Certificado Covid: Ante la desigualdad entre españoles respecto a esta medida hay que recordar que al Estado le corresponde la coordinación general de la sanidad y regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles (Art. 149.1.1 y 16 CE)
El art. 6 de la Ley 33/2011 General de Salud Pública establece que todas las personas tienen derecho a que las actuaciones de salud pública se realicen en condiciones de igualdad y no discriminación y obliga a concretarlo en una cartera de servicios básica y común
El art. 2 Ley 16/2003 de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud recoge el principio de igualdad y no discriminación pero también la coordinación y la cooperación de las Administraciones sanitarias para la superación de las desigualdades en salud
Los arts. 27.3, 31 y 52.3 LEY 33/11 obligan a desarrollar las acciones de protección de la salud según principios de colaboración y coordinación interadministrativa de modo que se garantice la máxima eficacia y eficiencia y adjudica a @sanidadgob la obligación de hacerla efectiva
El art. 69 de la Ley 16/2003 adjudica al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, bajo la presidencia del Ministro de Sanidad, esta coordinación y cohesión
¿Por qué unos españoles tenemos que tener medidas que limitan nuestros derechos como el Certificado Covid y otros no? ¿Por qué para Cantabria o Cataluña NO es eficaz para impedir contagios y para Galicia o Valencia sí? ¿Quién no dice la verdad? ¿Dónde está @CarolinaDarias?
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El TSJ de Galicia acaba de volver a autorizar la prórroga del Certificado Covid poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-… El Auto empieza con el informe del Ministerio Fiscal sobre la eficacia de la medida limitativa para impedir la transmisión del virus
En este artículo @victoriarodrib y yo recordábamos cuál es el papel legal del Ministerio Fiscal en estos procesos de autorización judicial de medidas limitativas de derechos
Es mucho más importante porque como se dice en el artículo y se explicaba aquí el Tribunal Supremo ha entendido que los ciudadanos no estamos legitimados para personarnos en este procedimiento de autorización de medidas de salud pública del art. 10.8 LJCA derechoadministrativoyurbanismo.es/post/la-legiti…
Hoy se publica en el BOE la Ley 3/2020 de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 donde se incluye la modificación de la LJCA sobre competencia para autorizar medidas sanitarias urgentes que afectan a derechos fundamentales boe.es/diario_boe/txt…
La ley surgió como consecuencia del RDL 16/20 cuando el Parlamento decidió que, a la par que lo ratificaba, tramitarlo como proyecto de ley Habilitaba del 11/31 agosto para actuaciones procesales lo que generó protestas de procuradores y abogados x perjudicar el legítimo descanso
Ante las protestas se presentaron por muchos grupos políticos estas enmiendas al proyecto congreso.es/portal/page/po…) para anular esa habilitación Pero como los diputados y senadores sí se fueron de vacaciones y el Gobierno también ni se aprobó la ley ni se derogó vía RDLey