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Dec 17, 2022 48 tweets 7 min read Read on X
1/ Como escribió Delibes, "las cosas podían haber acaecido de cualquier otra manera y, sin embargo, sucedieron así".

Cómo hemos llegado a esto: 🧵👇
2/ Año 1978.

Se aprueba la Constitución. Su artículo 117 asumió el principio de separación de poderes y, en concreto, la independencia del poder judicial. El art. 122 estableció que el poder judicial estaría gobernado por el CGPJ, formado por el Presidente del TS y 20 vocales.
3/ El mismo art. 122 CE estableció que los vocales del CGPJ serían:
-12 vocales elegidos “entre Jueces y Magistrados”
-8 vocales juristas, 4 elegidos por el Congreso y 4 por el Senado.
4/ Año 1980.

La primera LOPJ, aprobada mediante LO 1/1980 estableció que los doce vocales elegidos “entre Jueces y Magistrados” serían elegidos por votación de todos los Jueces y Magistrados.
5/ Año 1985.

El Gobierno reformó la LOPJ para que los vocales elegidos “entre Jueces y Magistrados” fuesen elegidos también por el Congreso y el Senado. Este nuevo modelo de elección fue recurrido ante el TC.
6/ Año 1986.

La STC 108/1986 declaró que este modo de elección del CGPJ era constitucional, PERO A CONDICIÓN de que se eligiesen los vocales atendiendo a criterios DIFERENTES de la división de fuerzas existente en las cámaras.
7/ PP y PSOE incumplieron desde entonces esa sentencia del TC, y eligieron a los vocales en cada renovación del CGPJ atendiendo solo a la división de fuerzas de las cámaras: cada partido ponía a los suyos.
8/ Año 1998.

El Consejo de Europa adopta la Carta Europea sobre el Estatuto de los Jueces, y establece que los órganos de gobierno del poder judicial deben estar integrados, al menos en la mitad, por jueces ELEGIDOS POR JUECES.
9/ Año 2003.

El Gobierno del Partido Popular aprueba la Ley de arbitraje, pero hace trampa e incluye dos enmiendas que no tienen nada que ver con el arbitraje. El PSOE presenta recurso de amparo.
10/ Año 2011.

La Sentencia 119/2011 del TC estima el recurso de amparo del PSOE y declara que la inclusión de enmiendas sin relación con la Ley que se aprobaba vulneró los derechos de los diputados del PSOE.
11/ Año 2011.

El Partido Popular incluye en su programa electoral la reforma de la LOPJ para que vuelvan a ser los jueces los que elijan a los vocales del CGPJ. Gana por mayoría absoluta.
12/ Año 2014.

El líder del PSOE, Pedro Sánchez, se muestra en contra de que los partidos políticos elijan a los vocales del CGPJ.
13/ Año 2017.

Autogolpe en Cataluña. El TC, a petición de PS y Ciudadanos, impide algunas votaciones ilegales en el Parlament de Cataluña.
14/ Año 2018.

Finalizan siete años de Gobierno del PP -los cuatro primeros con mayoría absoluta- sin cumplir la promesa electoral de devolver a los jueces la elección de los vocales del CGPJ.
15/ Año 2018.

El informe de cumplimiento del GRECO del Consejo de Europa reprocha a España que los 20 vocales del CGPJ sean elegidos por los políticos, y pide modificar el sistema para que al menos la mitad sean elegidos por los jueces.
16/ Año 2019.

La sentencia 459/2019 del Tribunal Supremo condena a Oriol Junqueras y otros autores del autogolpe del procés como autores de un delito de sedición en concurso con un delito de malversación.
17/ Año 2019.

En todo el año, PSOE y PP no logran alcanzar un acuerdo para repartirse los vocales del CGPJ.
18/ Año 2019.

El informe de cumplimiento del GRECO del Consejo de Europa vuelve a exigir a España que modifique el sistema de elección para que al menos la mitad sean elegidos por los jueces.
19/ Año 2020.

PSOE y PP siguen sin alcanzar un acuerdo para repartirse los vocales del CGPJ.
20/ Año 2020.

Un año más, el informe de cumplimiento del GRECO del Consejo de Europa vuelve a exigir a España que modifique el sistema de elección para que al menos la mitad sean elegidos por los jueces.
21/ Año 2021.

PSOE y PP siguen sin alcanzar un acuerdo para repartirse los vocales del CGPJ.
22/ Año 2021.

Inasequible al desaliento, el Consejo de Europa vuelve a exigir a España que modifique el sistema de elección para que al menos la mitad sean elegidos por los jueces.
23/ Año 2022.

