¿Por qué sigue sin renovarse el CGPJ? ¿Es culpa del PP? ¿del PSOE? ¿del Gobierno? ¿de los vocales del consejo? ¿de los jueces fachas? ¿de Soros...?
Veamos: 🧵👇
2/ El artículo 122.3 CE establece que el CGPJ estará formado por el Presidente del TS y por veinte vocales, que serán:
➡️doce jueces o magistrados, elegidos como establezca la LOPJ.
➡️cuatro vocales juristas elegidos por el Congreso. ➡️cuatro juristas elegidos por el Senado.
3/ El artículo 567 LOPJ desarrolla lo anterior, y establece que los veinte vocales serán designados por las Cortes:
➡️El Congreso elegirá a diez (seis jueces y cuatro juristas)
➡️El Senado elegirá otros diez (seis jueces y cuatro juristas)
4/ Por tanto, ya tenemos una primera conclusión: los vocales no se eligen por acuerdo entre el Gobierno y el principal partido de la oposición como todo el mundo cree.
Se eligen por el Congreso y por el Senado.
5/ ¿Y cómo los elige el Congreso y el Senado? ¿Se reúne Bolaños con Feijoo y llegan a un acuerdo, o cómo va eso?
6/ El art. 568.1 LOPJ dice que el CGPJ se renueva cada cinco años.
Y después, lo más importante:
«los Presidentes del Congreso de los Diputados y del Senado deberán adoptar las medidas necesarias para que la renovación del Consejo se produzca en plazo».
8/ En ningún sitio dice la ley que el Gobierno y el principal partido de la oposición deban llegar a un acuerdo para repartirse los cromos del CGPJ.
Dice que los Presidentes de cada cámara adoptarán las medidas necesarias para renovar el Consejo.
9/ ¿Y cuáles son esas medidas necesarias?
Muy fácil: convocar un Pleno para votar los vocales.
10/ Y en estos cinco años ninguno de los presidentes de las cámaras lo ha hecho.
11/ Así que, si quieren responsables, aquí tienen tres:
-Meritxell Batet (Presidenta del Congreso 2019-2023)
-Pilar Llop (Presidenta del Senado 2019-2021)
-Ander Gil (Presidente del Senado 2021-2023)
12/ De modo que ni el Gobierno (que aquí no pinta nada, pues es el Parlamento -el legislativo- quien elige) ni el PP (a quien nadie ha convocado a un Pleno para votar la renovación) han incumplido nada.
13/ Ya sé que al ser necesaria una mayoría cualificada, sin acuerdo de los dos principales partidos es difícil sumar. Pero la CE y la LOPJ dicen lo que dicen.
14/ ¿Y quién tiene la culpa de la falta de acuerdo?
Para mí, los dos partidos: PSOE y PP.
¿Por qué?
Porque su negociación consiste en que cada uno trata de incluir su cuota de vocales ideologizados de su cuerda, lo que da lugar a vetos que impiden el acuerdo.
15/ Una negociación razonable consistiría, no en ver qué vocales sectarios de un lado pone el PSOE y qué vocales sectarios del otro pone el PP, sino en ponerse de acuerdo en veinte vocales que destaquen, no por su partidismo, sino por su prestigio y solvencia jurídica.
16/ Pero pedirle a un partido que elija vocales por la solvencia jurídica y profesional del candidato, y no por su ideología, parece a día de hoy un poco ingenuo.
17/ ¿Y cuál es la solución?
18/ La mejor solución sería reformar la ley para cumplir los estándares europeos, las recomendaciones del Consejo de Europa, y el espíritu de la Constitución: que los doce vocales jueces los elijan los jueces.
Así se acabaría la elección sectaria y los bloqueos.
19/ Y si no se quiere reformar la ley (¿renunciarán los partidos al privilegio de controlar el poder judicial?, ¡ja!), entonces que los nuevos Presidentes de Congreso y Senado (Francina Armengol y Pedro Rollán) convoquen un Pleno para elegir vocales.
