Tras su salida de la 🇪🇺 el Reino Unido es considerado tercer Estado por lo que según la Orden INT/657/2020 ahora aplicable, de manera general:
🔹️los 🇬🇧británicos ❌no pueden viajar a España en este momento
🔹️los 🇪🇺ciudadanos de la UE y sus familiares ✅sí pueden.
...sigue👇
Se trata de una norma que restringe la entrada en 🇪🇸España a nacionales de terceros países por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Puedes leer la Orden INT/657/2020 completa 👉 bit.ly/3vUaVPS
Entonces... ¿una británica casada con una española podrá viajar a España a partir del 30 de marzo?
✅Sí, siempre que lo documente.
¿Y un bebé nacido en UK de madre española pero que aún no ha conseguido su pasaporte español pero sí el británico?
✅Sí, siempre que lo documente.
¿Y no hay excepciones para que ciudadanos no europeos, por ejemplo 🇬🇧británicos, puedan viajar a España?
✅Sí, las excepciones están tasadas en la Orden y dicen que SÍ podrán entrar en España: 👇
a) Los #residentes en la UE, Estados asociados Schengen, Andorra, Vaticano y San Marino que viajen a su lugar de residencia.
j) Residentes en los países no afectados por la restricción, en algunos casos (ver Anexo de la Orden)
⚠️Recuerda que también es aplicable la normativa británica que ❌prohíbe en este momento salir del país salvo en casos tasados. Consulta toda la información en la web del gobierno británico y evita sanciones: bit.ly/3dePz7B
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