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Aug 22 15 tweets 3 min read Read on X
Sobre la última providencia de Peinado en el caso de Begoña Gómez, alguna explicación y alguna reflexión con base en lo leído en la prensa. Hilo va. Image
1) Parto por indicar que casi todo lo que nos llega de este procedimiento viene acompañado de mucho ruido. Y, ciertamente, muchas cosas que nos llegan no son normales. En el sentido de que no son habituales, no de que no sean correctas. No entro en ello.
2) Para empezar, parece que esta providencia no viene del aire, sino que es la respuesta a una petición de la Fiscalía de no entregar a las partes la grabación de la declaración testifical de Pedro Sánchez, esa en la que se acogió a su derecho a no declarar.
3) Esto es inusual ¿pedir que no se entregue a las partes del proceso una diligencia de investigación que está en el proceso? Creo que no hay base legal y, de acordarse, podría dar lugar a nulidades. Si la causa no es secreta, las partes deben poder acceder a todo su contenido.
4) Según los medios, el fiscal pedía sustituir ese acceso por un documento en el conste que el presidente se acogió a su derecho a no declarar, documento que sería toda una novedad procesal por no estar previsto en ningún sitio 🤷🏻‍♂️
5) El fin de ello parece que es evitar que se filtre la imagen del presidente declarando. Todos, también el juez, son conscientes de ese riesgo y la grabación, según leo, está custodiada bajo llave.
6) Pero entiendo que el riesgo de filtraciones se conjuga persiguiéndolas, no limitando a las partes su derecho a ver del proceso lo que no está declarado secreto. Sería como prohibir a uno ir en coche para evitar que se exceda de velocidad. No sé si me explico.
7) Esto daría lugar a una providencia muy simple: «dese traslado a las partes» y punto. Porque, para hacer lo que está previsto en la Ley, tampoco hay que explicar mucho. Y esto es es lo que realmente se acuerda, ojo. Eso es lo que ha ordenado el juez, que no os distraigan.
8) El problema es que esa orden viene aderezada de unas explicaciones con las que, entiendo, el juez quiere justificar al fiscal porque hace lo que es normal hacer. Y esa explicación, ese adorno argumental que normalmente no hay en ese tipo de providencias, es lo que es noticia.
9) (Ya hemos vistos esas explicaciones abundantes en otras resoluciones de Peinado. Igual que las vemos en otros casos mediáticos. Al final, como ya he dicho alguna vez, la justicia para los famosos es más exquisita y cuidada que para el resto de los mortales).
10) En verdad, lo que dice son obviedades: que todos deben tener acceso a todo el proceso; que la no declaración del presidente es legítima; que si no se hubiese acogido a su derecho a no declarar habría tenido que responder a las preguntas diciendo la verdad…
11) incluso eso de que la no declaración puede servir, junto con otros elementos objetivos, para realizar inferencias y éstas para concluir que hay indicios de culpabilidad o de lo contrario, tampoco es decir mucho.
12) Vamos, lo que dice no es nada contundente ni determinante, por mucho que se le esté dando bombo. Lo que dice es que ese silencio, SUMADO a MÁS cosas, PUEDE servir para A o para B.
O para ninguna, claro.
13) Hay silencios que tienen más consecuencias procesales que otros. El de un testigo que legítimamente no declara, me da que poco puede aportar. El juez consciente de ello, habla de que bueno, todo es posible. Podría no haber dicho nada y tendría el mismo alcance jurídico: cero.
14) Por eso, que no os distraiga esa aliteración de adornos argumentativos que no tienen valor procesal alguno. Lo relevante es que el juez acuerda lo normal: dar traslado a las partes del contenido de una diligencia de investigación. El «dese traslado» de toda la vida.
FIN

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May 29
Voy a ver si aclaro un poco qué es eso de INVESTIGADO en un proceso penal y qué relevancia tiene y tal. Breve hilo.
1) El proceso penal está dividido en DOS FASES. Una 1ª de investigación/instrucción, donde se buscan indicios de autor y de delito. Si se hayan y el fiscal (o la acusación) acusa, se abre la 2ª fase, la del juicio como tal, donde un juez dictará sentencia de condena/absolución.
2) Investigado, por tanto, es toda persona contra la que se dirige un proceso penal en su primera fase. Como ahí lo que se hace es "investigar", el sujeto se llama eso, "investigado". Blanco y en botella.
