Javier N Seoane🇺🇦🕊🇦🇲 Profile picture
Jurista • Abog.Ayto.Oviedo • Derecho Público y Digital • socio UNICEF

Mar 15, 2022, 9 tweets

NOVEDOSAS CONCLUSIONES en la STS (3ª) 28-2-2022 sobre el CIERRE de la cuenta EN #TWITTER  del partido VOX durante la CAMPAÑA ELECTORAL POR INCITACIÓN AL ODIO 🧵…

1️⃣ Las normas de usuario de #Twitter, una vez aceptadas, son derecho privado y solo pueden ser anuladas (ej.abusivas) por la jurisdicción civil…

2️⃣ La JEC puede intervenir en conflictos usuarios-Twitter al ser un partido político y el cierre de cuenta en período electoral (afecta a pº electorales de transperencia, objetividad e igualdad, no tanto a  al pluralismo que art.66.2 LOREG refiere a medios de comunicación)..

3️⃣ El TS avala el juicio de razonabilidad de la JEC sobre el cierre temporal de la cuenta porque: (i) las normas de usuario lo permiten (una “suerte de cláusula penal pactada entre particulares”) y…

4️⃣ y (ii) responden a un fin legítimo  (amparado por las leyes y jurisprudencia) y expreso: evitar el “discurso del odio”, y no discriminatorio…

5️⃣ El TS avala el juicio de proporcionalidad de la JEC porque (i) el cierre fue temporal dentro del período de campaña (5 días de campaña dentro del total de 8 de cierre); (ii) hubo otros incumplimientos previos (reincidencia)…

6️⃣ (iii) los candidatos del partido pudieron seguir utilizando sus cuentas personales; (iv) el partido denunció ante la JEC el último día del cierre (actos propios)…

7️⃣ Y el TS concluye con una consideración de lege ferenda: la regulación legal y las competencias de la Admon electoral sobre las facultades contractuales de cierre de cuentas por titulares de RRSS (“poder censor que se reservan”) son “insatisfactorias”..

Aquí la STS completa ⤵️

poderjudicial.es/search/AN/open…

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