"La Pragmática de Luto y Cera"
10 de enero de 1502.
La norma que estableció el color negro como símbolo de luto en la indumentaria durante el reinado de los #ReyesCatólicos.
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Hasta esta época, el blanco era el color oficial del luto. Así se estableció en el siglo II por un decreto imperial romano. Tras la muerte del príncipe Juan, en 1497, los #ReyesCatólicos van a establecer mediante esta pragmática, un conjunto de leyes que establecían el color
negro en la indumentaria del luto. Al mismo tiempo, el color negro va a iniciar, a partir de las décadas centrales del siglo XV, tras la llegada de las modas del norte de Europa, una importante promoción de expresión de magnificencia cortesana.
Esta legislación trajo el recato a los funerales prohibiendo manifestaciones exageradas de dolor como los gritos tan propios de las mujeres de la época, y por consiguiente, también se prohibieron las plañideras, mujeres contratadas para que fueran a los funerales a llorar, una
tradición que se remonta al antiguo Egipto. Además de aportar orden y recato al ceremonial funerario, parece ser que el principal objetivo de esta pragmática era poner fin a una costumbre muy arraigada por la cual, cuando fallecía un personaje importante, el funeral era sufragado
con bienes de las villas y ciudades, lo que producía gastos excesivos. Desde la aprobación de estas normas serán “2.000 maravedís y no más“, los dispuestos para estos menesteres. Otro de sus objetivos era evitar que el nivel económico del difunto se mostrase a través de
manifestaciones externas como el número de personas que vestían luto por él o la ornamentación de las iglesias y las casas. Además, se busca igualar estas manifestaciones estableciendo el atuendo que debían vestir y el que no, tanto hombres como mujeres, el tiempo de luto, la
ornamentación de las casas e iglesias, el número de velas y el número de personas que podían enlutarse. La pragmática solamente permitía poner un paño negro sobre la tumba y se prohibía “poner en la sepultura más de doce hachones o cirios“.
Por último, se dispone que se guarden y cumplan las últimas voluntades de los fallecidos en cuanto a las misas, memorias, limosnas y todo lo relacionado con el servicio a Dios. Según el profesor Vallejo-Nájera, puede afirmarse que doña Juana fue casi la que estrenó esa
nueva vinculación sentimental del negro, impuesta poco antes por sus padres, los Reyes Católicos.
Para saber más:
*NOGALES RINCÓN, D. “El color negro: luto y magnificencia en la Corona de Castilla (siglos XIII-XV)”. Medievalismo, nº 26, 2016.
VALLEJO-NÁGERA, J. A. "Locos egregios" Madrid. Dossat, 1986.
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Escudo de los #ReyesCatólicos en el Palacio de los Álvarez Abarca también conocido como "Casa de los Doctores de la Reina".
En la actualidad sede del Museo Provincial de Salamanca.
📸Autora
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En este palacio con torre, de estilo gótico y renacimiento, vivieron tres médicos que en Castilla fueron conocidos como "los Doctores de la Reina". La familia Abarca era de origen navarro, y su linaje nació a mediados del siglo IX. Las crónicas sostienen que descienden de un
caballero que combatió en la Batalla de las Navas de Tolosa con las tropas navarras. En el siglo XI, García Sánchez Abarca acompañó al rey Alfonso XI en la conquista de Algeciras, y como compensación por los servicios prestados el rey le otorgó un privilegio: recibirlo en su
Constituciones del Colegio Mayor de San Ildefonso. 1510. Portada orlada con escudo xilografiado de Cisneros. #AHN, Universidades, Leg. 1085.
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Las Constituciones del Colegio Mayor de San Ildefonso de Alcalá de Henares se promulgaron el 22 de enero de 1510 en la capilla aneja al edificio del mismo, constituyendo la culminación del proyecto que desde 1498, el Cardenal Cisneros había concebido para crear un gran centro
de enseñanza universitaria en Castilla. En ese año, el cardenal solicita la súplica a la curia romana para crear el colegio, correspondiendo el Papa Alejandro VI, en 1499 con la bula que autorizaba su fundación. De esta manera surge un proyecto de creación eminentemente
Si, mi nombre es Ana. 😊
La familia Mendoza, sobre todo a partir del cardenal D. Pedro González, están considerados como los introductores del Renacimiento en España. El I marqués de Santillana, padre del cardenal, poseía un extraordinaria biblioteca con autores clásicos;
Los sobrinos del cardenal fueron embajadores de los Reyes Católicos en Roma y de allí se trajeron a España la estética "a la antigua" como la llamaban en aquélla época. El Palacio del Infantado o el Palacio de Cogolludo, erigido por el marqués del Cenete, hijo del Cardenal
Mendoza, ya presentan la plena estética renacentista. El Hospital de Santa Cruz de Toledo y el Colegio de Santa Cruz de Valladolid erigidos por el Gran Cardenal,se erigen con traza gótica pero se terminan ya con estética renacentista. La familia Mendoza es la introductora del
Todos hemos leído en los libros que "ÁL-ANDALUS" es un término de origen árabe. Nada más lejos de la realidad.
Su origen todavía sigue siendo desconocido, sosteniendo los filólogos tres teorías sobre su origen: la tesis vándala, la visigoda y la atlántica.
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El nombre Al-Ándalus referido a la península ibérica, aparece documentado por primera vez en una moneda conservada en el Museo Arqueológico Nacional datada en el año 98 de la Hégira/716 d.C., pocos años después de la conquista musulmana de la península ibérica.
En el dinar bilingüe latino-árabe aparece en una cara la inscripción:"Ferit[us] soli[dus] in Span[ia] ann[o] XCVII" ("fue acuñado este sueldo en Spania, el año 97) y en la otra cara su equiparable árabe: "duriba hadal-dinar bi-l-Andalus sanata taman wa-tisin"
Las Leyes de Toro: la herencia legal de #IsabellaCatólica promulgadas bajo el reinado de Juana I.
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El 7 de marzo de 1505 se aprobaban en Castilla las leyes de Toro, un conjunto de 83 normas, promulgadas en la ciudad de Toro bajo el reinado de Juana I. Sin embargo, esta iniciativa surgió a raiz del testamento de su madre, empeñada en dotar a la Corona de Castilla de un
sistema de justicia moderno y que armonizara el orden legislativo en todo el territorio.Estas leyes supusieron toda una revolución para su época, ya que sentaban la base del ordenamiento jurídico que más tarde se aplicaría en toda España, al unificar los diferentes fueros