Desde hoy está en vigencia esta ley que entre varias "novedades" también legaliza el #ciberespionaje desnaturaliza la #flagrancia y amplia la #militarización del país. 1/
Se habilitan "cláusulas especiales de seguridad" para TODO contrato público en sectores estratégicos y servicio básicos. Así, FFAA darán garantías a las empresas extranjeras que asuman los negocios más rentables del país. 2/
Se reforma el Art. 5 de la Ley Org de Defensa Nacional y expande sin límites las protestas de #FFAA ante una declaratoria de estado de emergencia.
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Se reforma el Art. 360 del COIP y se FLEXIBILIZA la tenencia y porte de armas de fuego.
A esto agrédele que #Lasso ya eliminó los IMPUESTOS para la importación de armas.
Vieja demanda de la Aso. de Ganaderos del Litoral, cuyo expresidente ahora es Gobernador del Guayas.
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Se reforma el art. 369 del COIP y se tipifica la figura de "colaborador" de la delincuencia organizada con el verbo rector de "preste o facilite conocimientos".
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Se reforma el primer párrafo del art. 471 del COIP y se autoriza la recopilación de información digitales SIN AUTORIZACIÓN JUDICIAL, incluso aquellos que sean obtenidos por policías y militares.
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Se crea toda una sección en el COIP para legalizar el ESPIONAJE CIBERNÉTICO.
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Se abren las puertas a la intervención tecnológica de otros Estados bajo el concepto "Cooperación Internacional" y para el acceso transfronterizo a contenido digital.
Así, se legaliza la intervención de agencias federales de #EEUU en procesamiento judicial.
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Se crea la figura del "agente encubierto INFORMÁTICO" para realizar "patrullajes digitales".
Con esta norma el #spyware#PEGASUS desarrollado por #Israel tiene carta abierta para operar en #Ecuador
Se reforma el art. 527 del COIP y se desnaturaliza la figura de FLAGRANCIA. Mire Usted mismo y compare el texto reformatorio y el texto anterior.
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Se convierten a todos los centros de privación de libertad en "zonas de seguridad" a cargo de la FFAA.
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Una de las reformas MÁS GRAVES: Se amplifica el poder (influencia/injerencia) de #FFAA en los sectores estratégicos del Estado. La potestad que tuvieron durante las dictaduras de los 70s son RESTITUIDAS.
Hasta para los "procesos de negociación" se requiere informe de #FFAA
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Esta ley fue aprobada con 117 votos a favor y 4 abstenciones, el 5 de enero de 2023. #UNES y #Pachakutik incluídos
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Así fue la votación en la @AsambleaEcuador para aprobar esta ley
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¿La incompetente respuesta gubernamental es negligencia o una política deliberada? No lo sabemos.
Pero este ciclo de violencia e incompetencia crean el escenario ideal para el arranque del #PlanEcuador
Abro🧵 1/
6/Oct/23: Ecuador firmó este acuerdo con el gob. de Estados Unidos para autorizar la presencia de tropas militares y personal del Departamento de Defensa.
El acuerdo espera dictamen de la Corte Constitucional. 2/
Al personal militar, civil y contratistas del Pentágono les concede los mismos privilegios, exenciones e inmunidades que al personal diplomático. 3/
Breve comentario sobre el Decreto Ejecutivo No. 707, emitido hoy, que viabiliza la tenencia y porte de armas para defensa personal.
🧵 1/
No es "libre" porte de armas. Se requerirá obtener permiso. Pero dada la debilidad institucional de FFAA y, en general, del Ecuador, los "permisos" pueden convertirse en una nueva mercancía para contrabandear.
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Se reforma el Art. 11 del REGLAMENTO a la Ley sobre Armas, Municiones y Explosivos determinando quienes serían "comerciantes IMPORTADORES".
En 2022 ya se disparó la importación de armas en un 318%. Por ahora, los principales proveedores son Turquía, EEUU, China y Colombia.
El libre porte de armas para civiles MULTIPLICARÁ LOS HOMICIDIOS, estimulará la carrera armamentista entre grupos criminales y facilitará la creación de grupos armados paramilitares financiados por gremios empresariales.