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Con motivo de un amparo impulsado por @MXvsCORRUPCION, México Justo y despachos jurídicos pro bono, el Poder Judicial de la Federación pone FRENO al intento del Presidente por CAPTURAR a un organismo más. Me refiero a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. Abro hilo.
Desde 2011, a cargo de la jurista Diana Bernal, la PRODECON ha funcionado como un organismo ciudadano ajeno a cualquier interés de la Administración Pública Federal, sobre todo, del @SATMX. En la mayoría de los conflictos se llega a un arreglo favorable al ciudadano.
De ahí que sea INDISPENSABLE que la Ombudsperson fiscal sea una persona con capacidad y experiencia suficiente e independiente de cualquier interés del Presidente de México. Los requisitos se enumeran en la propia Ley Orgánica de la PRODECON:
Destaco 3 requisitos: 1. Contar con título profesional afín a la materia tributaria, 2. Tener experiencia en la materia, por lo menos, los 5 años anteriores a la designación. 3. NO haber sido titular de un organismo de la Administración Pública Federal en los últimos 3 años.
¿A quién quiere meter el Presidente a dirigir la PRODECON? Primera opción, Ricardo Rodríguez Vargas. No tiene ni 2 años de experiencia en materia fiscal y fue el confidente de AMLO a cargo del llamado Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado hasta inicios de este mes.
Segunda opción, Carlos Alberto Puga. Trabaja para la Secretaría de Hacienda. NO TIENE 5 años de experiencia en materia fiscal. Tercera, Martha Patricia Jiménez, NO tiene carrera afín a la materia fiscal y fue alta funcionaria de dos bancos del Gobierno.
¿Qué se hizo al respecto desde la sociedad civil? Se reclamó ante el Poder Judicial de la Federación la violación a los derechos de la ciudadanía contribuyente pues, a todas luces, los candidatos propuestos por el Presidente al Congreso NO CUMPLEN con los requisitos mínimos.
La Comisión Permanente debe acatar la resolución, de lo contrario, sus integrantes cometerán el delito de desacato a una suspensión que implica destitución y prisión de 3 a 9 años, tal y como fueron advertidos por el Juez:
Pueden salir con el pretexto de que “no han sido notificados formalmente por el juzgado”. Sin embargo, la jurisprudencia de la Suprema Corte indica que NO TIENE que notificarse una suspensión para que ésta surta efectos:
En @MXvsCORRUPCION seguiremos defendiendo los derechos humanos y la cultura de la legalidad a través del ejercicio del derecho de acceso a la justicia.

¿Me ayudan a arrobar a los miembros de la Comisión Permanente para que se den por enterados?
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