«Es más fácil desintegrar un átomo que un prejuicio»
Albert Einstein (1879-1955).
Una justicia estereotipada no es justicia, es otra cosa.
Una sociedad que mide con el mismo rasero a los desiguales genera más desigualdad.
Leed a @natalia_velilla ⚖️ #juzgarconperspectivadegenero
«La ley es una trampa dispuesta para que caigamos en ella las mujeres», escribió en 1955 la abogada Mercedes Formica. Una pionera que alumbró cambios legales que contribuyeron a derribar ese estigma de "ciudadano de segunda categoría", como se les decía en la época a las mujeres.
En 1932 ingresó en la Facultad de Derecho de Sevilla, siendo la única mujer que estudiaba dicha carrera.
El 07/11/1953 publicó en ABC el artículo ‘El domicilio conyugal’, denunciando el injusto estatus legal de las mujeres casadas, texto que provocó que el régimen pusiera el grito en el cielo por su repercusión internacional y dio origen a la reforma de 66 artículos del Código Civil
«En un hospital madrileño agoniza una mujer, víctima de doce cuchilladas. La historia es realista, amarga. El marido se limita a golpearla, límite bastante suave en un hombre que llegará al parricidio. De estos golpes existe constancia abundante en la Comisaría del distrito»...
... Así arranca el demoledor artículo ‘El domicilio conyugal’, publicado en ABC el 7 de noviembre de 1953. Este valiente escrito llegó a estar retenido tres meses por la censura.
Mercedes Formica abrió su propio bufete en su domicilio del Paseo de Recoletos y se dispuso a atender, especialmente, a mujeres maltratadas, labor que le permitió conocer la escalofriante situación jurídica en la que se encontraban y que no aparecía en los libros.
Robert Capa, de la agencia Magnum, envió a la fotógrafa Inge Morath a España para hacerle un reportaje: "Irás a España. Tienes que ver a una mujer extraordinaria. Se llama Mercedes Formica, es abogado y defiende a las mujeres que no pueden separarse de sus maridos".
«Nuestro Código Civil, tan injusto con la mujer en la mayoría de sus instituciones, no podía hacer una excepción con la esposa, y la casada que se ve en el trance de pedir la separación, aún en aquellos supuestos en que su inocencia está comprobada, ha de pasar...
...por el previo depósito, que en este caso habrá de ser realizado fuera del domicilio conyugal, y ya el proceso de separación en marcha, el juez le entregará o no le entregará los hijos, los bienes muebles, fijará una pensión alimenticia, pero lo que ningún magistrado...
...sentenciará –entre otras razones porque carece de facultades para ello– es que sea la esposa la que permanezca en el domicilio conyugal y sea el marido culpable el que lo abandone. En otra época, la medida, aunque injusta, planteaba problemas secundarios...
... Hoy esta parcialidad lleva a las cuchilladas».
Denunció que en el Código Civil se hablara de "casa del marido" y no de "hogar conyugal", que se hablara del concepto de "depósito de la mujer" (lo que suponía, en caso de separación, tener que ir a casa de sus padres o a un convento)...
... O que las viudas que contrajeran nuevas nupcias no podían mantener la patria potestad de sus hijos del matrimonio anterior. Todo esto que nos resulta intolerable e inaudito estaba reglamentado. Consiguió que estos artículos desaparecieran.
La plena igualdad de los cónyuges en el matrimonio no llegaría hasta 1981.
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¿Intenta poner límites a MI libertad de expresión? Le recuerdo el contenido de los artículos 20.1 de la Constitución Española y 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. No veo que mi frase (#LibertadDeExpresion) entre en colisión con otro derecho fundamental.
Hablar de “charcutería legal” de manera genérica EN ABSOLUTO constituye un insulto. El Tribunal Constitucional ha declarado en varias sentencias que no se reconoce el derecho al insulto.
Muy interesante la STC 29/2009, de 26 de enero.
👉Y esto es muy importante:
La libertad de expresión también comprende la libertad de crítica “aun cuando la misma sea desabrida y pueda molestar, inquietar o disgustar a quien se dirige, pues así lo requieren el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura...
Yo NO voy a dar publicidad a las ofertas de “abogados casi gratis” anunciados junto a la charcutería de los supermercados. Ni una frase más. Yo voy a poner en valor la JUSTICIA GRATUITA, según lo establecido por el Consejo General de la Abogacía Española ⚖️. Vamos al hilo⤵️
La Constitución reconoce el derecho a la Justicia Gratuita para quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar. También cuando así lo disponga la ley en casos específicos.
La Justicia Gratuita es un servicio público prestado por 46.000 abogados adscritos al Turno de Oficio para que sus beneficiarios puedan acceder a la justicia para cumplir con el principio de igualdad y el derecho a la tutela efectiva.
Estreno los 1️⃣8️⃣ votando el domingo. ¿Sabías que...?
Abro hilo 🗳
La primera ley electoral se redactó en el 139 a. C., en Roma, e introdujo el concepto de papeleta electoral. Era de madera pulida sobre la que el elector escribía el nombre del candidato elegido. Ya se dijo: «El voto es más fuerte que la espada, y aporta soluciones más largas».
¿Quién inventó las elecciones? Las crearon los Antiguos Griegos. Lo habitual fue votar a mano alzada en reuniones públicas. También se utilizaban para votar piedras blancas y negras: las blancas apoyaban la candidatura y las negras la rechazaban.