El padre de Olivia fue condenado por VG, y por eso le negaron la custodia compartida. Lo cual, a la larga, provocó que la madre matase a la niña.
He podido acceder a la sentencia, y sorpresa. Lo condenaron sin más prueba que la palabra de la mujer. Hilo. abc.es/espana/padre-n…
Cuando digo que he accedido a la sentencia me refiero a la sentencia de apelación, donde una Audiencia Provincial confirmó la condena. La tenéis aquí: poderjudicial.es/search/AN/open…
La sentencia menciona esto; ABC añade que "la agarró del brazo izquierdo, zarandeándola y golpeándola en el mismo brazo y la espalda" y ella sufrió "contusión en hombro y brazo izquierdos, contusión dorsal izquierda, hematomas a nivel de dichas contusiones y crisis de ansiedad".
La sentencia también menciona que el hombre fue absuelto de varias acusaciones más. ABC añade que fue porque los jueces detectaron "notorias falsedades" en el testimonio de la mujer.
La sentencia también dice que la condena se debió a que el juez creyó que el testimonio de la mujer cumplía los parámetros de credibilidad subjetiva, verisimilitud y persistencia.
Esos criterios solo se aplican cuando no hay más prueba de cargo que dicho testimonio.
Ocurre que la mujer tenía un parte médico. Ese parte no decía que nadie la hubiera agredido, sino solo que la mujer tenía contusiones en el brazo izquierdo y en la espalda.
La mujer contó que se las había hecho el marido, y el juez la creyó. Sin más.
De hecho el hombre, en su recurso, se quejaba de que lo condenasen sin más pruebas. Y la Audiencia respondió que era suficiente, y que lo probado probado estaba.
El hombre también dijo que el testimonio de la mujer no era persistente porque la habían pillado, en palabras del juez, en notorias falsedades.
La Audiencia dijo que esas falsedades habían sido en las demás acusaciones; y que por tanto esta otra acusación seguía siendo creíble.
Luego la sentencia vuelve a incidir en que la mujer puede ser creíble en esta acusación concreta aunque la hayan pillado mintiendo en las otras.
Solo hay que separarlas, y valorarlas independientemente, y no tener en cuenta aquí las mentiras que le pillaron allí.
Y llega mi parte favorita.
Él dijo que la mujer tenía motivos espurios, porque denunció justo tras ver un documento donde él pedía el divorcio y la custodia compartida.
La AP lo desestimó porque la mujer admitió haber visto el documento, pero no admitió saber lo que decía.
Él alegó varias cosas más, y la Audiencia las desestimó siguiendo razonamientos parecidos. Pero son más largas de explicar, y no me apetece estirar mucho el hilo.
El caso es que el tribunal lo condenó sin más pruebas que la palabra de la mujer, y luego la AP dio eso por bueno.
Y en base a esa condena, fundada solo en la palabra de una mujer a la que habían pillado en "notorias falsedades", perdió la custodia compartida.
Y el resto es historia, que desemboca en el asesinato de la pequeña.
Con esto, doy el hilo por acabado.
Abro esta pequeña postdata para aclarar algo que me habéis preguntado:
Los jueces, pese a encontrar "notorias falsedades" en el testimonio de la mujer, NO actuaron contra ella por denunciar en falso. Casi nunca lo hacen, y aquí tampoco lo hicieron. medium.com/el-saco-del-co…
Acabo de publicar un artículo sobre el caso, con toda la información que me ha llegado. Incluyendo la sentencia de lo penal, que he podido leer y me parece aun más sorprendente que la de la AP.
Quizá estos días hayáis visto titulares como este, diciendo que el Constitucional ha protegido a una madre que huyó de su maltratador.
La realidad es que ha legalizado el secuestro infantil, siempre que lo cometa una mujer tras poner una denuncia falsa.
Vamos a ver por qué.
La pareja se casa en 2016, se establece en Vitoria y tiene un hijo. En noviembre de 2020 él le pide el divorcio, y a los pocos días ella se lleva el niño a Coruña.
Él pide que las autoridades se lo devuelvan, y ella empieza a chantajearlo amenazándolo con una denuncia de VG.
Seis días después cumple su amenaza, y lo denuncia en los tribunales de Coruña.
Lo acusa de pegarle patadas, cogerla con el cuello con una sola mano y lanzarla contra una puerta, arrastrarla del pelo y lanzarla contra una librería... vaya, una paliza de muerte.
Absolutamente todas las veces que me topo con una absolución por violencia sexual, y me da por leer la sentencia, hay indicios de falsedad que se han dejado sin investigar.
Según la sentencia, la mujer se acostó con el hombre y luego lo acusó de haberla drogado para violarla. Aquí tenéis un enlace a la sentencia, y una captura con su versión: poderjudicial.es/search/AN/open…
El hombre (que se enfrentaba a ocho años de prisión) se libró porque:
1. En el hospital le hicieron análisis a la mujer, y no había rastro de droga. 2. Además tuvo la torpeza de decir que apenas había bebido. 3. Y de describir unos síntomas que no se corresponden con los reales.
Si os parece bien, vamos a ver la sentencia donde condenaron a este hombre.
Comprobemos que cuando una mujer acusa a un hombre de un delito espantoso, su simple palabra basta para condenarlo pero no para absolverlo. aragondigital.es/articulo/suces…
La sentencia está aquí:
El hombre estaba acusado de engañar a la mujer para entrar en su domicilio y una vez allí lanzarla contra la cama, desnudarla y violarla.
El tribunal dijo lo de siempre: que la palabra de la mujer es suficiente para condenar siempre que cumpla tres condiciones, y que además el tribunal haga un esfuerzo por justificar por qué consideran que es suficiente.
¿Que la denunciante de Errejón le mintió al juez en toda su puta jeta?
Pues nada, quitamos esa parte de la declaración y así podemos seguir dándole credibilidad al resto. Y por supuesto, ni se nos ocurra imputarla por falso testimonio.
- Primero dijo que no había firmado contratos.
- Luego que sí, pero que iba a donar los 54.000€ ganados.
- Ahora que con esa pasta se ha montado un negocio, pero que con los beneficios va a ayudar a maltratadas.
Voy a intentar explicaros por qué me llama tanto la atención la sentencia del caso Rubiales.
Tened en cuenta que el acusado y la denunciante daban versiones opuestas: él decía que le pidió permiso para besarla, y que ella se lo dio. Y ella decía que no. s1.elespanol.com/2025/02/20/act…
Ojo, ella no solo negaba que le hubiera dado permiso. También negaba que él se lo hubiera pedido.
Esto es un detalle importante, que por algún motivo no aparece en la sentencia. Pero sí aparece en los muchísimos artículos que cubrieron el caso.
Vale, tenemos dos versiones opuestas. Tu palabra contra la mía. ¿Qué motivos llevan al juez a elegir la de ella?
Pues... ninguno, en realidad. Solo dice que no le ve contradicciones, ni la ve inverosímil, ni cree que tenga motivos para mentir.