El @INEMexico señaló que como el art. 134 de la Constitución prohíbe a todo servidor público interferir en la contienda electoral, las restricciones al presidente valen para otros gobernantes.
Por eso revocó el Tribunal. Pudo dejar en firme lo del Ejecutivo, pero no, anuló todo.
El Tribunal dice, en boletín, que el Consejo General del INE debe resolver las medidas cautelares contra el Ejecutivo, no la Comisión de Quejas.
El acuerdo revocado es del Consejo.Y la Comisión de Quejas siempre emite cautelares. ¿Por qué para el Presidente habría una excepción?