Hola a todos.
Hoy, en nuestra serie de hilos registrales sobre CARGAS que pueden aparecer en una #NotaSimple haremos algunas consideraciones sobre la carga más "temida".
La HIPOTECA.
#hiloRegistral
Si son vds seguidores de esta humilde cuenta, sabrán del empeño que desde @Registrador_es ponemos en intentar acercar el mundo registral al ciudadano.
Y uno de los principales motivos de nuestro empeño es propiciar buenos hábitos jurídicos ante la adquisición de un inmueble.
Algo que el ciudadano en general tiene bastante asumido es que, antes de comprar un inmueble, hay que solicitar una #NotaSimple al #RegistroDeLaPropiedad "para ver si tiene hipoteca".
Lo cierto es que un inmueble puede estar gravado con muchos otros tipos de cargas o tener constituidos diferentes derechos reales, pero el PRIMERO que le viene a la cabeza al ciudadano es: la HIPOTECA.
¿Pero qué significa que en una #NotaSimple aparezca una HIPOTECA?
Intentaremos explicarlo.
Para empezar debemos tener en cuenta que una HIPOTECA NO es un préstamo ni una DEUDA económica.
Un derecho de HIPOTECA es un derecho REAL, constituido sobre una finca, que permite a su titular (la entidad bancaria, habitualmente) SACAR a subasta el inmueble hipotecado para resarcirse del incumplimiento de una OBLIGACIÓN.
Y marcamos en mayúsculas la palabra "obligación" pues es muy habitual confundir esta "obligación" con la hipoteca.
En un préstamo hipotecario, la hipoteca garantiza el cumplimiento de la obligación: precisamente DEVOLVER el préstamo. Esa es la obligación.
Por tanto, cuando nos encontramos en una #NotaSimple una HIPOTECA, hay que estar alerta pero entender que:
1º.- La obligación que asegura (el préstamo), puede estar cumplida o no.
2º.- Las cifras que aseguran son, normalmente, las INICIALES pactadas.
Es una sana costumbre jurídica que, al comprar un inmueble, se exija la CANCELACIÓN previa de la HIPOTECA que grava la finca.
Esta cancelación puede practicarse de varias formas, dependiendo de si la obligación (la devolución del préstamo) está cumplida o cumplida parcialmente.
Como norma general, para cancelar una HIPOTECA en el #RegistroDeLaPropiedad es necesario que el Banco otorgue una ESCRITURA pública notarial y ésta se lleve al Registro.
En este #hiloRegistral 👉, explicamos cómo cancelar una HIPOTECA en el Registro, por PAGO del préstamo.
Sin embargo, podemos encontrarnos en la #NotaSimple con HIPOTECAS muy antiguas. Tanto que hayan transcurrido ya 21 años desde el último vencimiento pactado.
En este #hiloRegistral 👉 explicamos cómo cancelar una hipoteca en el Registro por PRESCRIPCIÓN de la acción hipotecaria:
Por tanto, cuando una HIPOTECA nos aparece en una #NotaSimple de una finca que deseamos adquirir, como norma general debemos saber que la obligación que garantiza puede o no estar cumplida, ...
..., que como norma general, su cancelación (recomendable) se realiza mediante escritura pública, y que puede incluso cancelarse mediante instancia en los casos de prescripción (hipotecas muy antiguas).
Como nota final, indicar que, en el caso de que en la #NotaSimple aparezca una HIPOTECA de la que se advierte que a su margen CONSTA NOTA de haberse expedido certificación de cargas...
, DEBEMOS EXTREMAR la precaución y asesorarnos muy bien pues el Registro nos está indicando, no sólo que la finca se encuentra gravada con una HIPOTECA, sino que la misma, se encuentra EN EJECUCIÓN.
Es decir, que la obligación que garantiza ha sido INCUMPLIDA por parte del deudor, y que el acreedor ha iniciado la tramitación de un procedimiento para EXIGIR su satisfacción.
Esperamos que este #hiloRegistral les haya resultado de interés.
Reciban todos un cordial saludo.
Share this Scrolly Tale with your friends.
A Scrolly Tale is a new way to read Twitter threads with a more visually immersive experience.
Discover more beautiful Scrolly Tales like this.
