Estoy de acuerdo con que un gabinete ya no deba pedir confianza del Congreso apenas haya entrado, como se ha propuesto. Pero sumo algunos otros cambios que también podrían incluirse en un paquete mínimo de reformas, que creo que nos podrían dar un mejor balance. Explico cada uno.
La elección presidencial es la más importante en los regímenes presidenciales. Las reglas electorales tienen distintos efectos en los sistemas políticos. La segunda vuelta tiende a fragmentar. Aquí @GFlores83 explica las bondades del voto aprobatorio:
La vacancia presidencial debe quedar solo para eventos objetivos en los que sea necesario reemplazar al presidente ("ha quedado vacante el cargo"), pues no es igual a que este sea destituido (no es "yo lo vaco"). Las causales de destitución se regulan en el 117 y deben ampliarse.
Como se restringiría la vacancia por incapacidad moral permanente, que hoy es lo que se usa como destitución, podría agregarse al 117 una causal genérica vinculada con graves infracciones a la Constitución, ¿y quizá una específica por incumplir con el 118? Esto es solo una idea.
Lo importante sería que al dejar la destitución solo en el 117 y ya no mezclarla con el 113, por fin tendríamos un juicio político propiamente dicho para el presidente (un "impeachment", como le dicen en otros países), en vez de un proceso de vacancia mal adecuado para destituir.
Otro detalle importante sería que la causal o causales que se agreguen cumplan con ser más precisas y delimitadas que la "permanente incapacidad moral" de hoy, pero que igual sean razonablemente abiertas. Algo como lo que intenta lograr el "high crimes and misdemeanors" en EEUU.
Ya incluidos estos cambios, podríamos precisar también que las elecciones a convocarse si cae todo el Ejecutivo sean generales (hoy no queda 100% claro, pueden interpretarse como solo presidenciales). Eso reduciría el incentivo del Congreso de destituir por cualquier razón menor.
Al mismo tiempo, podría preverse la misma consecuencia ante un eventual cierre del Congreso, para así frenar también el incentivo de usar esa arma nuclear desde el Ejecutivo. Y si llegase a ocurrir, al menos la renovación será total, como ocurriría en los sistemas parlamentarios.
También derogaría el artículo 90-A, con lo que se permitiría otra vez la reelección de congresistas. Yo sé que ese cambio se aprobó en el referéndum de 2018, pero le ha hecho mucho daño a nuestro sistema. Fue populismo. Sin reelección nos aseguramos Congresos novatos cada 5 años.
Los artículos 113 y 115 que sugiero son casi los mismos que propuso la Comisión de Alto Nivel para la Reforma Política (kas.de/documents/2695…). Les recomiendo revisar ese informe si quieren ver una propuesta de reforma integral y con objetivos transversales. No hay muchas así.
Los que sugiero aquí no son los únicos cambios que yo haría en la Constitución. También incluiría la bicameralidad, repensar el presidencialismo, cómo se elige al @TC_Peru y Def. del Pueblo, etc. Pero planteo un "paquete mínimo" porque eso me parecería mejor que cambios aislados.
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Vamos camino a tener más de 40 partidos las elecciones del 2026 y parece haber mucha confusión sobre cómo llegamos a esto. Mucha gente parece pensar que se debe a las reformas políticas del 2018. No es así. Estamos aquí por errores de este Congreso, que aún pueden corregirse. 🧵
Todos podemos tener nuestra propia opinión sobre el paquete de reformas que propuso la Comisión de Alto Nivel para la Reforma Política (CANRP) en el 2018, pero hay varios puntos objetivos fácilmente verificables que me parecen importantes para entender este tema. Destacaré tres.
Primero: no se aprobó la reforma tal cual fue propuesta, sino solo parcialmente. No se aprobaron puntos sobre financiamiento, ni la bicameralidad que propusieron, ni se reformó la vacancia presidencial, ni varias cosas más. Y las PASO, que sí se aprobaron, nunca se implementaron.
