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COMENTARIOS A LA INICIATIVA DE LA LEY DE HIDROCARBUROS
La EXPOSICIÓN DE MOTIVOS (razón de la ley) descansa sobre afirmaciones básicas SIN COMPROBACIÓN:
A. La transición energética global (energía LIMPIA) como AMENAZA a la SEGURIDAD ENERGÉTICA DE Mx (NO OPORTUNIDAD).
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B. Las DEBILIDADES ESTRUCTURALES del sistema energético se resuelven SUSPENDIENDO PERMISOS.
C. COMERCIALIZAR internacionalmente COMBUSTIBLES (exportación e importación) es RIESGOSO y PUEDE AFECTAR LA ESTABILIDAD DEL PAÍS.
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INICIATIVA:
1.- La Política de Almacenamiento se concibe NO como instrumento de inversión y EXPANSIÓN de la CAPACIDAD de Almacenamiento en Mx, sino como BARRERA DE ENTRADA al Mercado de Combustibles.
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2.- A los mecanismos de ocupación temporal, intervención y revocación, se agrega la suspensión administrativa y se añaden causales adicionales a la revocación, aparentemente redundantes, dadas las causales ya establecidas en la Ley y en las condiciones de los permisos.
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3.- Un artículo sexto transitorio con una retroactividad “EVIDENTE” que REFUERZA la tesis que el objetivo inicial es “OCUPAR EL ESPACIO DE LA OPINIÓN PÚBLICA”. Un artículo con revocación retroactiva a partir de condiciones posteriores es una carnada perfecta.
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OPINIÓN PÚBLICA: Junto con la #IniciativaLesiva o #LeyCombustóleo integran “un paquete COORDINADO de MERCADOTECNIA POLÍTICA” de cara a las elecciones intermedias 2021.
La posible APUESTA: conectar en la población energía-gobierno-nacionalismo y RECREAR 1938 en 2021.
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CONTROL POLÍTICO: Al apuntalamiento de las figuras de REVOCACIÓN, OCUPACIÓN TEMPORAL E INTERVENCIÓN (YA bien logradas en la Ley actual) se SUMAN la NEGATIVA FICTA (NEGACIÓN de permisos) y la SUSPENSIÓN. El conjunto afianza el control político y debilita la COMPETENCIA.
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CÁLCULO POLÍTICO: Las inversiones “aguas abajo” (MATERIA DE ESTA INICIATIVA) distribución, almacenamiento y venta de combustibles, son MUY IMPORTANTES, pero MUY inferiores a las inversiones “aguas arriba” (exploración y producción de crudo). Éstas últimas NO SE TOCAN.
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Una Reforma que no fortalece a la CFE pero si a su Director.
Lo convierte en el hombre políticamente más poderoso después del Presidente, pues ya no le rinde cuentas a la SHCP, SENER, CRE, CENACE, COFECE, SFP o a 🇲🇽.Una reforma Constitucional personal.
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TARIFA ÚNICA:
La puede hacer hoy SIN REFORMA, pero no le conviene. Desde Lázaro Cárdenas se dividen por justicia.
La razón: la energía no cuesta lo mismo en todos los puntos. Una choza junto a una presa le acabaría pagando la luz a una gran empresa lejana. ¿Es justo eso?
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Afirma que se construyen 6 centrales de generación y van por 16 más con un Fideicomiso Maestro.
Las 6 centrales se suspendieron hace meses por SHCP porque llevaban PIDIREGAS. El presupuesto no da más. No hay recursos, no hay Fideicomiso Maestro,no habrá NI UNA SOLA CENTRAL
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La revisión de una reforma Constitucional que define una organización industrial, como la eléctrica, es muy compleja. La razón es que es visible solamente la PUNTA DEL ICEBERG. Para entender su alcance hay que reconstruir el iceberg completo.
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Algunos trazos del iceberg:
⚡️NO ES UN VUELCO AL PASADO, ES UN PASO HACIA EL PRECIPICIO:
NI CÁRDENAS: (la Ley de 1939 reconoció la vocación público-privada de la industria).
NI LÓPEZ MATEOS: en 1960 salvaguardó las concesiones otorgadas a nivel Constitucional.
