✍️ Apunto a continuación algunas de las dudas que genera el Real Decreto-ley 18/2020 (resúmenes del contenido ya se han publicado muchos). Si tenéis alguna opinión al respecto o si tenéis otras dudas distintas, os invito a comentarlas a continuación. 👇
➡️ Si una empresa desafectó a un trabajador en abril, ¿debe pagar las cotizaciones de abril a razón del 100%? En cambio, si la desafectación es en mayo o junio, tiene derecho a exoneraciones. Curioso, ¿no?
➡️ Si un negocio podría abrir pero decide no hacerlo porque no le sale rentable, ¿se encuentra en situación de fuerza mayor parcial (y no total) porque se permite la recuperación parcial de su actividad? Así se desprende de la literalidad de la norma...
➡️ Las empresas que incumplan el compromiso de mantenimiento del empleo deberán reintegrar la totalidad del importe de las cotizaciones de cuyo pago resultaron exoneradas. ¿La totalidad de la empresa? ¿La totalidad del trabajador despedido? ¿Costaba mucho especificarlo? (...)
Si tengo dudas es porque en otros incentivos, como la tarifa plana de 100 euros que se implantó en 2014 (RDL 3/2014), se establecía que se debía devolver el 100%, el 50% o el 33% del incentivo del empleado si el incumplimiento se producía a los 12, 24 o 36 meses respectivamente.
Por tanto, podría defenderse que ahora hay que devolver el 100% (y no porcentajes inferiores), pero respecto al trabajador que se despide. El argumento no es muy potente, pero la redacción de la norma tampoco es clara...
➡️ ¿Queda claro que el mantenimiento del nivel de empleo durante seis meses empieza a computar desde que se desafecte al primer trabajador? En tal caso, una empresa que hubiera desafectado a un trabajador el 1 de abril, a 30 de junio ya habría agotado 2 meses...
➡️ Si el mantenimiento del nivel de empleo empieza a computar desde la fecha de reanudación de la actividad, ¿una empresa que se mantenga en ERTE total puede despedir a trabajador sin estar incumpliendo dicho compromiso? Ya que el plazo de seis meses no habrá empezado a contar.
➡️ Si una empresa había desafectado trabajadores antes del 13 de mayo, hasta esa fecha tenía derecho a una exoneración del 100% (o del 75% si tiene 50 o más trabajadores) respecto al personal que seguía en el ERTE. (...)
¿Es constitucional que el 13 de mayo se publique una norma que indique que las cuotas de mayo del personal que sigue en ERTE (también las devengadas desde el 1 hasta el 12 de mayo) tengan una exoneración inferior? ¿Cabría aplicar la irretroactividad de las normas no favorables?
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🔴🔵 STSJ Catalunya 14-07-2023: se rebaja la indemnización por despido improcedente de Matheus Fernandes de 7,7 millones a 731.292 euros.
▶️ ¿Por qué se produce esta rebaja en la indemnización?
▶️ ¿Sirve esta sentencia de antecedente para futuros despidos en el Barça?
Veamos 👇
1⃣ En el contrato del jugador (y presumiblemente en el resto de contratos firmados en esa época) se establecía lo siguiente:
✍️ "El despido improcedente del jugador comportará su plena e inmediata libertad de contratación y el derecho de éste a percibir la indemnización prevista en el Real Decreto 1006/85 sin consideración de otros factores ni/o circunstancias."
📢 Se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 1/2023, que introduce novedades en materia de bonificaciones a la Seguridad Social, y que mejora la protección social de los artistas.
Tras una primera lectura, ¿cuáles son las 10 novedades más destacadas de la norma? Veamos 👇
1⃣ Se EMPEORAN las bonificaciones de determinados contratos de sustitución.
Por ejemplo, ahora se aplicará una bonificación de 366 euros al mes en los siguientes casos (entre otros):
✅ Contratos que se celebren con menores de 30 años para sustituir a personas trabajadoras que estén percibiendo las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor (maternidad y paternidad), riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
Con la ley actual, en vigor hasta 31.12.2022, una persona que cause alta inicial en el RETA o no haya estado de alta en los dos años anteriores puede aplicar una “tarifa plana” en sus cotizaciones.
La cuantía de este incentivo es el siguiente:
▶️ Sólo se pagan 60 euros de cuota durante los 12 primeros meses si se cotiza por base mínima. Si la base es superior, se aplica una reducción del 80% en esos meses.
▶️ Después se tiene una reducción del 50% durante seis meses, y otra del 30% en los seis meses siguientes.
✅ Cuando un bebé fallece a final del embarazo, la Seguridad Social (INSS) concede la prestación por nacimiento y cuidado de menor (maternidad) a la madre.
⛔️ En cambio, el INSS deniega la prestacion al padre (la paternidad).
En consecuencia, los padres deben acudir a los tribunales para reclamar su derecho a acceder a la paternidad. En esos casos:
✅ Varias sentencias de TSJ venían reconociendo el derecho del padre.
👀 Parece que según una sentencia del TSJ de Madrid, en un proceso de selección, la antigua empresa no puede dar referencias negativas sobre un ex trabajador.
En mi opinión, esto no es así dado que la sentencia en cuestión analiza un caso concreto.