A partir de hoy el Observatorio de Derechos culturales intentará acercarse al #PanoramaJurídico que concierne a los #creadores y sus obras en condiciones de inseguridad respecto a temas de #PropiedadIntelectual en #Cuba.
La sección 'El Derecho de autor en Cuba. Consideraciones desde el ODC' tendrá frecuencia semanal.
El #DerechoDeAutor es una disciplina de cuyo aprendizaje, aunque sea general y básico, se benefician los creadores, aun cuando necesiten asesoría especializada para defender con efectividad sus intereses.
En el #CasoCubano, marcado por el #paternalismo y la abusiva omnipresencia de las #InstitucionesOficiales en el panorama cultural, el #artista, #escritor, #intelectual, etc., necesita tener clara conciencia de cuáles son sus #derechos como creador.
Esta #necesidad se hace #imperiosa si el #creador pretende desarrollar su obra completa o parcialmente #AlMargen de las #InstitucionesOficiales, esas que siempre aspiran a controlar los #EspaciosCulturales dentro del país e incluso, en ocasiones, fuera de él.
El #CreadorIndependiente tiene el reto de #enfrentar a veces #hostilidad o #EscasaColaboración en los #organismos cuya función es la de proteger sus #derechos. Desde el ODC esperamos poder colaborar en la mejor #comprensión y #defensa de estos.
Consideramos que estas publicaciones facilitarán un mejor #conocimiento del #alcance, la #estructura y los #límites de los #derechos de los creadores sobre sus obras, así como de las #herramientas que existen para su #defensa tanto en el plano nacional como en el internacional.
Los #autores y sus #beneficiarios ejercen sobre las #obras derechos que pueden tener una significación económica relevante para aquellos. Queremos comenzar recordando, sin embargo, no solo que los #DerechosHumanos incluyen también #DerechosEconómicos,
sino también que el derecho de los autores sobre sus obras va más allá de la dimensión económica que este pueda tener y que en tal sentido se encuentra #protegido y #enunciado en diferentes #InstrumentosInternacionales de #DefensaDeLosDerechosHumanos.
El #Artículo27 de la #DeclaraciónUniversalDeLosDerechosHumanos, que hace referencia a los #DerechosCulturales, describe en su apartado segundo a los que entendemos como #DerechoDeAutor.
Artículo 27.
• Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora. un.org/es/about-us/un…
En #FuturasEntregas procederemos a #describir la #estructura y las #características de estos #derechos, así como los #mecanismos que para su #protección se han implementado internacionalmente a través de #convenios y #tratados.
La #LegislaciónCubana en materia de #DerechoDeAutor también tendrá un espacio central en nuestras #publicaciones, así como los #casos más #frecuentes en que pueden ser afectados estos #derechos por parte de las #autoridades.
@IreneKhan @UNESCOHabana @CubaUNESCO @RELE_CIDH @CADAL @Freemuse98 @PEN_LAC @PENamerica @AtRiskArtists
@nytimesarts
@hrw_espanol
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@FreedomHouseLAC @UNHumanRights
@ONU_derechos
@AmnistiaOnline
@amnesty
@ErikaGuevaraR
@Xanthaki
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