1️⃣Realizar un análisis objetivo de las condiciones que tenemos en materia de #seguridad en #Zacatecas, puede brindarnos 💡 sobre qué hacer para vencer la ola de terror que nos ha invadido.
📕Me basaré en los datos del 3er Informe de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.
2️⃣En abril de 2021 había 1,889 elementos de la #GN, en marzo de 2022, su presencia aumentó a 2004 elementos, es decir, 115 guardias más.
🧮Nos faltan 1,844 guardias nacionales para alcanzar la meta planteada en el Plan Zacatecas II.
3️⃣Hay 63 Compañías de la #GN construidas alrededor de todo el país. #Zacatecas alberga 3 de ellas, al igual que la CDMX, Durango y Tabasco, siendo el Edomex la entidad que cuenta con el mayor número: 7.
4️⃣Los puntos de monitoreo de 🎥 de seguridad pública, permiten hacer un seguimiento de la comisión de delitos y encontrar a los responsables.
🚨En 2021 #Zacatecas contó 560 cámaras de videovigilancia, mientras que en #Aguascalientes tienen 2,600.
5️⃣ 👮🏽♀️El Certificado Único Policial ayuda a fortalecer la confianza en sus integrantes. #Zacatecas tiene un avance del 67% a nivel estatal, 50% a nivel municipal, 23% de custodios y 99% de policías de investigación, en tanto que Durango y Querétaro ya tienen el 100%
6️⃣ Siempre que hablamos de #seguridad volteamos a ver a la 🚓 pero esa no es la única solución, debemos pensar también en el fortalecimiento de la Fiscalía y del Poder Judicial 👩⚖️
✅Estos tres pilares son fundamentales para poder avanzar.
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🧵1⃣☑️Hoy el Senado pretende aprobar el “Informe Anual de Actividades de la Guardia Nacional”, ❎ pero no cumple con los requisitos legales a los que está obligado y en este hilo, les voy a decir porqué 🧐
2⃣🔍El Art 97 F II de la Ley de la #GN mandata que se justifique la presencia y capacidad de la GN en los estados; con criterios que sea posible evaluar en el despliegue territorial de elementos contra indicadores de seguridad; el informe no cumple con esa orden. Es inadmisible😵
3⃣🚨El Informe no cumple con lo establecido en el Art. 97 F. VII; debieron desglosar los motivos de la sanciones a los elementos que incumplieron con sus responsabilidades.🏴Hay opacidad🏴
🧶1⃣Otro de los riesgos de la iniciativa #LeyMinera, está en el Art. 10, pues NO SOLO RESERVA #LITIO.
Habla de "OTROS MINERALES ESTRATÉGICOS"
⚠️⛔¿CUÁLES? ¿CUÁNTOS?
Recordemos que la incertidumbre siempre ahuyenta la inversión 💸💸💸
2⃣🚨El artículo 5 fracción VII de la #LeyMinera al definir al #litio un bien nacional de utilidad pública, cuya explotación quedará a cargo exclusivamente del Estado, seguramente, traerá como consecuencia amparos y demandas de empresas que hoy están extrayendo este mineral.
3⃣El #litio no lo habíamos reservado en nuestros Tratados Comerciales, es decir, no está contemplado dentro nuestro catálogo de productos donde México ejerce un control estatal exclusivo y ello podría traernos algunos contratiempos y conflictos comerciales.
🧶1️⃣La creación de un Organismo Público Descentralizado para reservar la exploración, explotación y aprovechamiento de un mineral de “uso estratégico” (como hoy el #litio), ya se llevó a finales de los setenta a través de Uramex. ¿Y qué creen? Fracasó. #LeyMinera
2️⃣En 1979, con otro López de Presidente, quien decidió “reservar” el mineral de moda: el URANIO, que se usa para la generación de energía a partir de combustible nuclear. A diferencia de hoy con el #litio, el uranio sí estaba en el programa sexenal.
3️⃣Pese a los esfuerzos, #URAMEX vio su fin en 1985 porque no hubo dinero público suficiente 💰💰💰 para explorar ⚒️ explotar 💥 y aprovechar el uranio. Sus actividades fueron transferidas para la EXPLORACIÓN al Consejo de Recursos Minerales, hoy Servicio Geológico Mexicano.
🧶1️⃣👀¿De qué trata la #LeyMinera?
Para empezar, es necesario precisar que no estamos hablando de una “nacionalización” del #litio (eso ya está en Art. 27 CPEUM) sino de “reservar” este mineral como de “uso estratégico” para que el Estado Mexicano, tenga un uso exclusivo sobre él
2️⃣ Si se considera al #litio como un mineral de "uso estratégico", entonces el Estado Mexicano puede hacerse cargo de manera exclusiva, tal como lo prevée el párrafo quinto del Art. 25 de la CPEUM:
3️⃣¿Hablamos de facto de un monopolio estatal sobre el #Litio? Sí, sin duda. El art. 28 constitucional en su cuarto párrafo prevée que haya monopolios estatales en áreas estratégicas como lo es la transmisión de energía eléctrica, una de las propiedades de este mineral.⚡💡
🧵1️⃣El 6 de junio de 2019, se publicó en el @DOF_SEGOB la reforma constitucional en materia de #paridad de género, con el objetivo de que las mujeres 👩🏼🦱👩🏻👩🏽🦰estuviéramos representadas en los espacios de decisión y de representación, pero hoy, la reforma no cumple del todo
2️⃣El Gabinete Federal de 2018, sí respetaba el principio de la paridad 🙌🏼
😒 Hoy, el 40% las dependencias federales están encabezadas por mujeres (8 de 20) y solo el 8.8% de las dependencias de la administración pública estatal, tienen a una mujer como titular (46 de 524).
3️⃣ ➖Los estados con menor participación de las mujeres en los gabinetes del Ejecutivo a nivel local son: Aguascalientes (12%), Durango (14%), Hidalgo, (15%), Guanajuato (15%), Tamaulipas (16%) y Tlaxcala (16%).
Están convocando a la Cámara de Senadores para sesionar el próximo lunes.
Si ustedes están pensando que el asunto a tratar es la emergencia sanitaria y económica que está viviendo el país, se equivocan
El proyecto de ley de amnistía no tiene materia ( en la mayoría de los delitos que enlista)
Según la facultad constitucional que tiene el congreso para otorgarla,
73 . XXII. Para conceder amnistías por delitos cuyo conocimiento pertenezca a los tribunales de la Federación.
Estos son los delitos que el proyecto de Ley quiere beneficiar, pero si ustedes se fijan, la mayoría de las fracciones hablan de delitos conocidos por tribunales locales, salvo la fracción tercera que habla de delitos contra la salud