Buenos días. Os comparto este hilo sobre #gestacionsubrogada#VientresDeAlquiler
》Si la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida, declara nula de pleno derecho la gestación por sustitución...
》Si la sentencia del Tribunal Supremo de 835/2013, de 6 de febrero, ya estableció que este tipo de explotación reproductiva vulnera los derechos humanos, tanto de la madre biológica cómo del bebé así gestado.
》Si la sentencia del Tribunal Supremo 1153/2022 de 31 de marzo, vuelve a dejar meridianamente claro que hay vulneración de DERECHOS HUMANOS de la madre biológica y del bebé en la gestación por sustitución.
♀️¿Cómo es posible que una simple instrucción, la Instrucción de 5 de octubre de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre régimen registral de la filiación de nacidos mediante gestación por sustitución de Registro, permita burlar una ley y dos STS ?
♀️¿Cómo es posible que, si esa instrucción pretendidamente "en interés superior del menor" -una vez establecido por DOS STS que la gestación por sustitución vulnera DDHH- se mantenga y propicie seguir vulnerándolos, sin que un gobierno "progresista" la haya suprimido?
♀️¿Cómo es posible que haya un Ministerio de Igualdad que no tenga como principal misión la salvaguarda de los derechos humanos de las mujeres y las criaturas afectadas por dicha ley y las mencionadas sentencias?
♀️¿Cómo es posible que, de lo contrario, no presente su dimisión la ministra responsable de igualdad, incapaz de erradicar un procedimiento que vulnera los derechos humanos de mujeres y criaturas?
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