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May 27
Presumiblemente, en un par de días se aprobará la ley de #amnistía que tanto está dando que hablar ¿Los jueces podrán no aplicarla? ¿Produce efectos inmediatos? ¿Podrá venir Puigdemont a España? Hilo algunas reflexiones sobre el particular.
1) Una vez sea LEY, la misma será válida y pasará a formar parte del ordenamiento jurídico. Esto quiere decir que la misma será aplicable según sus propios términos y que los jueces estaremos obligados por ella, igual que al resto de leyes del ordenamiento jurídico.
2) Concretamente, los jueces concernidos serán todos aquellos que estén conociendo (o puedan conocer, por competencia y reparto) causas amnistiables. No es mi caso, por ejemplo, ya que no tengo en mi juzgado ningún juicio susceptible de ser afectado por esta #amnistía.
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Mar 25
Ahora que se tienen que ver otra vez para tratar desbloquear el #CGPJ, y a pesar de que @dreynders pide renovar y luego reformar el sistema (para que los jueces votemos a 12 de los 20 vocales), voy a recordar brevemente las razones por las que hay que reformar primero. Hilo va.
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1) RAZÓN 1. Renovar tras el actual proceso negociador es INCONSTITUCIONAL.
La STC 108/86 dejó claro que el actual sistema de elección por los partidos políticos solo es constitucional si no se reparten los vocales por cuotas según representación parlamentaria. Image
2) Y precisamente eso es justo lo que se ha hecho desde entonces y lo que están haciendo ahora. No tiene sentido insistir en hacer algo mal, y menos cuando se puede hacer bien, reformando la Ley para volver a la senda constitucionalista. Image
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Feb 28
La hija de unos amigos fue violada en el baño de una discoteca. Algunas reflexiones al hilo de ello sobre el caso de Dani Alves, la #LeySoloSiEsSi y la presunción de inocencia.
1) Vigente la #LeySoloSiEsSi, la hija de unos amigos tuvo la desgracia de cruzarse con 1HDLGP que la violó en el baño de una discoteca. Sé lo qué pasó porque me lo contaron estos amigos. Conozco a la chica y confío en lo que me dijeron. En mi fuero interior, no tengo dudas.
2) Denunciaron, hubo juicio y la sentencia fue absolutoria. La única prueba era su testimonio, a parte de corroborantes externos (huida del lugar sin esperar a amigas, shock emocional, exploración forense, WhatsApps posteriores…), pero yo creía que sería bastante para condenar.
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Dec 5, 2023
1) Soy juez de lo contencioso-administrativo. Mi trabajo, y el de cientos como yo (como el de la Sala 3ª del Tribunal Supremo -TS-), consiste, precisamente, y nada más y nada menos, en REVISAR la LEGALIDAD de los actos administrativos.
2) Eso no lo hago porque sí, un día me levanto con el pie torcido o ganas de fastidiar y digo "a revisar lo que hace la Administración, hala". No. Eso solo puedo hacerlo a petición de parte. Y casi siempre es a petición de ciudadanos particulares o empresas privadas.
3) Pueden recurrir el acto porque, o bien han sido afectados por él, o bien tienen interés en el mismo. El TS ha interpretado ampliamente ese "interés" como modo de asegurar ese control de legalidad, aunque no haya afectados directos o estos, por lo que sea, no actúen.
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Dec 4, 2023
Como no solo del Estado de Derecho vive esta cuenta, aprovecho la noticia de Shakira, y su acuerdo de condena para no entrar en prisión, para tratar de responder a la pregunta de si existe o no una JUSTICIA para RICOS y otra para POBRES. Hilo va. Image
1) La respuesta corta es SÍ.
Aunque el tema no es tan simple, claro.
No es, desde luego, porque nuestras leyes sean siempre injustas (solo a veces) o porque los operadores jurídicos odien a los pobres. Si en España incluso tenemos la justicia gratuita para quién la necesite.
2) Ocurre que en los juzgados vemos personas de muy distintas capacidades económicas. Unos muy ricos y otros muy pobres, pero sobre todo muchas personas entre ambos extremos. Y es ahí, en ese espacio, donde ves que no es lo mismo ir a los juzgados con más o con menos posibles.
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