⭕️CONCEJALES Y ÓRGANOS DE TRANSPARENCIA: El TS AMPLÍA LOS RECURSOS FRENTE A LA DENEGACIÓN DE ACCESO A INFORMACIÓN AL PERMITIR A LOS MIEMBROS DE CORPORACIONES LOCALES UTILIZAR LA RECLAMACIÓN PREVISTA EN LAS LEYES DE TRANSPARENCIA –SSTS 10—3-2022🧵
1️⃣ El acceso a la información por parte de los miembros de las Corporaciones locales tiene un régimen propio constituido esencialmente por el art.77 LBRL y los arts.14 a 16 ROF y por la jurisprudencia que los desarrolla…
2️⃣ Como es sabido la DA Primera.2 de la Ley 19/2013 de Transparencia, regula la integración y articulación entre el régimen general de acceso de la propia Ley y otros regímenes específicos o sectoriales de acceso
3️⃣Desde 2020 la Sala 3ª TS viene decantando su jurisprudencia (6 SSTS) sobre qué ha de entenderse por “régimen jurídico específico de acceso” para que desplace al régm.general de Ley 19/13 como supletorio y…
4️⃣.. y que se concreta en varias exigencias: 1-régimen LEGAL +alternativo en cuanto a sujetos-contenidos-límites
5️⃣ Y según el TS tal régimen específico puede consistir en una REGULACIÓN COMPLETA y sistemática o bien una REGULACIÓN PARCIAL pero que afecte a aspectos RELEVANTES del acceso (pej  LÍMITES)
6️⃣ Partiendo de aquella jurisprudencia el TS declara que el régimen de ACCESO A LA INFORMACIÓN por parte de MIEMBROS DE LAS CORPORACIONES LOCALES es uno de los regímenes ESPECÍFICOS de la DA Primera.2 de la Ley 19/2013
7️⃣ Sin embargo, Y ESTO ES LO RELEVANTE de las SSTS 10-3-22, esa especificidad NO EXCLUYE el uso de la RECLAMACIÓN contra la denegación de acceso  prevista en el art.24 de  la Ley 19/2013
Aquí la STS completa ⤵️

poderjudicial.es/search/AN/open…
En realidad son 2 SSTS de la misma fecha (recursos casación 148/2021 y 3382/2020)
Síntesis: conforme al TS ante una denegación de acceso a información los concejales PODRÁN formular reclamación ante el ORGºDE TRANSPARENCIA directamente o previo Recº de Reposición ante el propio Presidente de la Corporac.Local

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