1. En este país no hay negacionismo. Con honrosas excepciones nadie niega lo qué pasó.
Lo qué hay es una reacción de un sector del antiperonismo pero que a la vez tiene simpatías con el alfonsinismo/progre, que no acepta que, sin Kirchner, Videla moria en su casa
Abro hilo
2. Les molesta que la bandera de los derechos humanos haya sido identificada en estos años con el kirchnerismo, cuando desde 83 había sido hegemonizada por radicalismo alfonsinista, ya que el candidato peronista Ítalo Luder había apoyado la ley de autoanmistia de los militares.
3. ¿Que intentan hacer? Identificar al kirchnerismo con alguno de los peronismos previos para desvalorizar su política de derechos humanos y meterlo en la bolsa con Lopez Rega, la triple A, Isabel, Menem, los indultos y la derecha peronista del periodo 73/6
4. ¿Por que? Porque el relato kirchnerista, pese a aquel injusto discurso de Kirchner que minimizó el rol de Alfonsín en los 80, se sostiene sobre algunas continuidades concretas con el alfonsinismo: con ambos gobiernos los genocidas estuvieron ante la justicia y en la cárcel.
5. Pero también sobre algunas diferencias no menores, como el fuerte apoyo del peronismo a la declaración de nulidad de las leyes de impunidad apenas asumió Kirchner (algunos radicales votaron en contra) y a la declaración de inconstitucionalidad por parte de la Corte.
6. El dolor de haber sido “la vida” como lo sostenía aquel exitoso slogan alfonsinista y hoy ver esa bandera levantada de la mano del peronismo les parece una provocación. Entonces quieren despegar al kirchnerismo de toda posible continuidad con el alfonsinismo en este tema.
7. Al antiperonista visceral (que no es todo el alfonsinismo) le molesta que el mismo partido que indultó haya virado, deshaciendo “ese peronismo”, para construir un nuevo vínculo entre peronismo y políticas de derechos humanos.
Entonces solos les queda decir que es una impostura
8. Posición que no puede sostenerse más que discursivamente. Porque hoy los genocidas están enjuiciados o condenados.
Por lo tanto, no estamos ante negacionistas.
Estamos quienes, ante el orgullo de haber sido y de ya no ser, no encuentran una manera concreta de oponerse.
9. Y entonces discuten el número.
No para negar.
Sino para provocar.
Buscando recordarnos que los kirchneristas son peronistas y asociarlos y hacerlos cómplices de los crímenes de la triple A, Lopez Rega o del menemismo que los indultó.
No hay que entrar en esa provocación
10. Los que quisimos y apoyamos desde los 80 políticas de verdad y castigo, apoyamos fervientemente los juicios a las juntas del alfonsinismo y estuvimos en todas las plazas del país en la Semana Santa de 1987.
Pero también criticamos las leyes de obediencia debida y punto final.
11. Y también los discursos como este del Jefe del Ejército nombrado por Alfonsin.
Hasta que nos encontramos inesperadamente con Kirchner en la ESMA (porque para nosotros también era un peronista como Luder o Menem) pidiendo perdón y apoyando la nulidad de las leyes de impunidad,
12....bajando los cuadros y apoyando la inconstitucionalidad de los indultos.
Entonces nosotros, que empezamos a ver que había una continuidad de la política de derechos humanos con el alfonsinismo, a quien le reconocimos su valor (y criticamos sus renuncia) nos alegramos.
13. Porque no nos podía enojar que lo que pedíamos desde 1983 y que pareció cumplirse con los juicios de 1985, volviera a ser posible.
No importaba quien lo hiciera, sino que se hicieran.
A algunos otros les preocupó más quien lo hizo que el logro de condenas justas.
14. De esta manera, este antiperonismo “progre” mientras se ensaña desvalorizando la política de justicia y derechos humanos del kirchnerismo lo único que logra es abrirle la puerta al discurso negacionista que aparece cada vez que dicen que no fueron 30 mil. No cuenten conmigo
Hoy se debatia la propuesta de modificar la ley que regula los DNU.
