📢 Hoy os voy a explicar de qué forma @movistar_es me está intentando cobrar indebidamente 86,93 euros y os voy a poner algunos consejos para evitar que os pase a vosotros. Hilo 👇
En resumen, lo que me pasó es lo siguiente:
1⃣ Era cliente de Movistar Fusión hasta que con fecha de efectos 21-11-2019 tramité la portabilidad hacia @parlem_telecom.
2⃣ El 23-11-2019 devolví el módem y todo el material en una tienda física de @movistar_es. Incluso tengo el justificante de la devolución con un sello en dicha fecha. ¿Se necesitan más pruebas que ésta para justificar la baja?
3⃣ Para mi sorpresa, en fecha 01-01-2020 recibo una factura de @movistar_es por servicios prestados hasta 17-12-2019. Asimismo, en fecha 01-02-2020 vuelvo a recibir una nueva factura por servicios prestados hasta 3 de enero. ¿Por qué hasta 3 de enero? Lo explico a continuación.
✍️ Como seguía recibiendo facturas de @movistar_es el 2 de enero volví a llamar para aclarar la situación. Se me indicó que hasta esa fecha, todavía constaba dado de alta en el servicio de telefonía fija. Por tanto, si quería tramitar la baja, tenía que hacerlo en esa fecha.
🤔 Entonces, ¿qué hice? Tramitar mi baja por teléfono el día 2 de enero (si bien el 21 de noviembre ya la había comunicado!!!). En ese momento, el operador de @movistar_es me obligó a grabar la conversación de la baja. ¿Y qué pasó?
🤬 Que cada vez que yo mostraba mi disconformidad a tramitar la baja con fecha de efectos 2 de enero de 2020 (porque la fecha de efectos debía ser de noviembre), el operador de @movistar_es me indicaba que la grabación NO era válida y que yo NO podía hablar!
🔥 Así pues, para tramitar la baja, SE ME OBLIGA a registrar una grabación indicando mis datos personales y solicitando la baja en fecha de enero. De otro modo, NO SE ME DEJABA TRAMITAR LA BAJA. ¿Què opines @consumcat?
En definitiva: presenté la correspondiente reclamación ante la Oficina de Atención a Usuarios de Telecomunicaciones (es aquí dónde tenéis que presentar la reclamación: usuariosteleco.gob.es/reclamaciones/…) y estoy esperando la resolución definitiva.
Tras reclamar, la compañía aporta la grabación indicada del 2 de enero, pero SÓLO APORTA LA PARTE DE LA GRABACIÓN EN LA QUE SOLICITO LA BAJA CON FECHA DE EFECTOS DE ENERO (me han enviado el CD, por cierto).
✍️ Así pues: siempre que tramitéis una baja con una compañía, GRABAR la conversación. Grabarlo todo porque las grabaciones son válidas si no se registran datos íntimos. Como veis, es posible que necesitéis dicha grabación en el futuro para justificar la baja de la compañía.
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🔴🔵 STSJ Catalunya 14-07-2023: se rebaja la indemnización por despido improcedente de Matheus Fernandes de 7,7 millones a 731.292 euros.
▶️ ¿Por qué se produce esta rebaja en la indemnización?
▶️ ¿Sirve esta sentencia de antecedente para futuros despidos en el Barça?
Veamos 👇
1⃣ En el contrato del jugador (y presumiblemente en el resto de contratos firmados en esa época) se establecía lo siguiente:
✍️ "El despido improcedente del jugador comportará su plena e inmediata libertad de contratación y el derecho de éste a percibir la indemnización prevista en el Real Decreto 1006/85 sin consideración de otros factores ni/o circunstancias."
📢 Se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 1/2023, que introduce novedades en materia de bonificaciones a la Seguridad Social, y que mejora la protección social de los artistas.
Tras una primera lectura, ¿cuáles son las 10 novedades más destacadas de la norma? Veamos 👇
1⃣ Se EMPEORAN las bonificaciones de determinados contratos de sustitución.
Por ejemplo, ahora se aplicará una bonificación de 366 euros al mes en los siguientes casos (entre otros):
✅ Contratos que se celebren con menores de 30 años para sustituir a personas trabajadoras que estén percibiendo las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor (maternidad y paternidad), riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
Con la ley actual, en vigor hasta 31.12.2022, una persona que cause alta inicial en el RETA o no haya estado de alta en los dos años anteriores puede aplicar una “tarifa plana” en sus cotizaciones.
La cuantía de este incentivo es el siguiente:
▶️ Sólo se pagan 60 euros de cuota durante los 12 primeros meses si se cotiza por base mínima. Si la base es superior, se aplica una reducción del 80% en esos meses.
▶️ Después se tiene una reducción del 50% durante seis meses, y otra del 30% en los seis meses siguientes.
✅ Cuando un bebé fallece a final del embarazo, la Seguridad Social (INSS) concede la prestación por nacimiento y cuidado de menor (maternidad) a la madre.
⛔️ En cambio, el INSS deniega la prestacion al padre (la paternidad).
En consecuencia, los padres deben acudir a los tribunales para reclamar su derecho a acceder a la paternidad. En esos casos:
✅ Varias sentencias de TSJ venían reconociendo el derecho del padre.
👀 Parece que según una sentencia del TSJ de Madrid, en un proceso de selección, la antigua empresa no puede dar referencias negativas sobre un ex trabajador.
En mi opinión, esto no es así dado que la sentencia en cuestión analiza un caso concreto.