El PP abandona la negociación y bloquea definitivamente cualquier acuerdo para repartirse con el PSOE los vocales del CGPJ.
24/ Año 2022.

El Gobierno de PSOE-Podemos anuncia un acuerdo con ERC para beneficiar a los condenados del procés derogando la sedición y rebajando la pena de la malversación.
25/ Año 2022.

El CGPJ no alcanza la preceptiva mayoría de 3/5 para designar los dos vocales del TC que le corresponde renovar.

El Gobierno se queda sin designar a los dos que le corresponden porque es preceptivo hacerlo a la vez que el CGPJ.
26/ Diciembre de 2022.

El Gobierno del PSOE aprueba la Ley que reforma la sedición y malversación, pero hace varias trampas.
27/

Primera trampa: Tramita la reforma como proposición de ley en lugar de proyecto de ley, para evitar el debate y los informes preceptivos, reformando una LO como es el C. Penal en una semana.
28/

Segunda trampa: Incluye dos enmiendas que no tienen nada que ver con el Código Penal (lo que hizo el PP en 2003 y declaró inconstitucional el TC en 2011: ver tuit 9 del hilo).
29/

Las enmiendas ilícitamente introducidas reformaban la LOPJ para desbloquear la elección por el CGPJ de sus dos magistrados del TC, al permitir hacerlo por mayoría simple y sin consenso.
30/ Diciembre de 2022.

Diputados del PP presentan un recurso de amparo porque las enmiendas no tienen nada que ver con la ley que se tramitaba. Piden como medida cautelar que se suspenda la tramitación
31/ Diciembre de 2022.

El TC, en aplicación del art. 56 LOTC, convoca un Pleno para valorar la medida cautelar.

Por mera casualidad (no piensen mal), los magistrados propuestos por el PP se muestran a favor y los propuestos por el PSOE se muestran en contra.
32/ La polarización, el sectarismo y los malos modos en los órganos constitucionales (Congreso, CGPJ, TC...) se vuelve insoportable.
33/ Moraleja.

Por algo el Consejo de Europa exige que al menos la mitad de los vocales del CGPJ los elijan los jueces y no los partidos.

La de problemas que nos hubiéramos evitado de haber hecho caso a Europa.
34/ Las respuestas a este hilo enseguida demostrarán que la polarización y sectarismo de los partidos se ha trasladado a la sociedad, especialmente a esta red social.
y 35/ Estos son los hechos. Seguro que me he olvidado de alguno.

Las conclusiones las sacan ustedes.
36/ Fe de erratas.

En el tuit 25, donde dice "vocales" debe decir "magistrados".
37/ Retomo el hilo porque la historia continúa. 👇
38/ Diciembre de 2023.

Un nuevo informe del GRECO del Consejo de Europa concluye que España aún no ha aplicado plenamente ninguna de las recomendaciones que realizó al país en 2019.

rm.coe.int/grecorc5-2023-…
39/ El anterior informe no se hizo público hasta ahora porque lo vetó el Gobierno de España (ver tuit nº 45 del hilo).
40/ Junio 2024.

Un nuevo informe de seguimiento del GRECO del Consejo de Europa denuncia, específicamente, que España sigue ignorando la recomendación de eliminar la intervención de los políticos en la elección de vocales del CGPJ.

rm.coe.int/grecorc4-2024-…
41/ El Gobierno de España veta ese informe de modo que no se hace público (ver tuit nº 45 del hilo).
42/ Finales de Junio de 2024.

Tras años de bloqueo, PSOE y PP alcanzan un nuevo acuerdo para renovar el CGPJ, repartiéndose lo vocales: diez para el PP y diez para el PSOE.

Esto ocurre mientras se ocultan los anteriores informes del GRECO.

elderecho.com/acuerdo-para-l…
43/ El acuerdo entre el PP y PSOE incluye un mandato a los nuevos vocales del CGPJ para que antes del mes de febrero siguiente presenten una propuesta de reforma del sistema de elección de vocales.
44/ Febrero del 2025.

Los vocales del PSOE y los del PP se muestran incapaces de alcanzar un acuerdo y presentan dos propuestas diferentes y contradictorias para la reforma del sistema de elección de vocales.

newtral.es/cgpj-propuesta…
45/ Abril de 2025

El Presidente del GRECO exige al Gobierno que levante el veto a los últimos informes y, por fin, se hacen públicos: el GRECO sigue denunciando el reiterado incumplimiento por España de sus recomendaciones sobre corrupción e integridad.

elmundo.es/espana/2025/04…
46/ Pudimos conocer que el último acuerdo PP-PSOE para repartirse los vocales del CGPJ se produjo solo unos días después de que el Consejo de Europa volviese a recordar que los vocales deben elegirse por los jueces y no por los partidos políticos.
47/ Abril de 2025.

