La @SCJN discutirá otro asunto donde se cuestionan las facultades de las autoridades #militares frente a civiles

Se trata de la AI 46/2016, y en ella se analizará la constitucionalidad de diversas porciones del Código Militar de Procedimientos Penales y del Código de Justicia… twitter.com/i/web/status/1…
Los artículos impugnados consagran facultades para que las autoridades militares puedan, por sí mismas, requerir, citar e incluso hacer uso medidas coercitivas, a civiles en el contexto de una investigación penal o disciplinaria.

Me centro en los siguientes artículos 👇 ImageImageImage
El análisis de constitucionalidad de los artículos indicados podría sintetizarse con el siguiente cuestionamiento:

¿las disposiciones que otorgan a las autoridades militares la facultad de imponer, por sí, obligaciones o cargas relacionadas con la investigación de delitos o… twitter.com/i/web/status/1…
Para responder a dicha cuestión, el proyecto de sentencia retoma la doctrina jurisprudencial —tanto nacional como Interamericana— mediante la cual se explica y justifica el carácter EXCEPCIONAL del fuero militar.

Los factores que deben concurrir para que se actualice👇 Image
En el caso identificado como ‘Radilla Pacheco vs México’ la Corte IDH estableció los siguientes estándares jurisprudenciales:

- La jurisdicción militar no es el fuero competente para investigar y, en su caso, juzgar y sancionar a los autores de violaciones de derechos humanos,… twitter.com/i/web/status/1…
El proyecto concluye esta primera parte del análisis señalando que, efectivamente cualquier disposición que otorgue ese tipo de facultades a las autoridades militares, resulta contraria a lo dispuesto por el artículo 13 constitucional. Image
Ahora bien, en el caso de los artículos citados señala que todos presentan una omisión de establecer un supuesto competencial diferenciado en relación con el destinatario de la norma, pues se refieren, en forma genérica, tanto a particulares como a servidores públicos.
Concluye estableciendo que las normas cuestionadas generan una invasión de la jurisdicción civil —por indebida extensión de la jurisdicción militar sobre personas civiles— que resulta contraria a lo dispuesto en el artículo 13 constitucional 👇 Image
El proyecto se encuentra listado para discutirse en el Pleno en los próximos días y, como se reconoce en su propio texto, de votarse por una interpretación que valide estas facultades, se iría en contra de su propia tendencia jurisprudencial con relación al fuero militar…

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Comparto enlace y va breve hilo con los puntos más destacables 🧵
si-lex.es/sobre-proporci…
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A decir de Loughlin, el constitucionalismo emerge para mediar en la inevitable tensión entre el poder constituyente y los derechos constitucionales.

Sin embargo, ejerce una dura crítica a este frente a la democracia constitucional, situando a esta última como ideal. Image
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Más que al constitucionalismo en sí, Loughlin centra su crítica en los jueces constitucionales, a quienes califica como oráculos de la “constitución invisible”.
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La única reforma constitucional en materia electoral que resulta necesaria, es aquella que garantice la autonomía presupuestal del #INE mediante una suerte de cláusula de progresividad, para que no se vuelva a poner en riesgo sus funciones constitucionales‼️

#ElINENoSeToca
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Este año, se negó 1 de cada 5 pesos solicitado, sin justificación alguna ‼️ Image
La ‘cláusula de progresividad’ implicaría que, el presupuesto asignado al #INE NUNCA pudiera ser inferior al inmediato anterior aprobado en años con elecciones similares.

Con ello se garantizaría la plena satisfacción de los derechos político-electorales de la ciudadanía.
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