¿Te apetece presumir del cuerpazo de la chica que te ligaste anoche?
¿Tu novio te ha mandado un nude que te parece gracioso compartir con tus amigas?
¿Y ese vídeo tan calentito de un@ que no conoces -que obviamente era privado- y que molaría subir al grupo de colegas?
Artículo 197 del Código Penal sobre el descubrimiento y revelación de secretos.
Lamento informarte de que, por mucho que no le veas importancia, o por mucho que se la quieras rebajar con un “pero sí todo el mundo lo hace”, no deja de ser un delito.
El acto puede constituir un delito penado con cárcel de 3 meses a 1 año. Por otro lado, el mero hecho de guardarlas, sin cederlas, puede constituir una infracción administrativa (que no es lo mismo que un delito) que conlleve una sanción de más de 300.000 euros de multa.
Si te llegan nudes no autorizados y no los borras, ¡multaza!
Si los reenvías, ¡delito penal!
¿A que parece menos divertido ahora? 😉
Por cierto, los nudes son utilizados como munición en multitud de casos de #ciberbullying.
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