Esteban Ron Castro Profile picture
Abogado-PUCE. Máster Democracia y Gobierno-U. Salamanca. Magíster Comunicación Estratégica-UASB. MBA. Decano FCSJ @UISEK
Feb 14, 2021 10 tweets 3 min read
(1) Especulaciones e ideas se han formado por la entrega de información a la Fiscalía General del Estado por parte del fiscal Francisco Barbosa de Colombia.
Comentarios desacertados generan incertidumbre en las materias que involucran este caso, solo expondré un par de ideas: (2) Efectivamente en el ámbito electoral es aplicable el Art. 281 (4) del CodDem, el que configura la infracción sobre el financiamiento ilícito de campañas. Sin embargo, este establece 3 condiciones y la más sonada es la del punto el 4.2, el que tiene algunos condicionamientos:
Feb 12, 2021 5 tweets 1 min read
-Ayer se aplaudía el acercamiento "democrático", hoy esto no funcionó.
-Ayer se advertía que las reclamaciones deberán ser en Derecho y con las justificaciones técnicas, hoy se las negocia.
-Ayer se aceptaba (discurso) un proceso para recontar 7 provincias, hoy son las 24.
... La inestabilidad democrática que vivimos en este país es responsabilidad de todos (siempre me incluiré).
Necesitamos:

-Procesos de educación.
-Respecto al Estado de Derecho.
-Noción del principio de legalidad.

...
Dec 15, 2020 6 tweets 2 min read
Otra vez el CNE dando de qué hablar.
Algunas apreciaciones:
-El CNE con la adopción de la resolución sigue incumpliendo orden de autoridad competente.
-Me abstengo de opinar respecto al delito del Art. 282 del COIP por desconocer la materia y su proceder
Pero en lo electoral: -Existe una evidente infracción electoral muy grave, tipificada en el Art. 279 CodDem y cuya sanción puede ser: económica, destitución y suspensión de derechos. TOTALMENTE aplicable en periodo electoral, pues es una infracción de carácter: "electoral"...
sigamos ...
Nov 21, 2020 4 tweets 2 min read
Nuevamente el drama de Álvaro Noboa. Lamentablemente algunos “actores políticos” en su irresponsabilidad manifiesta desinforman y causan caos.
NINGUNA candidatura de Justicia Social ha sido habilitada.
El auto del TCE de la causa 080-2020 que circula en redes, dispone: SEGUNDO .que se devuelva al juez de primera instancia del TCE para que este VERIFIQUE la ejecución de la sentencia; esto es que, el CNE haya realizado los actos de la reparación integral ordenada, es decir dar el tiempo para que se haga: democracia interna y calificación de candidaturas