A día de hoy, los grupos parlamentarios vienen ignorando las dos propuestas presentadas por el CGPJ y aún no existe ninguna iniciativa parlamentaria para reformar el sistema de elección de vocales como ordena el Consejo de Europa.
48/ Continuará...

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May 27
1/ ¿Por qué creo que la maniobra de Gallardo para obtener su aforamiento es un error?

Hilo exclusivamente técnico, en el que no entraré en política, y me limito a hablar de estrategia de defensa, que es lo mío 🧵👇
2/ El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, primero, y el Protocolo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, después, reconocen el derecho a la doble instancia penal.
3/ Este derecho consiste, según el art. 2.1 del Protocolo 7 del CEDH, en que toda persona declarada culpable de un delito tendrá derecho a que la condena sea examinada por un órgano jurisdiccional superior.

¿Cómo se garantiza en España este derecho?

Veamos:
Read 22 tweets
Nov 21, 2024
1/ ¿Qué valor tiene el testimonio incriminatorio (contra otros) de un coimputado que colabora con la Fiscalía?

Pequeño hilo para entender el valor de la declaración de Aldama. 🧵👇
2/ La jurisprudencia viene reconociendo la posibilidad de otorgar valor como prueba de cargo a la declaración de un coimputado/coacusado.

Sin embargo, también reconoce cierta desconfianza hacia este tipo de declaraciones, por dos motivos:
3/ Primero, porque un investigado no tiene obligación de decir la verdad (tiene derecho a mentir) lo que hace que su testimonio sea menos creíble que el de un testigo.

Segundo, por el posible motivo espurio de quien declara en un sentido a cambio de una rebaja de condena.
Read 12 tweets
Nov 16, 2024
1/ Hilo para abogados.

Cuatro novedades que introduce la nueva LO 5/2024, del Derecho de Defensa. 🧵👇
2/ La mayor parte de esta LO 5/2024 es redundante, y se reitera derechos y obligaciones que ya reconocían la Constitución, el EGAE, u otras normas. No me referiré a esas cuestiones.

En este hilo destaco cuatro novedades que me han llamado la atención.
3/ 1⃣ Como parte del derecho de información (art. 6) se vuelve a permitir a los colegios de abogados la elaboración de criterios de honorarios a los solos efectos de tasación de costas y jura de cuentas.Image
Read 12 tweets
Oct 11, 2024
1/ Aunque toda la prensa habla de declarar “como testigo”, no creo que sea esto lo que ha pedido Ábalos. 🧵👇
2/ En primer lugar, porque el juez no puede permitir que declare COMO TESTIGO -con obligación de decir la verdad y contestar a todo lo que se le pregunte- alguien sobre el que pesan indicios de delito.

Sería dejarle en indefensión y vulnerar sus derechos.
3/ En segundo lugar, porque dudo mucho que su abogado le permita pedir declarar COMO TESTIGO, lo que supondría, repito, obligación de decir la verdad, contestar a todo, declarar sin presencia de su abogado…

Un suicidio procesal.
Read 11 tweets
Aug 8, 2024
1/ ¿Qué delito se puede imputar, en su caso, a los mossos detenidos por colaborar en la fuga de Puigdemont? 🧵👇
2/ El artículo 451 del Código Penal tipifica el delito de encubrimiento.

Se trata de un delito de aplicación algo testimonial, porque es complicado que se den las circunstancias que permiten su aplicación.
3/ Se castiga a quien conociendo la comisión de un delito, y sin haber intervenido en él, intervenga con posterioridad a la ejecución del delito, mediante tres posibles conductas: 👇 Image
Read 10 tweets
Jul 24, 2024
1/ ¿Tiene derecho Pedro Sánchez a declarar por escrito?
Depende.
Pequeño hilo procesal 🧵👇
2/ El art. 412.2 LECRIM establece que el presidente y los demás miembros del Gobierno, cuando declaran como testigos sobre los hechos de los que tengan conocimiento por razón de su cargo, pueden hacerlo por escrito.Image
3/ Y a continuación, el art. 412.3 LECRIM aclara que si la declaración versa sobre cuestiones de las que NO haya tenido conocimiento por razón de su cargo, entonces declarará en persona, pero en su domicilio o despacho oficial (es decir, en La Moncloa).Image
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