Satisfacción moral aparte por la dignidad con que actuó Domínguez, este espectáculo es lamentable en un Estado de Derecho
La responsabilidad administrativa dirimida en Tribunales mediáticos por el interés electoral,ruindad y el desprecio a la ley de AMLO.
El video filtrado de mala fe desde una fuente anónima que actuó cobardemente a nombre de un tercero, no daba prueba ni del origen ni del destino del dinero que se transfiere.
Ya no importa: ese video ya no tiene valor probatorio en un juicio.
Hoy, tenemos un lodazal en el que se revuelca principalmente el presidente de la república, pues ha sido él quien ha promovido con particular entusiasmo la violación sistemática del debido proceso y las garantías de los imputados, en su tan conocido gusto por los linchamientos.
La verdad histórica no será conocida ni cosa juzgada; no se deslindaran responsabilidades y una vez más, los ciudadanos nos quedamos con las manos ávidas de justicia en un país de arreglos en lo oscurito propiciados ahora por el titular del Ejecutivo Andrés López.
Como persona, me da mucho gusto que al presidente cobarde de la risa burlona que solo ha sembrado odio entre hermanos se le caiga el circo que montó pensando en las elecciones del 2021 mientras en el 2020 seguimos enterrando decenas de miles de mexicanos por su negligencia.
Como ciudadana y como abogada, me indigna y me avergüenza que se sigan debilitando y utilizando instituciones como la FGR, la UIF, la SFP y otras para el interés mezquino de un hombre enloquecido desde la propia presidencia de este gran país que es de todas y todos, no de uno.
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La mujer que no entiende ni lo que vota pretende que el criterio que rige a una monarquía constitucional parlamentaria es aplicable en el México presidencialista.
Habría que decirle que ese documento se redactó a sugerencia de McCarthy, y que en él, JAPÓN RENUNCIA a su derecho a la defensa armada de la soberanía.
Un especialista en Derecho comparado JAMÁS se atrevería a traer un documento aislado y sin contexto a una discusión seria de marcos jurídicos para su homologación.
Pero ¡bueh!
Es Batres. Alguien se lo pasó y ella lo sube sin mayor comentario dada su supina ignorancia.
La Constitución de Japón fue redactada un año después de la rendición ante EUA, en el contexto de la II Guerra Mundial.
Douglas McCarthy participó en su redacción, mediante “recomendaciones”.
Esta Constitución es un caso especial de estudio en Derecho comparado por la prohibición “auto impuesta” a Japón a defender su soberanía por la vía armada.
No era fácil ponerse al frente en un país desbordado por la violencia. Ser el rostro de la oposición frente al crimen organizado; menos, siendo madre y compañera.
Se requerían muchos ovarios para dar el paso al frente y desafiar al sistema de la carencia y la mentira, desde tu propia historia personal de superación y la verdad.
En un año, creciste. Ibas contra 5 de campaña presidencial y 3 de franca campaña abierta ilegal de tu oponente. Ibas contra el dinero público y los medios.
Les diste voz a 16 millones de mexicanas y mexicanos.
Gracias. 16 millones de mexicanos sabemos que no estamos solos en el desierto ni somos la voz frente al eco. Nos hiciste vernos y reconocernos. Y le diste aire fresco a nuestra cordura.
Así que este es el momento de la expiación pública para la validación de grupo.
El momento en que personas que han sido humillantes de tiempo completo de pronto tienen conciencia de clase, y gente que normalmente es sencilla siente que aún no se ha disculpado lo suficiente 🙄
Yo siempre respeto la necesidad que tiene cada persona de contarse historias que les permitan sobreponerse a una realidad, pero tiene un límite: la manipulación.
Hay manipulación siempre que esa historia no se narra en primera persona; cuando quieren meternos a todos en un “mea culpa”.
¡Hablen por ustedes, canijos! Y sean congruentes.
En este sitio nos leemos todos TODOS los días. Alguna idea nos hemos dado de todas sus personalidades.
Seré congruente con mi demanda y hablaré en primera persona:
“¿Cuál fue la empresa que colocó el templete?”- pregunta la reportera.
“Esa no es una pregunta”- responde Jorge @AlvarezMaynez
Esa no es sólo una pregunta. Es una pregunta 𝗻𝗲𝗰𝗲𝘀𝗮𝗿𝗶𝗮 𝘆 𝗱𝗲 𝗨𝗥𝗚𝗘𝗡𝗧𝗘 𝗿𝗲𝘀𝗽𝘂𝗲𝘀𝘁𝗮.
¿A quién protege el candidato y por qué?🧵
De hecho, hay muchas preguntas que no han sido respondidas debidamente, y que son fundamentales que se hagan a quien a 6 días de la muerte de 9 personas, sigue aspirando a la presidencia de la República
1.- ¿Por qué no hay nadie detenido? Murieron 9 personas; ni un solo detenido
2.- ¿Qué aseguradora fue contratada por la empresa y/o en su caso, MC como garantía para el pago de cualquier responsabilidad civil a terceros que eventualmente pudiera presentarse?
No voy a citar ningún tweet de Jorge @AlvarezMaynez pues dar resonancia a tanta 𝗶𝗻𝗳𝗮𝗺𝗶𝗮 es tóxico; es vulgar; es indecente.
Pero vamos a atar algunos cabos que el candidato negligente quiere dejar sueltos mientras nos distrae con discursos de odio:
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El mitin convocado para el cierre de campaña de la candidata Lorenia Canavati realizado en el Mpio. de San Pedro Garza debió contar con los permisos municipales correspondientes. Por supuesto, el Gobierno estatal también debió dar VoBo.
¿Por qué no hemos visto ningún permiso?
- En esos permisos debe constar el nombre de la empresa(s) contratada(s) como proveedor de sonido, tarimas, pantallas, vallas, etc.
El monto de lo contratado y la responsabilidad mancomunada o que en lo particular adquirió el proveedor o proveedores en relación al evento.
1.- Los medios de comunicación tienen la RESPONSABILIDAD de informar los asuntos de INTERÉS PÚBLICO con objetividad, imparcialidad, apegándose a los hechos y en ejercicio de la libertad de expresión, expresar opiniones siempre que no alteren el orden público. 🧵
- También tienen la responsabilidad de no perjudicar a 3os; aún, la protección a la privacidad y el escrutinio de actos de terceros por jerarquía de derechos, es menor cuando se trata de actos ejecutados por los servidores públicos, para favorecer el derecho a la información.
- Si bien son concesiones del Estado, gozan de la protección constitucional y por Tratados Internacionales, a la libertad de expresión, de prensa y del derecho de información, SIN MÁS LÍMITES que los mencionados anteriormente, con la excepción referida.