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2/ Primero: pese al anuncio, Venezuela sigue vendiendo petróleo a EE.UU.—a través de Chevron (cuya licencia vence el 3 de abril) y otras licencias específicas que no han sido revocadas, a pesar del anuncio de Trump del 26 de febrero.
El embajador utiliza tres ejemplos de actas publicadas por el proyecto Altavista de tabulación paralela, que fue el primer sitio en publicar una muestra representativa de las actas electorales que permitían proyectar una victoria holgada de Edmundo González sobre Nicolás Maduro.
¿De dónde sale el masivo incremento de votos de la MUD? Por un lado, la candidatura de González absorbe 2,2 millones de votos que en 2021 fueron a otros partidos opositores. Por otro lado, hay un incremento de 4,2 millones de votos nuevos debido a una reducción de la abstención.
2. Con esta decisión, se cierra la última posibilidad de revertir las órdenes de embargo emitidas en base al argumento de que los funcionarios nombrados por @jguaido convirtieron a PDVSA en un alter ego del gobierno.

2. Como explicamos con anterioridad, una gran parte de estas deudas generaron un derecho de embargo de CITGO debido a la violación de la autonomía de PDVSA por parte del gobierno interino de @jguaido, de acuerdo con la sentencia de la Corte de Delaware.https://twitter.com/frrodriguezc/status/1640421897321193472?s=20
2. En la legislación estadounidense, los acreedores de una nación no tienen un derecho directo para embargar bienes de una empresa pública como PDVSA. Este derecho solo lo adquieren si son capaces de comprobar que la República ha usado a esta empresa para sus propios fines.
2. Hace más de tres años, la Orden Ejecutiva 13.884 de Agosto de 2019 prohibió a empresas de EEUU hacer negocios con el gobierno de Maduro. Desde enero 2019 existía esta prohibición para PDVSA. Es ilegal para una empresa de EEUU contratar con Maduro sin una licencia de OFAC.
2. El acuerdo para usar alrededor de $3 millardos en cuentas del Estado venezolano podrá hacer una diferencia enorme en la disponibilidad de recursos para importaciones esenciales, ya que el monto es aproximadamente igual a las importaciones de alimentos y medicinas en un año. 


2. En este caso, el procurador del gobierno interino escribió a la corte en abril aduciendo que aún no había recibido autorización de la AN para contratar abogados, pero que la esperaba en 60 días. No consta que la corte haya recibido otra comunicación del gobierno interino.
2. Tranquiliza conocer que el acuerdo referido en el informe anterior del experto de la corte no existe, dado que ello habría sido altamente irregular sin que fuese de conocimiento de la AN y la opinión pública.