🟨 HOY
Se discutió en la Comisión de Derechos Fundamentales de la @convencioncl:
📌 INICIATIVA POPULAR 41
Busca consagrar el derecho al libre desarrollo de la personalidad incluyendo orientaciones sexoafectivas.
[HILO] 👇🏻 [1/4]
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Esta norma es preocupante, pues el derecho al libre desarrollo de la personalidad es uno de los elementos ocupados para sustentar el "derecho a la identidad de género", que contradice la naturaleza humana, e incluso entrega acciones judiciales y administrativas.
Es fundamental que este derecho sea reconocido a todos, sin distinción. La dignidad humana es inviolable incluso antes del nacimiento: desde el comienzo mismo de la existencia natural de la persona humana y hasta su muerte.
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SABÍAS QUE hace 52 AÑOS, el 22 de noviembre de 1969, Chile se suscribió al "Pacto de San José de Costa Rica" de la Convención Americana sobre DDHH, comprometiéndose a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio.
🟡 AHORA Comisión de Derechos Fundamentales de @convencioncl discute INICIATIVA POPULAR 37:
Busca proteger la #LibertadReligiosa y que incluye el derecho a la objeción de conciencia personal e institucional.
¿POR QUÉ DEBIERA PREOCUPARTE ESTO?
[HILO] 👇🏻 [1/7]
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SABÍAS QUE hace 52 AÑOS, en noviembre de 1969, el Gobierno de Chile suscribió el "Pacto de San José de Costa Rica" de la Convención Americana sobre DDHH, comprometiéndose a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio.
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Según el art. 12 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos:
📌 La libertad de religión ✝️ es el derecho a que toda persona pueda “profesar y divulgar libremente su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado”.