El gobierno logró aplazar el debate por unos días.
Lo increíble es que el Macrismo y parte de la UCR no apoyaron lo que ellos mismos proponían hace unos meses.
Sale 🧵
Con NOMBRES, APELLIDOS Y FOTOS.
Primero veamos de qué estamos hablando, Los presidentes pueden dictar DNUs.
¿Fueron muchos? Si. Pero lo importante es ver cuantos se dictaron en relación con el tiempo gobernando.
Y Milei viene subiendo rápidamente.
Ahora bien ¿por qué hay que modificar la ley que los regula?
Hasta ahora, los DNU solo se pueden rechazar con el voto de las dos cámaras.
Solo hubo dos intentos (en 2009 y 2010) pero que fueron rechazados por Diputados.
Pero ahora Milei decidió gobernar por DNU.
Incapaz de conseguir alianzas, pasa por arriba al Congreso con DNUs y vetos.
Tengo el argumento para una serie de ficción.
Ojalá me lea Adrián Suar.
Ahí va.
Capítulo 1.
Iván es un libertario. De Quilmes.
Capítulo 2.
Que quiere ser parte del gobierno.
Y especialmente de los servicios de inteligencia.
Se lo pide a Santi Caputo cuando lanza la nueva vieja SIDE
Capítulo 3.
Y a Patricia Bullrich.
Mostrando que su pensamiento está alineado al de ella.
Este es un hilo para los conservadores anti progres.
Les dejo unos cuantos motivos para indignarse.
Pero indignarse, indignarse mal. Más que ayer.
Les dejo algunas representaciones de La última cena.
Empezamos por la del alcohólico de Homero Simpson.
Blasfemia!
La última Cena de los delincuentes de Los Soprano.
Blasfemia!
La última cena Lego para que jueguen los niños.
Blasfemia!
Si alguien más las lee, es muy significativa la inviabilidad de unificar 5 Ministerios (Desarrollo Social, Trabajo y Seguridad Social, Educación, Cultura y Mujeres, Generi y Diversidad) en UNO solo.
ARTÍCULO 23 bis.-
Compete al MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo concerniente a la educación, a la cultura, a las relaciones y condiciones individuales y colectivas de trabajo; al régimen legal de las negociaciones colectivas y de las asociaciones profesionales de trabajadores y empleadores; al empleo; a la capacitación laboral y a la seguridad social; a la asistencia, promoción, cuidados e inclusión social y el desarrollo humano, la seguridad alimentaria, la reducción de la pobreza, el desarrollo de igualdad de oportunidades para los sectores más vulnerables, en particular para las personas con discapacidad, las niñas, los niños y adolescentes, las mujeres y los adultos mayores, la protección de las familias y el fortalecimiento de las organizaciones comunitarias, así como en lo relativo al acceso a la vivienda y el hábitat dignos, y al cumplimiento de los compromisos asumidos en relación con los tratados internacionales y los convenios multinacionales en las materias de su competencia, coordinando y articulando de manera federal, y en particular:
1. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
2. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.
3. Entender en la definición de políticas y estrategias educativas, considerando los procedimientos de participación y consulta establecidos en la Ley de Educación Nacional.
4. Entender en el cumplimiento de los principios, fines, objetivos y previsiones establecidos en las leyes educativas nacionales y normativa concordante para el Sistema Educativo Nacional, a través de la planificación, ejecución, supervisión y evaluación de políticas, programas y resultados educativos.
5. Entender en el fortalecimiento de las capacidades, planificación y gestión educativa de los gobiernos provinciales y del gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, articulados con criterio federal, para el cumplimiento de las funciones propias y aquellas emanadas de la Ley de Educación Nacional, así como en la formulación de Programas para la inclusión, el seguimiento de trayectorias educativas y la extensión de la escolaridad, como entender en la atención educativa prioritaria de la población infantil y adolescentes y de las experiencias de gestión social y cooperativa.
