1. 1985 no permite entender por qué la condena a las juntas militares sucedió. Omite, como bien dijo @RGargarella en @RevistaSeul “el homérico esfuerzo” de Alfonsín, y vaya que fue un esfuerzo GIGANTE, para lograr lo que se logró. Abro hilo cronológico desde el día 1 de gobierno
2. 10 de diciembre, 1983: Raúl Alfonsín asume la presidencia de la Nación. El 22 de septiembre de ese año, la dictadura militar promulga la Ley 22.294 y concede la auto amnistía para los miembros de la junta.
3. El candidato presidencial peronista, el Dr. Italo A. Luder, sostenía que era sumamente difícil castigar a los responsables de las violaciones de los derechos humanos ante esa ley, al aplicarse por benignidad (art. 2 del CP).
4. Alfonsín, asesorado por Nino y Malamud Goti (con Bouzat y Rosenkrantz, entre otros), no sólo debía reconstruir la democracia castigando a quienes habían violado derechos humanos. También tenía que mirar hacia el futuro, y que no vuelva a estar en juego el Estado de Derecho
5. Las leyes de facto tienen validez precaria, y más la 22.294. Resultaba violatoria de los arts. 29 de la CN, por emanar de un gobierno que concentró la suma del poder público, y el art. 16, al violar el principio de igualdad, ya que la jurisdicción militar no pertenece al PJ.
7. 15 de diciembre, 1983 - decreto 187/83. Para conocer la verdad sobre el paradero de los desaparecidos, el presidente Alfonsín creó la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP).
8. 27 de diciembre, 1983 - 23.040. Promulgación de ley que el gobierno envió al Congreso para declarar la nulidad ab initio de la autoamnistía. Este proyecto fue aprobado por el Congreso y abrió la puerta para perseguir las violaciones de los derechos humanos.
9. 27 de diciembre, 1983 - Nueva Corte Suprema. Mediante decreto 258/83, designó como presidente a Genaro Carrió, acompañado por Fayt, Belluscio, Petracchi y Caballero. Esta Corte sentaría, en palabras de Gaido y Clérico, "una jurisprudencia de oro en materia de derechos humanos"
10. 19 de enero, 1984 - Ley 23.042. Le permitía a cualquier persona condenada por un tribunal militar a obtener la nulidad de la sentencia mediante el uso del recurso de habeas corpus.
11. 14 de febrero, 1984 - Ley 23.049. Suprimió por primera vez en la historia argentina la competencia de los tribunales militares sobre los delitos comunes, y colocó a la Cám. Nac. de Apel. en lo Crim. y Corr. Fed. como trib. reivsor (ante la cual luego se realizaría el juicio).
12. 14 de febrero, 1984 - Ley 23.050. Ese mismo día, y para fomentar las libertades civiles ambulatorias, se amplía el régimen de eximición de prisión y excarcelación de los acusados de todos los delitos.
13. 9 de marzo, 1984 - Ley 23.052. Abolió el sistema de censura previa sobre la exhibición de películas, a cargo de Miguel Paulino Tato, funcionario que asumió en 1974 y permaneció durante la dictadura. Esta canción lo describe mejor que nadie:
14. 3 de abril, 1984 - Ley 23.054. El Congreso ratifica la CADH y reconoce la jurisdicción obligatoria de la Corte IDH. El proyecto para ratificar el PIDCP ya había sido enviado por el PEN.
15. 20 de julio, 1984 - Ley 23.070. Estableció un régimen compensatorio para los duramente penados bajo los códigos penales previos.
16. 22 de agosto, 1984 - Ley 23.077. Derogó ciertas leyes penales dictadas por el régimen militar y el anterior gobierno peronista, con penas draconianas para los delitos de carácter político. Ley: servicios.infoleg.gob.ar/infolegInterne…
17. 20 de septiembre, 1984 - CONADEP entrega su informe. Realizó una investigación detallada y muy valiosa, recibiendo miles de denuncias de violaciones y una gran cantidad de testimonios. Fue el apoyo más importante al fiscal Strassera para su investigación, y así lo reconoció:
18. 19 de octubre, 1984 - Ley 23.098. Amplió y facilitó el recurso de habeas corpus. Ley: servicios.infoleg.gob.ar/infolegInterne…
19. 24 de octubre, 1984 - Ley 23.097. Modificó el Código Penal estableciendo la misma pena para la tortura seguida de muerte que para el homicidio agravado: prisión perpetua. Ley: servicios.infoleg.gob.ar/infolegInterne…
20. Ínterin. El Consejo Supremo Militar declara su inhabilidad y falta de voluntad para culminar los procesos contra los miembros de la junta, tras dos prórrogas de la Cámara Federal, que asume el proceso. Sigue en pie esta nota de El País: elpais.com/diario/1984/09…
21. Octubre de 1984 a abril de 1985 - Comienza el juicio. El público reaccionó consternado ante la resolución del CS, y todos ellos renunciaron en masa semanas después. A principios de 1985, la Cámara presentó varios procesamientos, y en abril comenzaron los juicios públicos.
22. 9 de diciembre, 1985 - sentencia. La sentencia es dictada, condenando a cinco de los militares acusados y absolviendo a cuatro. Al año siguiente, la CSJN convalidaría la sentencia, modificando algunas calificaciones.
23. Como dijo Martín Farrell, otro colaborador de Alfonsín, en esta entrevista con @abrosler: hay que "mirar la gran pintura... había un tribunal civil que estaba juzgando a las máximas expresiones de una junta militar dictatorial y estaba condenándola".
open.spotify.com/episode/5E9B1N…
24. La crítica hacia Alfonsín de no juzgar a todos, o de involucrar al CS antes de la Cámara Federal, es completamente injusta. Todo su capital político se utilizó en estas decenas de leyes que se dictaron antes de que exista la sentencia, cuando la democracia todavía peligraba.
25. Muchas otras leyes y medidas siguieron después de la sentencia, para lograr instaurar un clima propicio para los derechos humanos, sin comprometer su gobierno. Las fuerzas armadas permanecieron omnipresentes y, como se vio más arriba, la oposición no ayudaba. Fin.
26. @infobae y @PeiroClaudia tuvieron la amabilidad de publicar una versión extendida de este hilo, y en la que añado hechos fundamentales, como los decretos 156 y 157, y la creación de la Subsecretaría de DDHH. Espero la disfruten:
infobae.com/opinion/2022/1…
*decretos 157 y 158.

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