¡Ya es ley! Hoy se publicó en el Diario Oficial bajo el número 21.389 el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos.
A continuación los puntos más importantes 👉🏽
👉🏽Al solicitar un crédito bancario por una suma igual o superior a 50 UF, la entidad financiera retendrá parte de los fondos para pagar la deuda.
👉🏽Los deudores no podrán recibir beneficios económicos públicos o bonos del Estado. Esos fondos se destinarán al pago de las deudas.
👉🏽 Los deudores no podrán renovar sus licencias de conducir ni sus pasaportes, a menos que se acredite frente al tribunal la necesidad de tales documentos.
👉🏽 Se establece como delito de violencia intrafamiliar el no pago reiterado de pensiones alimenticias.
👉🏽 Si una persona es despedida de su puesto de trabajo, y a la vez es deudora, pagará la pensión alimenticia a través de la indemnización por años de servicio.
👉🏽 Si el deudor vende su inmueble o su vehículo, el Conservador de Bienes Raíces o el Registro Civil, respectivamente, podrán inscribir el traspaso, solo en la medida que se acredite judicialmente que, con las ganancias de la venta, se pagarán los alimentos.
👉🏽 Durante el proceso devolución de impuestos, la Tesorería General de la República retendrá el dinero correspondiente a los deudores.
👉🏽 Las personas que están obligadas a realizar Declaración de Intereses y Patrimonio, deberán declarar sus deudas alimenticias
👉🏽 Se retendrá parte de las remuneraciones de los gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil, cuando tengan deudas alimenticias.
👉🏽 Se modifica el Código Civil, incorporándose la deuda de pensión de alimentos como un crédito de primera clase.
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Llegó el día. Hoy se conocerán las personas que van a redactar la nueva Constitución (convencionales) ¿Pero que sigue después?
Acá te lo contamos 👇📌
1. El presidente convocará la primera sesión de instalación de la Convención. El lugar ya lo conocemos, la nueva Constitución se escribirá en el Palacio Pereira ubicado en el centro de Santiago.
2. En la primera sesión de la Convención se deberá elegir un presidente y vicepresidente por mayoría absoluta.
3. Luego, la primera labor de la Convención será redactar el reglamento. El reglamento es de vital importancia ya que definirá el cómo de la toma de decisiones.
¿Independientes para la Convención Constitucional?
¡Por supuesto! En este hilo te explicaremos:
1. Requisitos 2. Fechas importantes 3. Proyectos claves 4. Otros
El futuro de nuestro país dependerá exclusivamente de la ciudadanía informada, por lo mismo, ayúdanos a compartir.
Para comenzar, recordemos brevemente algunos aspectos sobre la Convención Constitucional (en adelante CC):
- Estará conformado por ciudadanos y ciudadanas electos
- El método de elección será d'hondt
- Conformada por la misma cantidad de mujeres y de hombres (puede variar un %)
¿Qué es el método d'hondt? Es el actual sistema de elección de diputados/as que reemplazó al binominal.
Para saber más sobre la fórmula que emplea este mecanismo, te invitamos a ver la publicación en nuestro IG ¡Sigamos!
Retiro del 10% ¡¡APROBADO!! por la Cámara de Diputados y Diputadas y se despacha para que el presidente Piñera la promulgue. En este hilo te explicamos cómo quedó la ley y los escenarios posibles ¡Partamos! 🍎🍐
1. El dinero podrá ser retirado por TODAS LAS PERSONAS sin requisitos adicionales.
2. Este dinero no podrá ser retenido por ninguna deuda. La única excepción a esto son las deudas de pensión de alimentos. En la semana te explicaremos como realizar la retención.
3. No constituye renta, es decir, no se pagarán impuestos por el retiro del dinero.
4. El dinero se podrá retirar hasta un año después de publicada la ley en el Diario Oficial.
Todo lo que debes saber sobre la votación de mañana en el Senado con peras y manzanas 🍎🍐
La sesión comenzará a las 13:00 horas. Los 43 senadores tendrán 8 minutos c/u para argumentar su voto. Se necesitará la aprobación de 26 senadores (3/5).
La primera votación (cerca de las 20:00 horas) consistirá sobre la idea de legislar del proyecto (GENERAL) y las siguientes serán sobre las indicaciones del día de ayer (PARTICULAR). Son alrededor 6 votaciones.
Si se aprueba tal como llegó de la Cámara de Diputados y Diputadas (sin las indicaciones de ayer) se despacha el proyecto. Si se aprueba con las indicaciones de ayer, se devuelve a la Cámara de Diputados y Diputadas para que se vote nuevamente (esto podría ser el día jueves 23).