‼️Un tema importante y que ha pasado desapercibido de la nueva #ReformaLaboral:
🔴 La habilitación para realizar contrataciones TEMPORALES para sustituir al personal que disfruta de #VACACIONES 🧐
⚖️ El Tribunal Supremo ya había dictaminado que NO se podía 😑⬇️
Por ejemplo, la STS 12/06/2012, entre otras, determinó que la existencia de vacaciones, bajas o permisos NO son una circunstancia excepcional que permita recurrir a la contratación temporal.
Pero ahora, con esta #ReformaLaboral YA SE PERMITIRÁ a las empresas hacerlo... 😡
Es una clara concesión a la Patronal, en un tema que encima ya había sido resuelto por el Tribunal Supremo. No entiendo nada.
Hay que felicitar a @CEOE_ES por conseguir otra habilitación para seguir haciendo contratos temporales🤦🏼♂️
¿Y así es como se acaba con la temporalidad?
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