Esta larguísima cédula de votación con más de 40 partidos todavía puede evitarse. Aún no es muy tarde para que el Congreso apruebe alguna otra medida que sirva como filtro y evite que lleguemos a ese escenario. Solo se necesita voluntad política. Aquí algunas alternativas: 🧵
Como ha sugerido @jnaupari, una alternativa muy directa sería eliminar la elección a través de delegados de las opciones admisibles de democracia interna y exigir, además, una valla razonablemente alta de participación de afiliados para que las elecciones internas sean válidas.
Con eso, solo llegarían a la elección de abril los partidos que logren realizar elecciones internas con una participación mínima de militantes. Eso dejaría fuera a los partidos 'vientre de alquiler' que no tienen militantes reales. La cédula de votación final sería más corta.
) y no trivializar la vacancia. Pero sobre esto último, creo que también hay que evitar caer en el extremo de creer que cualquier vacancia sería 'golpista'. 🧵
Sagasti escribe que el presidente Pedro Castillo "[s]e está acercando peligrosamente al umbral de lo que podría considerarse como incapacidad moral". Entiendo que intentó cuidarse justamente para evitar trivializar la vacancia, pero en este caso creo que fue un cuidado excesivo.
Hoy ya es perfectamente razonable hacer un caso desapasionado que sostenga que Castillo ya ha cumplido con la causal de incapacidad moral permanente. ¿Sería algo discutible? Por supuesto, sobre todo porque el TC no ha definido con claridad cuál es el criterio que debe cumplirse.
¿Nuevas elecciones serán siempre “más de lo mismo”? No sería tan pesimista. Que la oferta de partidos entre el 2016 y el 2021 haya sido casi la misma no fue algo ‘natural’, sino producto de cambios puntuales en la ley que en la práctica lograron ese efecto. Pero eso ya cambió. 🧵
Entre esos años, el numero de firmas requeridas para inscribir nuevos partidos aumentó demasiado. Más de lo razonable. Eso impidió que surjan nuevos partidos que quizá de otra forma sí hubiesen surgido. Además, los partidos que debieron desaparecer en el 2016 se salvaron por ley.
Lo primero en realidad comenzó en el 2009. El número de firmas que pedía la Ley de Org. Políticas para inscribir un partido hasta entonces era = al 1% de los que votaron en las elecciones nacionales previas (poco menos de 150,000), pero ese año subió a 3% (poco menos de 440,000).
¿Por qué la vacancia en el caso de Vizcarra fue inconstitucional?
• La vacancia se regula en el artículo 113 de la Constitución, en el capítulo sobre el Poder Ejecutivo del Título IV.
• Que se regule allí y no en el capítulo sobre las relaciones Ejecutivo-Legislativo, ni en…
…la parte sobre facultades del Congreso, sugiere que no se trata pues de un instrumento de control político, ni de una facultad del Congreso, como algunos congresistas argumentaron entonces.
• Si así fuese, la vacancia se regularía junto al resto de instrumentos de control…
…político (censura, confianza, etc.), o junto al resto de atribuciones del Congreso.
• ¿Cuál es la lógica de que la vacancia se regule en el capítulo sobre el Ejecutivo? Pues que es un instrumento que, en principio, debe servir para permitir que el propio Ejecutivo funcione.
#Datos: ¿Por qué nuestro sistema electoral es tan resiliente ante la posibilidad de un fraude?
Hay varias razones, pero les comento algunas que tienen que ver con su independencia, su alta desconcentración de funciones y su transparencia. 🧵 #EleccionesBicentenario
Nuestra democracia, con todas sus bondades e imperfecciones, es algo que hemos ido construyendo poco a poco, caóticamente, a lo largo de 200 años. En 1931, como un intento de dar más confianza en las elecciones, se creó el Jurado Nacional de Elecciones como entidad autónoma.
Al igual que varios vecinos en AL, teníamos una necesidad especial de otorgar confianza en que otros poderes no influirían en los resultados. No fue así en todo el mundo. En muchos sitios hasta hoy las elecciones las organiza alguna entidad municipal o del gobierno (@UNDP, 2012).