6. Entender en el desarrollo de programas de investigación, formación de formadores e innovación educativa, por iniciativa propia o en cooperación con las instituciones de Educación Superior y otros centros académicos.
7. Entender en el funcionamiento del sistema educativo con enfoque federal, contribuyendo con asistencia técnica y financiera a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y la definición de los objetivos de la política educativa concertados en el seno del Consejo Federal de Educación, dentro del marco de los principios establecidos en la Ley de Educación Nacional.
8. Intervenir en los casos de emergencia educativa para brindar asistencia de carácter extraordinario en aquellas jurisdicciones en las que se encuentre en riesgo el derecho a la educación.
9. Entender, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación y garantizando la unidad del Sistema Educativo Nacional, en el establecimiento de los objetivos, diseños y Contenidos Básicos Comunes de las currículas de los distintos niveles y modalidades y jurisdicciones, así como en la elaboración de normas generales sobre equivalencias de planes de estudios y otorgar validez nacional a los títulos y certificaciones de estudios.
10. Elaborar normas generales sobre revalidación, equivalencia y reconocimiento de títulos expedidos y de estudios realizados en el extranjero.
11. Entender en la elaboración y aplicación del Sistema Nacional Integrado de Información y Evaluación de la Calidad de la Educación.
12. Coordinar y gestionar la cooperación técnica y financiera internacional en el ámbito de su competencia y promover la integración en materia educativa, así como la calidad y la equidad en el desarrollo de la educación en todo el ámbito de la Nación.
13. Entender en la formulación de políticas generales en materia universitaria, en la creación y operación de fondos para la mejora y el fortalecimiento institucional de las Universidades Nacionales, respetando la autonomía de esas instituciones consagrada por la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
14. Entender en las acciones inherentes a la formulación de un sistema de Evaluación y Acreditación para la Educación Superior.
15. Intervenir en la formulación, gestación y negociación de tratados y convenios internacionales relativos a la educación, y entender en la aplicación de los tratados y convenios internacionales, leyes y reglamentos generales relativos a la materia.
16. Entender en la promoción y desarrollo de la educación ambiental, de la actividad física y deportiva, la alimentación y la promoción de la salud con carácter educativo, el respeto a los derechos humanos, el uso de nuevas tecnologías informáticas y de medios de comunicación y la educación sexual integral.
17. Administrar la oferta de becas con carácter educativo para el acompañamiento a la terminalidad de la educación obligatoria y el fomento de la educación superior en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA.
18. Entender en el desarrollo de la política relacionada con la Educación Técnico Profesional y el reconocimiento de saberes y competencias laborales promoviendo el fortalecimiento de las articulaciones entre educación y trabajo.
19. Entender en el desarrollo y administración de la Formación Docente y la Red Federal de Formación Docente Continua para garantizar la calidad, profesionalidad y pertinencia en la formación de los docentes dependientes de las distintas jurisdicciones.
20. Elaborar y promover políticas de participación institucional que fortalezcan las identidades culturales de la Nación.
21. Implementar las políticas de difusión de los hechos culturales dentro y fuera del país.
22. Promover y difundir el desarrollo de actividades económicas asociadas a las industrias culturales.
23. Planificar políticas de financiamiento de la actividad cultural junto con el sector privado y organizaciones de la sociedad civil.
24. Dirigir políticas de conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación.
25. Promover políticas de incentivo y desarrollo cultural de la Nación, propiciando la creación, la experimentación y la democratización del acceso a bienes culturales.
26. Promover políticas de integración e intercambio cultural entre las jurisdicciones del país y hacia el exterior mediante la formulación y celebración de convenios nacionales e internacionales, dentro de su competencia y participar en convenios nacionales e internacionales, leyes y reglamentos generales para propiciar la ampliación de derechos referidos a la materia.
27. Promover la producción e intercambio del conocimiento científico en temas relacionados con las industrias culturales, la generación de empleo sectorial y los servicios vinculados.
28. Establecer las políticas que rigen a los organismos del área de cultura dependientes de la Jurisdicción y ejercer el control tutelar de las Entidades actuantes en su órbita.
