El Bosco nos explica las medidas de obligado cumplimiento frente a la COVID-19
1. Limitación de la movilidad territorial.
2. Limitación de movilidad en horario nocturno, partir de las 22 o 23:00 horas según tu Comunidad y hasta las 6:00 horas.
3. Se limitará la permanencia de grupos de personas a un máximo de cuatro en espacios públicos cerrados y seis en espacios públicos abiertos, salvo que se trate de convivientes. En espacios privados las reuniones se limitarán a convivientes.
4. No se celebrarán eventos masivos de cualquier índole que impliquen aglomeración o concentración de personas.
5. Y recordad, siempre siempre protegidos con mascarilla.
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