Va 🧵 con el análisis del Dictamen con proyecto de DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, DEROGAN Y ADICIONAN DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en #MateriaElectoral
📍modificar 18 artículos de la #CPEUM
📍sólo dictamina la iniciativa del #EjecutivoFederal y menciona las 60 iniciativas.
📍no se sale de los SIETE temas propuestos en la iniciativa presidencial.
📍NO analiza las iniciativas de sus aliados PT y Verde.
🚨Dictamen, sobre art. 35 #CPEUM derechos del ciudadano:
📍suprime al @INEMexico por el Instituto Nacional de Elecciones y Consultas,INEC
📍el INEC verificará el 2% de la lista nominal para que una consulta proceda.
📍será la única que promoverá la participación en las consultas.
📍adiciona funciones al INEC tanto para las consultas populares como para la revocación de mandato, tales como:
❌se podrán impugnar sus decisiones
❌deberá suspender la difusión en medios
❌una revocación será válida si participa el 33% de la ciudadanía de la lista nominal.
🚨Dictamen, sobre art. 41 #CPEUM autoridad nacional electoral:
📍 Las autoridades electorales solamente podrán intervenir en los asuntos internos de los partidos políticos para el efecto de la reposición de procedimientos por violaciones a su normativa interna pero…
⚠️…NO PODRÁN resolver nombrando dirigentes y candidatos.
📍Sobre el financiamiento sostiene que para actividades ordinarias será a través de aportaciones de personas físicas mexicanas.
📌Los recursos para gastos de campaña será financiamiento público y aportaciones personales.
📌Disminuye la fórmula del financiamiento y lo deja en 65 y 35 para cuando sólo se elijan diputaciones.
📌Cuando haya elección para diputaciones, senadurías y presidencia el financiamiento sera 70 y 30.
📌gastos de campaña financiamiento público sobre el privado.
📍Sobre el modelo de comunicación:
📌 Los partidos políticos tendrán derecho al uso de manera permanente de los medios de comunicación social.
📌INEC será autoridad única para la administración del tiempo que corresponda al Estado en radio y televisión destinado a los partidos.
📌Describe los diversos escenarios para la distribución de los tiempos en precampaña, intercampaña y campaña, para los partidos políticos y los candidatos independientes.
⚠️Sobre el INEC:
📌Es un organismo público autónomo.
📌Será la autoridad en la materia.
📌El CG será su órgano máximo y se integrará POR SIETE consejerías.
📌Las consejerías durarán 6 años y no podrán ser reelectas.
📌SERÁN VOTADAS de manera directa y secreta por la ciudadanía.
📌Describe el procedimiento de como se hará la convocatoria para la elección de las y los Consejeros Electorales y:
❌20 serán propuestos por el Presidente de la República
❌10 por cámara de diputados y 10 por cámara de senadores
❌20 por el PJF
📌Sobre lo que le correspondería al INEC:
❌Rehace las atribuciones de lo que era INE al INEC, cambia todo el Apartado B.
❌Deroga la facultad sobre la fiscalización de los ingresos y egresos del los partidos políticos y candidatos ⚠️
📌Finalmente para el art 41, el dictamen DEROGA el Apartado C, es decir DESAPARECEN LOS OPLES y
📌 El INEC regulará el Servicio Profesional Electoral Nacional, el cual comprende la selección, ingreso, capacitación, profesionalización, promoción, evaluación, rotación, permanencia
🚨Los arts. 51, 52 y 53, señala:
❌La Cámara de Diputados estará integrada por 300 diputados y diputadas que serán elegidas mediante el sistema de listas votadas en cada una de las entidades federativas
📍Describe el procedimiento y respeto a paridad de género en postulaciones.
📌Art. 54, señala:
❌ La elección mediante el sistema de listas en cada entidad federativa se llevará a cabo conforme a lo siguiente:
📌En los arts. 55 y 56, señala:
❌modifica requisitos para ser elegible en las diputaciones y agrega de seis meses a un año de residencia efectiva.
❌y baja de 128 senadurías a 96 (tres por entidad) y serán electas mediante el sistema de listas👀
📌En el art. 60 señala que:
❌ El INEC declarará la validez de las elecciones de diputaciones y senadurías y realizará la asignación en cada una de las entidades federativas.
