⛔️ Para que un despido disciplinario sea válido debe haber un incumplimiento GRAVE y CULPABLE.
❌ Es cierto que realizar actividades incompatibles con la IT y que perjudican a la curación puede ser causa de despido. Por ejemplo, realizar esfuerzos físicos como jugar a fútbol o cargar pesos cuando la causa de la IT es una (TSJ Galicia 17-02-2017).
❌ También es causa de despido disciplinario que un trabajador en IT realice actividades que denoten que está en condiciones de desempeñar las funciones de su puesto de trabajo, ya que se considera que la IT es engañosa o fraudulenta (TSJ Madrid 16-01-2017).
🏄🏽♀️ Ahora bien, ¿hacer surf perjudica a la curación de una baja por Covid-19? Parece que no perjudica si eres asintomático (aunque lo desconozco).
🙅♂️ Por tanto, si hacer surf no perjudica a la curación, no hay causa de despido por este motivo.
💉 Tampoco sabemos la fiabilidad del positivo en Covid-19. Muchas pruebas realizadas parece que no son del todo fiables… (vía @Cuadernolaboral).
⛓ Por otro lado, la detención en sí tampoco es causa de despido. En general, la conducta privada de un trabajador (fuera del centro y de su jornada) no tiene incidencia en la relación laboral.
❌ Por tanto, no se puede alegar que un trabajador ha cometido un delito para proceder a su despido (TSJ Castilla y León 26-10-2016).
🏖 También hay quien apunta que el ejercicio del surf se ha producido en su centro de trabajo. Pues bien, dicho centro es un espacio público al que la afectada ha accedido para realizar una actividad privada. Por tanto, no veo un daño para la empresa ni para su imagen.
⚖️ Si a todo ello le unimos el principio de que en caso de duda se debe optar por proteger al trabajador (in dubio pro operario), pienso que los argumentos para defender que NO hay causa de despido son más sólidos.
🚔 Todo lo dicho, sin perjuicio del máximo reproche al incumplimiento de la cuarentena y con independencia de las consecuencias administrativas / penales de dicha actuación.
🧘🏼♂️ PD: seguimos esperando el hilo de mi GRAN amigo e influencer del momento @perevdl, que parecía defender la viabilidad del despido de la surfera.
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🔴🔵 STSJ Catalunya 14-07-2023: se rebaja la indemnización por despido improcedente de Matheus Fernandes de 7,7 millones a 731.292 euros.
▶️ ¿Por qué se produce esta rebaja en la indemnización?
▶️ ¿Sirve esta sentencia de antecedente para futuros despidos en el Barça?
Veamos 👇
1⃣ En el contrato del jugador (y presumiblemente en el resto de contratos firmados en esa época) se establecía lo siguiente:
✍️ "El despido improcedente del jugador comportará su plena e inmediata libertad de contratación y el derecho de éste a percibir la indemnización prevista en el Real Decreto 1006/85 sin consideración de otros factores ni/o circunstancias."
📢 Se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 1/2023, que introduce novedades en materia de bonificaciones a la Seguridad Social, y que mejora la protección social de los artistas.
Tras una primera lectura, ¿cuáles son las 10 novedades más destacadas de la norma? Veamos 👇
1⃣ Se EMPEORAN las bonificaciones de determinados contratos de sustitución.
Por ejemplo, ahora se aplicará una bonificación de 366 euros al mes en los siguientes casos (entre otros):
✅ Contratos que se celebren con menores de 30 años para sustituir a personas trabajadoras que estén percibiendo las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor (maternidad y paternidad), riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
Con la ley actual, en vigor hasta 31.12.2022, una persona que cause alta inicial en el RETA o no haya estado de alta en los dos años anteriores puede aplicar una “tarifa plana” en sus cotizaciones.
La cuantía de este incentivo es el siguiente:
▶️ Sólo se pagan 60 euros de cuota durante los 12 primeros meses si se cotiza por base mínima. Si la base es superior, se aplica una reducción del 80% en esos meses.
▶️ Después se tiene una reducción del 50% durante seis meses, y otra del 30% en los seis meses siguientes.
✅ Cuando un bebé fallece a final del embarazo, la Seguridad Social (INSS) concede la prestación por nacimiento y cuidado de menor (maternidad) a la madre.
⛔️ En cambio, el INSS deniega la prestacion al padre (la paternidad).
En consecuencia, los padres deben acudir a los tribunales para reclamar su derecho a acceder a la paternidad. En esos casos:
✅ Varias sentencias de TSJ venían reconociendo el derecho del padre.
👀 Parece que según una sentencia del TSJ de Madrid, en un proceso de selección, la antigua empresa no puede dar referencias negativas sobre un ex trabajador.
En mi opinión, esto no es así dado que la sentencia en cuestión analiza un caso concreto.