¿Es una opción institucional? Sí.
¿Cuál es el procedimiento? El siguiente:
1.- El Presidente hace llegar su dimisión al Senado. 1/5
3.- Si el Senado concluye que existen dichos motivos, admitirá la renuncia. De lo contrario, la desecha.
4.- Acogida la renuncia, el cargo de Presidente quedará vacante. 2/5
6.- El quórum de esa elección será la mayoría absoluta y deberá realizarse dentro de 10 días desde admitida la dimisión.
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