📌Arts. 63 y 73 propone:
⚠️Art. 99, señala que:
❌ Las personas magistradas electorales que integren la Sala Superior serán elegidas el primer domingo de agosto del año que corresponda mediante voto directo
❌Señala el procedimiento de elección:
📌Arts. 105 y 110:
❌En materia de controversias constitucionales adicionan que Los partidos políticos con registro ante el Instituto Nacional de Elecciones y Consultas, por conducto de sus dirigencias nacionales, en contra de la legislación única electoral; ⚠️
❌y para los juicios políticos sólo homologan el lenguaje de cámbialo al INE por INEC
📌Art. 111 sólo homologa el lenguaje de cambiar al INE por INEC
⚠️El art 115 base de los gobiernos locales, señala:
❌cambia la forma y integración del ayuntamiento de acuerdo a los términos siguientes:
⚠️Art. 116 base de la división de poderes en las entidades federativas, señala el dictamen:
❌ El número de representantes en las legislaturas de los estados no podrá exceder de quince diputaciones y:
⚠️Art. 122 sobre la Ciudad de México el dictamen pone:
⚠️Los TRANSITORIOS⚠️
Segundo. Por única ocasión, la jornada de elección de consejerías electorales del INEC y de magistraturas electorales de la Sala Superior del @TEPJF_informa se llevará a cabo el primer domingo de febrero de 2023.
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Hoy sesiona urgentemente el Consejo General de INE: habrá sustituciones de fórmulas; HAY AMONESTACIÓN PÚBLICA al PT, Morena y MC por paridad
Va hilo♨️
1. Se tiene a los partidos del Trabajo, Movimiento Ciudadano y morena, así como a la coalición Sigamos Haciendo
Historia dando cumplimiento parcial al requerimiento formulado en el punto séptimo del Acuerdo INE/CG233/2024 o sea TEMA de paridad de género.
SE LE AMONESTA POR ELLO.
2. SE VERÁN EN CONSEJO GENERAL LAS SIGUIENTES SUSTITUCIONES:
1. Juan Carlos Hank Krauss y Carlos Castillo Barbosa como candidatos propietario y suplente, VAN A LA PRIMERA FÓRMULA de MR por Baja California del PVEM.
Por lo tanto lo bajan de diputación a MR y de la lista de RP.
Anoche una mayoría del Consejo General del INE “𝐛𝐨𝐫𝐫𝐨́” un criterio de ley sobre la fiscalización.
El criterio: negar derecho a registro de candidaturas por no presentar informes de ingresos y de gasto de precampaña.
Va relato de una 𝐜𝐡𝐢𝐜𝐚𝐧𝐚 𝐚𝐧𝐮𝐧𝐜𝐢𝐚𝐝𝐚.
🚨CONTEXTO:
▪️Se trató de 23 personas DEL estado de TABASCO que se sancionarían por NO presentar informas de precampaña CON LA NEGATIVA de registrar sus candidaturas, ¿de qué partido creen que son?
SI DE ESE QUE ESTÁN PENSANDO: Morena.
Lean hilo hasta el final por fa. Les va a gustar.
1. En la sesión del Consejo General matutina durante el punto 2 que versaba sobre los informes de gastos e ingresos de precampaña local de 10 estados y CDMX de diversos cargos de elección del proceso electoral 2023-2024, se circularon adendas como es habitual.
🚨EN UN RATO en la sesión del Consejo General del INE, Morena ha plateado un punto en el orden del día para que se MODIFIQUE el acuerdo que aprobó para que ITESO y SignaLab fueran las instancias de SELECCIONAR las preguntas provenientes en redes para el primer debate presidencial
CONTEXTO:
Se acuerdan que Mario Delgado denunció a la directora @rossanareguillo al @ITESO a @Signa_Lab de ‘parcialidad’ y de que NO podían ser las que seleccionaran las preguntas de redes para el 1er debate presidencial:
Va hilo largo con el contenido de la iniciativa constitucional que presentarán el lunes.
Inicia con la elección por el Pueblo de las Ministras y Ministros.
🧵
1. La exposición de motivos sostiene:
A) Incorporar a la Constitución Política los mecanismos que permitan a la ciudadanía participar en la elección de:
▪️Ministras y Ministros de la SCJN
▪️Magistradas y Magistrados de Circuito
▪️Juezas y Jueves de Distrito
▪️Magistradas TEPJF
B) Propone modificar el diseño y la estructura de los órganos administrativos y disciplinarios del PJF con el objeto de:
▪️garantizar su autonomía, independencia y especialidad técnica así como DESLIGAR la función jurisdiccional de las tareas estrictamente administrativas.