29. Intervenir en el ámbito de su competencia en la promoción, organización y participación de exposiciones, ferias, concursos, producciones audiovisuales, espectáculos y muestras donde se difundan producciones nacionales e internacionales, con criterio federal y en coordinación con los organismos competentes.
30. Producir y promover contenidos relacionados con las culturas en todas sus formas, procurando llegar a público de todas las edades, en todo el país y con criterios inclusivos, de diversidad social, de género, religiosos y étnicos.
31. Colaborar en la realización de actividades de producción y emisión de contenidos educativos destinados a fortalecer y complementar las estrategias nacionales de equidad y mejoramiento de la calidad de la educación, en coordinación con las áreas competentes.
32. Ejecutar políticas públicas tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar las diferentes expresiones que conforman la identidad nacional y ampliar la participación y organización popular, garantizando el acceso igualitario a bienes y medios de producción cultural.
33. Promover, difundir y consolidar el desarrollo de la integración cultural latinoamericana.
34. Entender en la promoción y regulación de los derechos de los trabajadores y en la fiscalización del cumplimiento de las obligaciones de los empleadores.
35. Coordinar las acciones necesarias para la protección de las maternidades y paternidades, la eliminación del trabajo forzoso, la violencia laboral y del trabajo infantil.
36. Entender en todo lo relativo al régimen de contrato de trabajo y demás normas de protección del trabajo.
37. Entender en lo relativo a las negociaciones y convenciones colectivas de trabajo en el territorio de la Nación.
38. Entender en el tratamiento de los conflictos individuales, plurindividuales y colectivos de trabajo, ejerciendo facultades de prevención, conciliación, mediación y arbitraje, con arreglo a las respectivas normas particulares.
39. Entender en la aplicación de las normas legales relativas a la constitución y funcionamiento de las asociaciones profesionales y de trabajadores y en la organización del registro de las asociaciones de empleadores en el territorio de la Nación.
40. Entender en el ejercicio del poder de policía en el orden laboral como autoridad central y de superintendencia de la Inspección del Trabajo, y coordinar las políticas y los planes nacionales de fiscalización y en especial los relativos al control del empleo no registrado.
41. Entender en la elaboración, aplicación y fiscalización del régimen de trabajo de personas menores de edad, personas con discapacidad y otros grupos específicos de trabajadores.
42. Entender en la elaboración, organización, aplicación y fiscalización de los regímenes de trabajo portuario y del transporte terrestre, aéreo, marítimo, fluvial y otros regímenes especiales de trabajo.
43. Entender en la elaboración y fiscalización de las normas generales y particulares referidas a salud, seguridad y a los lugares o ambientes donde se desarrollan las tareas en el territorio de la Nación.
44. Entender en la elaboración y ejecución de las pautas que orienten la política salarial del sector privado e intervenir en la fijación de las del sector público nacional.
45. Intervenir en lo relativo a las políticas y acciones tendientes a incrementar la productividad del trabajo y su equitativa distribución.
46. Intervenir en la implementación de los planes de empleo en coordinación con las políticas económicas que establezca el Gobierno Nacional.
Le escribo porque encontré en un decreto firmado por el Presidente un listado de sus misiones y funciones.
Por si no lo leyó, y en el contexto de #DengueSinControl, le recuerdo algunas de ellas en este breve hilo:
Según el Decreto 8/2023, que firmó el Presidente, usted tiene que: 3. EJECUTAR PLANES Y PROGRAMAS PARA GARANTIZAR EL ACCESO A LA SALUD.
Es decir, tener un plan de lucha contra el dengue.
No es difícil de entender
Pero además: 5. PLANIFICAR GLOBALMENTE Y COORDINAR LAS ACCIONES EN EL MARCO DE UN SISTEMA FEDERAL DE SALUD
¿Se lo explico? ¿Entiende que debe planificar coordinar con las provincias y no delegarle a ellas la lucha contra el dengue?