprecisión de sus conclusiones. Algunas ideas:
Las conclusiones no emplean un concepto técnico de sanciones, e incluyen medidas adoptadas en procesos penales. Tal es el caso de Portugal, país que no ha impuesto sanciones. Lo que existe es una investigación criminal por lavado de dinero del régimen de Maduro.
Igual sucede con el Banco de Inglaterra. Falsamente se habla de activos congelados. La realidad es que desde 2018 el Banco de Inglaterra no sigue las instrucciones del BCV pues Maduro destruyó sus reglas de gobernanza. Se ignoran restricciones constitucionales para el uso del oro
Debido a las dudas que ha levantado la nueva licencia de la OFAC sobre los puertos y aeropuertos, voy a compartir algunas guías de cómo yo interpreto esas medidas, producto de mi experiencia práctica:
El régimen de sanciones se basa en una prohibición general (contenida en la orden No 13884) y excepciones por licencias. Algunas son individuales y confidenciales; otras son generales, y están numeradas (licencia 2, 3 etc.) home.treasury.gov/policy-issues/…
Cuando es publicada en una licencia general, lo primero que debe determinarse es si es una licencia nueva o es una reforma. ¿Cómo saberlo? Fácil: las licencias que reforman licencias previas llevan, junto al número, la letra que indica el orden de la reforma (licencia 2A,2B...).
Existe una fuerte conexión entre los principios de moralidad del Derecho Administrativo y los principios generales del Ius Commune Administrativo en América Latina. Incluso, desde los estándares de la buena administración reconocidos en el Derecho nacional e internacional.
Los estándares de la buena administración son doble faz: facultan y restringen al Estado administrativo (como explicó Mashaw, esos estándares tienen similitudes con algunos principios de la LPA). La moralidad del Derecho Administrativo aporta una nueva perspectiva.
There is a strong connection between the principles of the morality of administrative law and the general principles of the Ius Commune Administrative in Latin America. Particularly, considering the good administration standards recognized in domestic and international law.
Good administration standards are "Janus-faced": they both empower and constraint the administrative state (as Mashaw explained, those standards have similarities with some APA principles). The morality of administrative law brings a new perspective to those standards.