Estos documentos que abarcan el período 1833-1849 demuestran con claridad meridiana la intensa actividad diplomática que desarrolló Manuel Moreno en Londres a lo largo de esos años y su férrea defensa de los derechos argentinos sobre #Malvinas .
Son la prueba cabal de la voluntad argentina de alcanzar una solución pacífica de la disputa exponiendo los fundamentos jurídicos e históricos sobre los que se apoyan nuestros derechos soberanos sobre las Islas #Malvinas
Al mismo tiempo, demustran la intrasigencia y mala fe británica desde el momento mismo de la ocupación, el deseo argentino de resolver la controversia incluso mediante la posiblidad de un arbitraje y la solida y consecuente posición argentina que...
...desde 1833 nunca, jamás, consintió o aceptó la posición y británica y siempre protestó por la solución de la controversia. Asimismo, estos docmentos echan por tierra cualquier intento revisionista de pretender que la Argentina renunciò a su pretensión. Algo que nunca pasó.
Una mención y agradecimiento especial merecen los historiadores e historiadoras de CASUR que día tras día demuestran con su trabajo y profesionalidad, el compromiso y amor por Malvinas y por la defensa de la juesteza de nuestra posición.
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Hace 259 años Francia fundaba el establecimiento de "Port Louis" en #Malvinas de forma contraria a la soberanía española. Abro 🧵
Ante este hecho, el embajador español en Paris, Fuentes, presentó ante el gobierno francés una protesta y solicitud oficial para que, sobre la base de la soberanía española, se retirase. Tras la primera negativa del Ministro francés Choiseul, el embajador español le recordó que..
... España ya había hecho valer sus derechos frente a Inglaterra en 1749 cuando se supo de la expedición de Anson y que dichos territorios se encontraban en una zona bajo soberanía española. Solo 24 horas después, Choiseul se reunió con Fuentes y accedió a la petición de España.
Hace 243 años España borraba el último rastro de la ilegítima presencia británica en el archipiélago de #Malvinas. Abro 🧵
El 30 de junio de 1777, José Gálvez, Ministro de Indias, envió una Real Orden al Virrey del Río de la Plata para que "proceda a quemar los edificios de todo tipo que se completen o inicien, haciendo lo mismo con los materiales que se recolectan".
Esta orden fue cumplida el 17 de marzo de 1780 por una expedición bajo el mando de Juan Pascual Callexas, que destruyó el puerto y el fuerte que UK había construido en Puerto de la Cruzada (Egmont) en la Isla Trinidad (un pequeño islote de la Gran Malvinas).
El 3 de enero de 1833 se produjo la violación de la integridad territorial de una joven nación que estaba en paz con el mundo. UK violó el derecho internacional de la época usurpando por la fuerza las Islas #Malvinas y expulsando a la población y autoridades argentinas.
La Argentina jamás consintió la usurpación británica, protestando desde el primer momento. A 190 años, y en pleno S.XXI, es tiempo que UK sea responsable con sus generaciones futuras y cumpla con sus obligaciones internacionales de solucionar la disputa por medios pacíficos.
Si hay un pueblo víctima del colonialismo al que se le impide ejercer su derecho a la libre determinación en la totalidad de su territorio, ese pueblo es el pueblo argentino.
Es interesante -y hasta llamativo- como el interés de ciertos lobbies, fogoneado por intereses geopolíticos, pretenden transformar lo blanco en negro aun frente a la opinión contundente del ppal organo jurídico de la @ONU_es . Veamos lo que dice esta nota
Miembros de este lobby pretenden escindirse del pueblo del que son parte y pretenden ejercer un derecho que la @CIJ_ICJ ha establecido con claridad meridiana quien es su sujeto activo: el pueblo de Mauricio.
Pero veamos que ha dicho la Corte al respecto de estos puntos en la Opinión Consultiva sobre el Arcipiélago de #Chagos : 1) Acuerdo de Lancaster House, 2) el sujeto de derecho de libre determinación 2.1) referéndum y 3) la unidad colonial que debe ser, justamente, descolonizada.
Ayer la Asamblea General de la @ONU_es votó una resolución para solicitarle a la @CIJ_ICJ una (otra) Opinión Consultiva en relación a las consecuencias jurídicas de la ocupación israelí en territorio palestino.
La primera OC fue pedida en 2003 respecto a las consecuencias jurídicas sobre la construcción de un muro por parte de Israel en territorio palestino ocupado. Dicha OC, de 2004, fue muy rica en muchos aspectos pero, sobretodo, en lo referido al derecho de libre determinación.
La actual solicitud de OC, aun mas dura en sus términos que la de 2003, obtenida en contra del lobby israelí y de la oposición de EEUU, UK, Alemania y la abstención de Francia, es un paso muy importante en el largo conflicto palestino-israelí.
La Corte Suprema de UK ha fallado respecto a la necesidad de que el Parlamento británico dé el "ok" para un nuevo referéndum de independencia de 🏴 #Escocia. Es interesante -más no sorpresivo- la nueva contradicción respecto a la aplicación del principio de libre determinación 🧵
La 🇬🇧 Corte sostiene en su párrafo 88: "Hay obstáculos insuperables dentro del argumento del demandante basado en la libre determinación. En primer lugar, el principio de libre determinación simplemente no está en juego aquí" y comparó a los escoceses con los québécois:
En esa misma línea parafrasea a la 🇨🇦 Suprema Corte de Canadá cuando sostiene "Quebec no cumple con el umbral de un pueblo colonial o un pueblo oprimido" como argumento para no aplicar el principio de libre determinación.