Luis Javier Porras Profile picture
Contador Publico Autorizado / Asesor tributario 🇨🇷Vivan siempre el trabajo y la paz / Nunca te equivocarás si haces lo correcto🙏

Aug 27, 2020, 8 tweets

Según sitio web del Ministerio de @HaciendaCR la única forma de hacer un trámite ante la Administración Tributaria es a través del correo Infoyasistencia@hacienda.go.cr, envié una solicitud el día martes 25 de agosto adjuntando todos los comprobantes y detalles que piden. (1/n)

Recibí respuesta hoy jueves 27 de agosto. Me indican que a partir del 28 de agosto (viernes) debo presentar cualquier trámite a través de la plataforma TRAVI, y ponen como fundamento legal las Resoluciones DGT-R-17-2020 y DGT-R-21-2020.👇 (2/n)

Revisando la primera Resolución DGT-R-17-2020, es claro que están ofreciendo esta plataforma nueva para estos trámites e indica que rige a partir del 18 de agosto… ok hasta ahí digamos que vamos bien…a volver a hacer el trámite …(3/n)

Sin embargo, la Res DGT-R-21-2020 vino a modificar la fecha de entrada en vigencia del TRAVI a partir del 28 de agosto 2020, entonces yo me pregunto cómo es posible que al trámite que yo hice me aplique una resolución que aún no está vigente? ...🙄(4/n)

Y me obliguen a volver a hacer una gestión que ya hice, ya me tomé todo el tiempo necesario para hacerla y juntar toda la documentación solicitada, para que ahora me pongan a llenar de nuevo y quién sabe qué más cosas pedirán ahora…(5/n)

Y sin contar el hecho que como nueva plataforma, tendrá sus pulgas que hará que no funcione correctamente (como ha sucedido en el pasado), quién me garantiza que mañana viernes 28 de agosto (un viernes!!) van a poner a andar la famosa plataforma?...(6/n)

A esta hora 3 pm de jueves 27 de agosto aún no está disponible en su sitio web, ni siquiera un link “en construcción”!!! Y entonces si no entra a funcionar viernes, deberé esperarme hasta la próxima semana quién sabe para qué día?? porque deberán publicar otra Resolución.🤦‍♂️(7/n)

Todo por no querer darle trámite a la solicitud que hice en tiempo y forma conforme con los requerimientos vigentes. Existe atropello mayor que este a mis derechos como contribuyente y administrado?? (fin)

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