⭕️CONCEJALES Y ÓRGANOS DE TRANSPARENCIA: El TS AMPLÍA LOS RECURSOS FRENTE A LA DENEGACIÓN DE ACCESO A INFORMACIÓN AL PERMITIR A LOS MIEMBROS DE CORPORACIONES LOCALES UTILIZAR LA RECLAMACIÓN PREVISTA EN LAS LEYES DE TRANSPARENCIA –SSTS 10—3-2022🧵
1️⃣ El acceso a la información por parte de los miembros de las Corporaciones locales tiene un régimen propio constituido esencialmente por el art.77 LBRL y los arts.14 a 16 ROF y por la jurisprudencia que los desarrolla…
2️⃣ Como es sabido la DA Primera.2 de la Ley 19/2013 de Transparencia, regula la integración y articulación entre el régimen general de acceso de la propia Ley y otros regímenes específicos o sectoriales de acceso
3️⃣Desde 2020 la Sala 3ª TS viene decantando su jurisprudencia (6 SSTS) sobre qué ha de entenderse por “régimen jurídico específico de acceso” para que desplace al régm.general de Ley 19/13 como supletorio y…
4️⃣.. y que se concreta en varias exigencias: 1-régimen LEGAL +alternativo en cuanto a sujetos-contenidos-límites
5️⃣ Y según el TS tal régimen específico puede consistir en una REGULACIÓN COMPLETA y sistemática o bien una REGULACIÓN PARCIAL pero que afecte a aspectos RELEVANTES del acceso (pej LÍMITES)
6️⃣ Partiendo de aquella jurisprudencia el TS declara que el régimen de ACCESO A LA INFORMACIÓN por parte de MIEMBROS DE LAS CORPORACIONES LOCALES es uno de los regímenes ESPECÍFICOS de la DA Primera.2 de la Ley 19/2013
7️⃣ Sin embargo, Y ESTO ES LO RELEVANTE de las SSTS 10-3-22, esa especificidad NO EXCLUYE el uso de la RECLAMACIÓN contra la denegación de acceso prevista en el art.24 de la Ley 19/2013
En realidad son 2 SSTS de la misma fecha (recursos casación 148/2021 y 3382/2020)
Síntesis: conforme al TS ante una denegación de acceso a información los concejales PODRÁN formular reclamación ante el ORGºDE TRANSPARENCIA directamente o previo Recº de Reposición ante el propio Presidente de la Corporac.Local
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Doctrina SINTÉTICA del TS sobre la MOTIVACIÓN de las VALORACIONES en PROCESOS SELECTIVOS y su REVISIÓN administrativa y judicial-STS 13/4/23 (rec.4104/2020)mini 🧵
1️⃣ En una Sentencia especialmente concisa (muy de agradecer) el TS ha sintetizado al máximo los requisitos mínimos de motivación en procesos selectivos (y de su revisión en vía administrativa)⤵️
2️⃣
•explicitar los criterios de discrecionalidad técnica empleados
•explicación por el propio tribunal calificador (órgano técnico)
¿Qué MOMENTO ha de tomarse como referencia para reputar una situación CONSOLIDADA a efectos de NO poder REVISAR las liquidaciones firmes de PLUSVALÍA con base en la STC 182/2021 que declaró su inconstitucionalidad?⤵️
1️⃣ La STC 182/2021 declaró que había de estarse a la fecha del DICTADO de la propia STC (26 oct 2021)
2️⃣ Sin embargo, la STC 126/2019, de 31.10, que anticipó la inconstitucionalidad del art.107.4 TRLRHL en un caso concreto, había declarado que la fecha a considerar era la de PUBLICACIÓN de la STC en el BOE
¿ES VÁLIDA LA COMUNICACIÓN VERBAL DE LA EXTINCIÓN DE UN CONTRATO POR JUBILACIÓN FORZOSA? STSJ Madrid (Social- Secc.2ª) 19/10/2022 (rec.799/2022) 🧵⤵️
1️⃣ A un trabajador de @rne con más de 20 años de antigüedad se le comunicó por teléfono que ese mismo día se extinguiría su contrato por jubilación forzosa, poniéndose la documentación a su disposición en el portal del empleado, al que el trabajador pero no descargó la documentac
2️⃣ A falta de regulación laboral expresa sobre las comunicaciones electrónicas (como es la puesta de disposición en el portal del empleado) el TSJMad parte de la Ley 34/2002 (LSSI)