20/ Eso sí es urgente, y no tramitar una amnistía.
Convocar un Pleno sin necesidad de acuerdo previo entre PP y PSOE.
21/ Así lo ordenó el pasado junio el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en una sentencia que España está incumpliendo.
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"El Tribunal de Estrasburgo da la razón a los jueces españoles que denunciaron el bloqueo en la renovación del CGPJ" elpais.com/espana/2023-06…
22/ Y si en la votación no se alcanza una mayoría suficiente, volver a votar. Y volver a votar las veces que sea necesario.
23/ Así lo ha propuesto en varios artículos Manuela Carmena, con quien coincido en esto.
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"Mientras tanto, votar el CGPJ" elpais.com/opinion/2023-0…
y 24/ De todos modos, la de problemas que nos habríamos ahorrado si, respetando la separación de poderes, y haciendo caso de lo que recomienda Europa, permitiésemos que los jueves elijan a los vocales jueces.
Feliz semana.
Fe de erratas/
En el tuit nº 24, donde dice “jueves” debe decir “jueces”: “que los jueces elijan a los vocales jueces”.
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1/ Algunas consideraciones sobre las protestas en la calle contra la amnistía. 👇🧵
2/ Dos ideas previas:
➡️Manifestarse en la calle contra los planes de un Gobierno es legítimo.
➡️Agredir a policías, provocar disturbios, y emplear la violencia NO es legítimo en un Estado de Derecho.
Pero sigamos:
3/
➡️Quien planea una amnistía para dejar impunes delitos de atentado, desórdenes públicos, e incluso terrorismo, CARECE DE LEGITIMIDAD para condenar o criticar unos incidentes violentos pero mucho menos graves que los que se quiere amnistiar.
1/ Atención, penalistas.
En la reciente STS 714/2023, el Tribunal Supremo fija su doctrina sobre la posibilidad de que el acusado declare en último lugar. 🧵👇
2/ Aunque no era ese el objeto del recurso de casación (se recurría la condena a un policía por el homicidio imprudente de un detenido), el Tribunal aprovechó para abordar esta cuestión como obiter dictum.
3/ La defensa había pedido que el acusado declarase en último lugar, pero el tribunal lo había denegado por entender garantizado el derecho de defensa del acusado, ya que puede salir al paso de las declaraciones que se den en el Plenario utilizando el turno de la última palabra.
1/ Lo de Rubiales, desde el derecho penal y procesal.
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2/ El Código Penal, desde antes de la democracia, viene castigando los actos de naturaleza sexual en los que no media consentimiento.
3/ Por ej, ya ANTES de la ley del #SoloSíEsSí el art. 181 CP castigaba por abuso sexual a quien "sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad sexual de otra persona".
Si además había violencia o intimidación, se castigaba como agresión sexual.
1/ Hoy se han publicado en la web de @PoderJudicialEs las primeras sentencias en las que el Tribunal Supremo fijan su criterio sobre las rebajas de condena por la #LeySoloSíEsSí.
2/ Voy a fijarme y a explicar la STS 523/2023, que resume muy bien la postura mayoritaria del Pleno e incluye los votos particulares discrepantes.
3/ El hecho es una violación múltiple con violencia y con penetración, por la que la que la Audiencia de Madrid impuso en 2009 una pena de 12 años de prisión que, al entrar en vigor la #LeySoloSíEsSí, revisó y rebajó hasta 7 años de prisión.
El TS resuelve el recurso del Fiscal.
…esto debería ser un recordatorio a tribunales y operadores jurídicos de que:
👉la memoria de víctimas y testigos, a menudo falla.
👉las ruedas de reconocimiento las carga el diablo y fallan con frecuencia (y si están viciadas por un previo reconocimiento fotográfico, aunque el TS lo niegue, más).
1/ Hace un mes escribí por aquí sobre el truco de interponer denuncias falsas por atentado a agente a la autoridad para justificar detenciones ilegales.