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⚡️ NO ES UNA REFORMA ESTRUCTURAL ES UN MANIFIESTO POLÍTICO:
No tiene NINGUNA VIABILIDAD TÉCNICA, FINANCIERA O MEDIO AMBIENTAL.
Es una reforma cuyo ATRIBUTO CENTRAL es LA COMUNICACIÓN POLÍTICA, no reestructurar la industria.
NO FUE HECHA PARA APROBARSE.
Es solo propaganda
¿Qué pasa con los precios y el mercado del Gas LP?
(1/6) Los precios se han incrementado en TODA N. AMÉRICA🇲🇽🇺🇸🇨🇦por muchas razones:
1.-La producción ha bajado y los inventarios están particularmente bajos. La producción 🌎 de petróleo está 13% abajo de los niveles PRE-PANDEMIA.
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2.- En el 2020 la demanda 🌎 de hidrocarburos se desplomó SALVO el consumo de PROPANO (Gas LP).
En este sentido, la @IEA establece que las exportaciones de Gas LP, de hecho, CRECIERON 13% en 2020. Así México MANTIENE sus IMPORTACIONES.
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3.-El mercado de hidrocarburos en N. América es muy intenso e integrado. 🇲🇽 y 🇨🇦 cubren el 63% de las importaciones de 🇺🇸, y viceversa, 🇲🇽 es el principal adquirente de petrolíferos de 🇺🇸. Así, la fórmula de precio del Gas LP EN MX está ligada a una referencia internacional
(1/6) SUSPENDE GENERAL Y PROVISIONALMENTE Juez 2o de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica las “MODIFICACIONES a la metodología, criterios y términos de los CONTRATOS LEGADOS PARA EL SUMINISTRO BÁSICO”.
¿Porqué es MUY importante para TODOS?
(2/6) 1. Esta METODOLOGÍA es la FORMA como CFE DEBE comprar la energía que le vende a sus clientes CAUTIVOS (TODOS NOSOTROS) que NO PODEMOS ELEGIR OTRA OPCIÓN.
2.- La LEY (LIE) estableció que por REGLA GENERAL las compras se harían mediante licitaciones COMPETIDAS (SUBASTAS)
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3.También estableció obligaciones de COMPRAR ENERGÍA LIMPIA (Certificados de Energía Limpia) en esas mismas SUBASTAS. 4. Asegurar con esta DOBLE VÁLVULA DE PROTECCIÓN (COMPETENCIA+CELs) que la energía que NOS VENDE el ÚNICO PROVEEDOR (o cualquier otro) sea LIMPIA Y BARATA.
(1/6) Difiero Diputado @martibatres: El artículo 28 Constitucional establece una prohibición “general” a los monopolios y las prácticas monopólicas en todas las actividades comerciales del país. La razón, los monopolios (privados o públicos) trasladan/quitan al pueblo:
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A) Poder de optar y sancionar con su elección un bien o servicio;
B) Recursos o valor vía menor calidad o mayores precios/costos al ser la única opción.
Por ello, la Constitución excluye EXPLÍCITAMENTE algunas actividades. En el caso del sector eléctrico...
(3/6) la “planeación y el control” y la “Transmisión y Distribución” de energía eléctrica. Todas excepciones EXPLÍCITAS a la REGLA GENERAL de competencia como GARANTÍA constitucional. No habrá que negar que el monopolio en GENERACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN tuvo sentido económico y...
El proceso de DESPACHO eléctrico (ELEGIR qué plantas sirven electricidad a los usuarios en un momento dado) SIEMPRE ha sido un proceso de OPTIMIZACIÓN de recursos.
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Esto quiere decir que desde SIEMPRE los ingenieros de CFE planteaban sus modelos matemáticos con base en las plantas disponibles, el MEJOR USO DE RECURSOS (menor costo) y las RESTRICCIONES del sistema. NO IMPORTA EL PROPIETARIO DE LAS PLANTAS.
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NINGUNA Ley ha querido INTERFERIR con ese proceso y mucho menos IMPONER un ORDEN DE DESPACHO PREESTABLECIDO. Por ello,ni la Ley de 1938, ni de 1975 (con todo y sus reformas importantes en 1983 (esta última con la rúbrica de MB por cierto) ni en 1992,ni en 2014. LO HICIERON