LAS "LEYES FASCISTÍSIMAS" (1925-1928): EL PASO DE ITALIA LIBERAL A LA ITALIA TOTALITARIA.
Hilo 👇

Contexto histórico:
Tras la Marcha sobre Roma de 1922 y la victoria fascista en las elecciones de 1924, quedó allanado el terreno para la totalitarización estatal por Mussolini. Image
El 3 de enero de 1925, en el propio parlamento italiano, Mussolini vino a declarar sin tapujo alguno que comenzaba una nueva etapa en historia de Italia. Tal día, como señalan muchos historiadores, comenzaba realmente la "Era Fascista" y el advenimiento de Mussolini como "Duce".
No obstante, había que desarmar completamente el viejo y caduco Estado liberal italiano, que los fascistas siempre contemplaron como decrépito, sin sustancia y un absoluto anacronismo. Por lo tanto, la suerte de la democracia burguesa-parlamentaria en el país estaba echada.
El artífice de las leyes y máximo inspirador fue Alfredo Rocco, un reputadísimo jurista nacionalista que, pese a haber tenido un corto paso por el socialismo italiano y por el PRI en su juventud, desembocó en la ANI de Corradini para, posteriormente, adherirse al Partido Fascista Image
Rocco tenía una visión absolutamente estatalista de la nación. Creía que para elevar el prestigio de esta, había que desarrollar un cuerpo legislativo de gran calado. Es por ello que, al poco, se puso manos a la obra con las siguientes leyes que crearían el Estado totalitario:
1ª LEY: ley sobre las prerrogativas del jefe de gobierno (24/12/25)
El primer ministro pasa de tener una importancia similar a la del resto de ministros a convertirse en la piedra angular del gobierno, quedando el resto de miembros del gabinete subordinados al jefe de gobierno.
Era absolutamente coherente después de la famosa declaración parlamentaria del 3 de enero de ese año por parte de Mussolini. Este no solo sería progresivamente el hombre más importante del gobierno sino el guía de la nación como "Duce".
2ª LEY: ley sobre la emanación de normas jurídicas (31/01/26)
El gobierno asume en su práctica totalidad el poder legislativo, otrora asignado al parlamento. Con ello, el modelo demoliberal clásico de separación de poderes (ejecutivo, legislativo, judicial) queda fracturado.
3ª LEY: ley sobre la administración local (04/02/26)
Son abolidos los alcaldes y sustituido por la figura del 'podestà', el cual es nombrado por el gobierno previa propuesta del Partido. El objetivo de la medida es la centralización del poder con el fin de fascistizar la Admon.
4ª LEY: ley sobre los órganos cooperativos y sus funciones (03/04/26)
Son ilegalizados los sindicatos, excepto los fascistas. Las huelgas y cierres patronales quedan igualmente prohibidos. Toda organización/asociación, para poder funcionar, debe ser aprobada por el Estado.
5ª LEY: ley para la defensa del Estado (25/11/26)
Será una de las leyes más importantes para configurar la totalitarización del Estado: se suprimen los partidos (excepto el PNF), la libertad de expresión y de prensa a merced de los designios del Estado,+
+se "italianizan" los extranjerismos, el establecimiento de la pena capital extendida al Duce (no solo al rey), la creación de la OVRA como policía política secreta y la instauración del Tribunal Especial para la Defensa del Estado para aplacar a la oposición antifascista.
Esto conlleva la configuración definitiva de un Estado de Partido Único, el Estado como eje único del control de la prensa, revistas y todo medio de difusión, el eclipse progresivo del Duce sobre el monarca y unos órganos represivos para la persecución legal de todo antifascista.
6ª LEY: ley sobre la reforma del sistema electoral (17/05/28)
Queda demolido el sistema de representación liberal-burgués y se establece una lista única con solo representantes del Partido Nacional Fascista, a propuesta del Gran Consejo del Fascismo.
Dicha lista se vota cada 5 años para renovar el parlamento fascista con un "sí" o un "no". Los fascistas , años mas adelante, justificarán estas medidas para implantar progresivamente la "Democracia Corporativa" que comenzó a aplicarse desde 1939.
7ª LEY: ley de constitucionalización del Gran Consejo (09/12/28)
Tiene como gran objeto establecer al Gran Consejo Fascista como principal órgano constitucional y rector del Estado, poniéndolo al mismo nivel que el parlamento.
Con ello, los fascistas buscaban el "uno y trino": la fusión entre Nación, Estado y Partido. Las atribuciones que asumirá el Gran Consejo serían el colofón de la totalitarización del Estado desde las premisas del fascismo.
Con este bloque de 7 leyes se consolidó el Estado Totalitario: Partido Único, el Duce como conductor nacional, el sindicalismo fascista como elemento único de los trabajadores, el Gran Consejo como órgano principal del Estado, centralización estatal y persecución del antifascismo Image

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