1/ En la STS 987/2022, de 21 de diciembre, el Tribunal Supremo se pronuncia sobre la necesidad de rebajar las penas a los agresores sexuales que fueron condenados al mínimo legal, cuando el nuevo mínimo legal de la Ley 'Solo Sí es Sí' sea más favorable al reo.
2/ El supuesto es el de un reo condenado por violar a una menor de edad, con intimidación, en el interior de su vehículo.
3/ La Audiencia Provincial le había condenado como autor del antiguo delito de violación (agresión sexual con penetración) a menor de 16 años, a una pena de doce años de prisión.
4/ Recordemos que el antiguo artículo 183.1, 2 y 3 del Código Penal castigaba la agresión sexual con penetración a menor de 16 años con la pena de doce a quince años de prisión.
5/ La sentencia del TS recuerda que la entrada en vigor de la ley 'solo sí es sí' obliga a comparar -en bloque- las dos normativas, por si la nueva fuera más favorable al reo, en cuyo caso deberá aplicarse el principio de retroactividad de la ley más favorable.
6/ El TS constata que la Audiencia -a petición del Fiscal- impuso la pena en su mínimo legal: doce años (ver tuit nº 3) cuando la horquilla era de doce a quince años (ver tuit nº 4).
7/ Con la ley de 'solo sí es sí', y tras desaparecer la violencia y la intimidación como criterios para agravar la la pena, la violación con penetración a menor de 16 años pasa al nuevo art. 181.1, 2 y 3, con una nueva horquilla de diez a quince años.
8/ Así, el TS comprueba que estos hechos, con la ley de "solo sí es sí", encajan en el nuevo art. 181.1, 2 y 3 (ver tuit anterior) y la pena es ahora de diez a quince años.
9/ Es cierto que la pena impuesta (12 años) sigue dentro de la nueva horquilla (10 a 15 años), pero eso solo impediría rebajar la pena si la Audiencia hubiese ejercido su arbitrio imponiendo una pena distinta de la mínima...
10/ ...pero no fue así.

La Audiencia había impuesto la pena mínima, sin encontrar razones que justificasen una pena por encima del mínimo.

Y al ser el nuevo mínimo (10 años) inferior al antiguo (12 años), debe rebajarse la pena hasta los diez años.
11/ Resumen: el TS sienta su criterio para los casos en que se impuso la pena mínima y la nueva pena mínima es inferior: en esos casos procede rebajar la pena hasta el nuevo mínimo.
12/ Esto va a ser aplicable a numerosos casos, porque es muy habitual castigar los delitos con el límite mínimo de la horquilla.
Tengan en cuenta que la imposición de una pena distinta del mínimo de la horquilla exige una motivación del juez que justifique el por qué.
13/ Obviamente, aquí el TS no menciona el contenido de la Disposición Transitoria 5ª del CP, porque es obvio que esa DTª no es aplicable a la ley "solo sí es sí", cuyos autores olvidaron incluir una DTª similar, al contrario de lo que era habitual en este tipo de reformas.

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Jan 28
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Hoy lean a @elisadelanuez
———————-
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Dec 17, 2022
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Dec 15, 2022
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