#FelizMartes
#CustodiaCompartida
Una custodia exclusiva impuesta judicialmente asegura no sólo un distanciamiento emocional del hijo en común hacia el progenitor no custodio, habitualmente el padre, sino una progresiva desafección hacia toda la familia paterna.
La exclusividad garantiza un enfrentamiento de por vida entre los padres, lo que repercutirá en la salud del menor.
Un contencioso por la custodia del hijo en común es la garantía absoluta de la destrucción completa de la familia en disolución, porque una progenitora sólo...
...puede defender que lo mejor para un hijo es privarlo de su propio padre, desde la mentira, desde la manipulación y desde el engaño, a propios y ajenos, mediante una campaña de desprestigio hacia su ex-pareja, acoso y derribo hacia el padre del hijo en común.
Para ello, no dudará en mentir, tergiversar y victimizarse, aún siendo ella la victimaria, creando un conflicto del que se nutre, porque lo precisa para oponerse a la co-parentalidad. No querrá colaborar ni cooperar y creará disenso a cada oportunidad para dañar al padre.
Así se destruye cualquier posibilidad de colaboración, cooperación o entendimiento entre los progenitores, y garantiza que el menor sea instrumentalizado y crezca con gravísimo conflicto de lealtades.
Una custodia exclusiva garantiza arruinar la vida del hijo en común, judicializar toda su infancia y destrozar su felicidad, hacerle partícipe del conflicto entre sus progenitores, que sin duda, se vehiculizará a través del menor.
Una custodia exclusiva es el aval de que el menor, con un alta probabilidad deberá declarar en un juzgado, habitualmente contra uno de sus progenitores, ser explorado por psicólogos, trabajadores sociales y psiquiatras, quizá acabar en un punto de encuentro familiar.
Un divorcio de mutuo acuerdo supone una media de 6-9 meses, tras los cuales, la familia puede reorganizarse, y el menor se adapta fácilmente a la situación porque sus padres han sabido anteponer la felicidad del hijo en común a sus odios personales.
Menos del 10% de las custodias compartidas acaban en segundos procedimientos judiciales en los 3 años siguientes dictada la sentencia, y casi el 0% en procedimientos penales. En comparación, los divorcios contenciosos suponen 1’5-2 años de medía, con un desgaste enorme.
Más del 60% de custodias exclusivas acaban en un segundo procedimiento judicial, la mayoría con múltiples demandas de ejecución de sentencia y jurisdicciones, y hasta un 25% en procedimientos penales.
La custodia exclusiva impuesta judicialmente garantiza que el menor será un profundo desgraciado toda su vida y que crecerá con gravísimos déficits en su personalidad, asegura que el hijo en común será una víctima más del engranaje judicial, con su voluntad anulada...
...su infancia aniquilada y su alma vendida al mejor postor. Y todo ello por pura maldad, necedad y rencor de uno de los progenitores del menor, habitualmente la madre, quien prometió cuidarlo y protegerlo.
Querer a un hijo es entender que no se divorcia de sus padres. Todo lo demás, son excusas de quien no quiere a su hijo, sino que lo emplea como un medio para un fin: vengarse de la ex-pareja.
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