Abro hilo 🧵 a través del cual probaré que el candidato @petrogustavo sí se propone EXPROPIAR; no en el sentido de “democratizar” o de adelantar un “debido proceso para transferir propiedad, contra reparación”, sino para vulgarmente CONFISCAR; prohibición de rango constitucional.
1. Sea base general de la argumentación, el hecho de que, en un estado social de derecho, son dos (2) los pilares del Capitalismo: (i) la propiedad privada, como derecho, y (ii) la libertad de emprendimiento y de empresa, como expresión material de la seguridad jurídica⚖️
... realmente, el Capitalismo no es sino el matrimonio cordial entre ambos pilares; existente dentro de un ordenamiento jurídico estable que la Nación, —a través de leyes—, dicta en ejercicio de la democracia representativa ...
2. Seguidamente, cualquier político en Colombia tiene la obligación de saber y el deber de explicar la diferencia que existe entre la naturaleza FISCAL de los recursos del estado, y el origen PARA-FISCAL de los dineros y fondos de la nación 👇
3. Nótese que -Nación- es apenas uno de tres (3) elementos esenciales del estado (Territorio, Soberanía y Nación—elemento humano en el mismo). Esto, para que no se confunda nación con estado; pues es clave la distinción, como verán trinos abajo 👇 ...
4. Pues bien ¿Qué es entonces la parafiscalidad? ¿Por qué escuchamos de “fiscalidad” y de “para-fiscalidad”? ¿Por qué es medular saber la distinción para efectos de probar que @petrogustavo va a EXPROPIAR? ... Aquí la respuesta ... 👇
5. Los estados de derecho, -desde hace 3.000 años-, pactaron el financiamiento de su funcionamiento y de su inversión con fuente en los tributos (impuestos, tasas, contribuciones, empréstitos internos y externos) que los paga la Nación con sus empresas y/o emprendimientos ...
... es esto lo que se denomina —FISCALIDAD—: el financiamiento del funcionamiento y de la inversión del estado, a través de la administración inteligente de los recursos con origen en los tributos 💰 ...
6. Por supuesto que, -por la explosión demográfica, por los costos, pero sobretodo por los defectos de gestión del estado; lentitud, procesos, conformación, la ortodoxia, la evasión, la elusión y la corrupción-, la FISCALIDAD no satisface plenamente las necesidades del estado 😰.
7. Por dicha razón, fue entonces inventada por los Franceses la llamada PARAFISCALIDAD; como técnica de intervención en la economía para atacar esa protuberante incapacidad de la -fiscalidad- para financiar al estado, noción que por demás resulta muy, muy fácil de explicar …👇
8. La PARAFISCALIDAD es una forma de financiar una necesidad común, por medio de la cual son los mismos destinatarios de la necesidad quienes organizada y paulatinamente embolsan recursos en un fondo, para consolidar un ahorro que destinarán para su propio y singular beneficio ..
... ello, sin que tales dineros pasen por las manos del estado central. Se le llama pues —PARAFISCALIDAD—, porque son dineros que se embolsan de forma “paralela” a los del fisco, son para-fiscales! ...
9. En Colombia 🇨🇴, el primer antecedente de la adopción de esta técnica se reporta en el Fondo Panelero, después en el Fondo Ganadero, y hoy se aprecia como consolidada en dos escenarios mayores: (i) Los Fondos de Pensiones y (ii) el ADRES (antes Fosyga) ...
... ambas son "bolsas de dinero" que, las primeras son para financiar las pensiones de quienes cumplan los requisitos de jubilación y la segunda para financiar los tratamientos quirúrgicos o médicos de quienes se enferman ...
... entonces, ¿va a EXPROPIAR @petrogustavo, sí o no? Pero clarooo que sí! Observen con cuidado, analicen a fondo las siguientes potísimas conclusiones 👇
10. PRIMERA CONCLUSIÓN: Los recursos para-fiscales NO son del estado (no son fiscales, no son del erario) —SON DE LA NACIÓN, de la gente 🤷♂️— ... al ser de la Nación, ningún gobierno, —ni actual ni futuro—, puede disponer de ellos; para esos disparates tiene sus rentas fiscales.
11. SEGUNDA CONCLUSIÓN: Cuando @petrogustavo afirma que los dineros en fondos de pensiones los trasladará al estado, les está cambiando de un plumazo su naturaleza PARAFISCAL para convertirlos de buenas a primeras en FISCALES cambiándole pues su dueño, eso se llama EXPROPIAR 🔊🚫
12. TERCERA CONCLUSIÓN: Sí es #Comunista@petrogustavo, pues con tal propuesta evidencia que no respeta la forma organizativa precisamente opuesta: la del Capitalismo, pues se lleva de bruces los dos pilares fundamentales del mismo: la propiedad privada y a libertad de empresa 🤥
... ahí les dejo pues, como sale en el film —La Estrategia del Caracol 📽️🇨🇴— "su casa pintada" ... es decir: su @petrogustavo expropiador y comunista! ... —FIN—.
Con ocasión de este trino de @ClaMoralesM, que desinforma peligrosamente a sus más de 400.000 seguidores, -repleto de imprecisiones e ignorancia-, menetester resulta que hagamos las siguientes claridades (hilo) ...
1. Es de lo básico del derecho civil, que las personas sean o (i) naturales (de concepción biológica), o (ii) jurídicas, que nacen a partir de una convención o de un contrato con causa lícita. (Las personas naturales somos las de carne y hueso) ... sigue ...
Las personas jurídicas, -que gozan de la capacidad de detentar derechos y de adquirir obligaciones-, son de dos tipos: (i) las sin ánimo de lucro (fundaciones, asociaciones, agremiaciones), y (ii) las con ánimo de lucro (sociedades comerciales) ...