Al hacerse oficial las #VacacionesDignasYa, los patrones tendrán indiscutiblemente que hacer desde el 1 de enero de 2023 lo siguiente:
La constancia de antigüedad hasta el 31 de diciembre de 2022, deberá contener los días pendientes de descanso anual, hasta antes de la reforma, esto es obligatorio para darle certeza a la persona que trabaja, de su saldo pendiente de descano al cierre de 2022
Una segunda constancia de antigüedad, se deberá generar y otorgar a las personas que trabajan por el saldo de las "nuevas #VacacionesDignasYa" cuando en 2023, cumplan su antigüedad.
Toda persona que trabaja, que termine su relación laboral, desde el 1 de enero 2023, generará nuevas condiciones laborales, por lo tanto, los patrones tienen que hacer las adecuaciones al contratos, reglamentos, politicas (NOM-035, politica de prevención de AS HS Violencia, etc)
Aquellas personas que trabajan, que decidan terminar su relación laboral desde el 01/01/2023, se le deberá calcular su finiquito con las partes proporcionales, con las nuevas conciones laborales, esto es, ya parte proporcional sobre 12 días y no sobre 6, minimo.
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Desde el 01/01/2023, se tiene que hacer 3 diferentes adecuaciones a los Salarios Base de Cotizacion:
Sin importar la antigüedad que se tenga, para todas las personas que trabajan, el patrón deberá ante el #IMSS modificarán todas las nóminas para a cuando menos a tener el nuevo factor de integración mínimo derivado del incremento de los días de vacaciones, que será : 1.0493
Las personas que trabajan, deberán tener actualizado su Salario Base de Cotización fijo, cuando menos hasta el viernes 6 de enero de 2023, con las nuevas condiciones laborales de #VacacionesDignasYa reflejadas ante el #IDSE#IMSS